Visto el escrito presentado en esta Secretaría de Estado de Comercio y Turismo por D. Julio Collado Hurtado en nombre y representación de Viajes Collado, S.L.U., por el que solicita la concesión del Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista;
Considerando que la solicitud formulada y la documentación aportada por sus titulares cumplen los requisitos establecidos en el artículo 5.º de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22).
Resultando que, de conformidad con el artículo 4.º 1 del Real Decreto 271/1988 de 25 de marzo (B.O.E. de 29) y los artículos 5.º y 6.º de la Orden de 14 de abril de 1.988 (B.O.E. del 22), en relación con el Artículo 7.1. del R.D. 2488/1978, de 25 de agosto, (B.O.E. del 26 de octubre), corresponde a la Administración General del Estado la facultad de conceder estas licencias, esta Secretaría de Estado de Comercio y Turismo ha resuelto conceder el título-licencia de Agencia de Viajes Minorista a Viajes Collado S.L.U, con el Código Identificativo de Euskadi C.I.E. 2213 y sede social en c/ Heros n.º 17 de Bilbao.
Madrid 8 de marzo de 2004.—El Secretario de Estado, P. D. (Resolución de 10/5/2001), el Secretario general de Turismo, Germán Porras Olalla.
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