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Documento BOE-A-2004-4877

Resolución de 18 de febrero de 2004, del Consell Insular de Menorca (Illes Balears), por la que se declara bien de interés cultural la delimitación del entorno de protección del poblado talayótico de Binicalsitx, Ferreries.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2004, páginas 11729 a 11730 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2004-4877

TEXTO ORIGINAL

Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Menorca, en sesión extraordinaria de 19 de diciembre de 2003, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo, relativo a la declaración de bien de interés cultural de la delimitación del entorno de protección del poblado talayótico de Binicalsitx (Ferreries):

Primero.

Aceptar la alegación presentada por el Sr. Joan Febrer Pons en la que expone que no es propietario de la parcela 11.

Segundo.

Aceptar parcialmente la alegación presentada por el Sr. Juan L. Canales Maguregui en el sentido de excluir las antiguas casas y edificaciones agrarias de la antigua finca de Binicalsitx, pero mantener la zona que las envuelve como de protección del yacimiento, en el sentido de necesitar seguimiento arqueológico las obras que se tengan que realizar en esa zona.

Tercero.

Declarar definitivamente delimitado el entorno de protección de la zona arqueológica de Binicalsitx (Ferreries), según la descripción que consta en el expediente.

Cuarto.

Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y la normativa coincidente.

Quinto.

Notificar el acuerdo a los propietarios afectados y al Ayuntamiento de Ferreries.

Sexto.

Notificarlo a la Consejería de Cultura del Gobierno de las Islas Baleares a los efectos de su inscripción definitiva en el Registro de bienes y comunicarlo al Registro del Ministerio de Educación y Cultura.

Séptimo.

Proceder a la correspondiente anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Consell Insular de Menorca.

Octavo.

Publicar el acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares».

Noveno.

Inscribir la delimitación en el Registro de la Propiedad.

Se adjunta como anexo el correspondiente plano de situación.

Maó, 18 de febrero de 2004.‒La Presidenta, Joana M. Barceló Martí.

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