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Documento BOE-A-2004-5380

Resolución de 27 de febrero de 2004, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se ordena la publicación de la Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción pública en dicha ciudad durante los ejercicios 2002 a 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2004, páginas 12814 a 12814 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2004-5380

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento a través de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo y la Ciudad de Ceuta, el día 24 de noviembre de 2003, una Addenda al convenio de colaboración para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de Promoción Pública durante los ejercicios 2002 a 2006, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho convenio que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 27 de febrero de 2004.–El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ANEXO
Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción pública en dicha Ciudad durante los ejercicios 2002 a 2006

En Madrid, a 24 de noviembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, El Excmo. Sr. D. Francisco Álvarez Cascos, Ministro de Fomento, que actúa en representación la Administración General del Estado, al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por el Artículo segundo. 4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero y previa la autorización de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en 27 de junio de 2003 y la posterior autorización del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2003.

Y de otra, El Excmo. Sr. D. Juan Jesús Vivas Lara, Presidente de la Ciudad de Ceuta, que actúa en representación de esa Ciudad, en virtud de las facultades que le confiere el Art. 11, apartado b), del Reglamento de la Ciudad de Ceuta y conforme a la autorización del Consejo de Gobierno de 12 de junio de 2003.

EXPONEN

Primero. Que, en la representación que los comparecientes ostentan y previa autorización de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica de 14 de noviembre de 2002 y del Consejo de Ministros, de 27 de diciembre de 2002, con fecha 27 de diciembre de 2002 se suscribió un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción publica durante los ejercicios 2002 a 2006, con un gasto a cargo del Ministerio de Fomento y a la aplicación 17.09.431A.757.00 de veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil quinientos veinte euros con ochenta y seis céntimos en las anualidades que se fijaban en la Cláusula Segunda, apartado segundo, del Convenio de Colaboración antes citado.

Segundo. Que como se ha puesto de manifiesto en el Acta de la Reunión 1/2003, celebrada el 4 de abril de 2003, la Ciudad de Ceuta solicitó que se aprobara y se tramitara un reajuste de las anualidades del Convenio, dadas las dificultades que han tenido para el comienzo de determinadas promociones, incorporándose a esta Addenda copia del Acta citada en la que figura la modificación que se propone.

Tercero. Los comparecientes, en el carácter con que intervienen, acuerdan prestar su consentimiento para la modificación del Convenio de Colaboración de 27 de diciembre de 2002, al que se hizo referencia en el Expositivo Primero, mediante la suscripción de esta Addenda al mismo y con sujeción a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Permaneciendo inalterado el resto de la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración suscrito el 27 de diciembre de 2.002 entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta, proceder a la modificación de las anualidades fijadas en la citada Cláusula, cuya redacción quedará sustituida como sigue:

 

Anualidad Presupuesto vigente Modificación Nuevo importe
2002 7.993.460,99 0,00 7.993.460,99
2003 4.868.195,11 —4.868.195,11 0,00
2004 4.267.183,43 +859.989,95 5.127.173,38
2005 3.005.056,33 0,00 3.005.056,33
2006 6.310.625,00 0,00 6.310.625,00
2007 0,00 +4.008.205,16 4.008.205,16
 Total. 26.444.520,86 0,00 26.444.520,86

Segunda. Que, el resto del citado Convenio de colaboración de 27 de diciembre de 2002 permanece inalterado, con las siguientes excepciones:

Último inciso de la estipulación primera que quedará redactado como sigue: «Las citadas actuaciones en materia de Vivienda en Ceuta previstas para los años 2002, 2003, 2004, 2005,2006 y 2007, con un importe total de 26.559.531 Euros figuran en el Anexo I de este Convenio».

Estipulación cuarta, primer párrafo, con el siguiente tenor. «La obligación que el Ministerio de Fomento en este Convenio contrae se limita exclusivamente a la aportación de un máximo de 26.444.500,86 euros, en las seis anualidades que en la Estipulación Segunda se indican».

Estipulación quinta. Se sustituye la referencia « los cuatro ejercicios posteriores» por la relativa a «los cinco ejercicios posteriores».

Estipulación novena, que quedará como sigue: «El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su suscripción y finalizará el 31 de diciembre de 2007 (...)».

Estipulación duodécima, in fine, que se modifica en el sentido siguiente: «(...) Plan de Dotaciones Básicas en Vivienda en Ceuta (años 2002 a 2007) figuran relacionadas en el Anexo I».

Título del propio Convenio de 27 de diciembre de 2002, que pasará a denominarse «Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Ceuta para la cofinanciación de diversas promociones de viviendas de promoción pública en dicha Ciudad durante los ejercicios de 2002 a 2007».

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes firman el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Excmo. Sr. D. Francisco Álvarez-Cascos Fernández, Ministro de Fomento, y el Excmo. Sr. D. Juan Jesús Vivas Lara, Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

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