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Documento BOE-A-2004-5776

Orden MAM/830/2004, de 15 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2004, páginas 13692 a 13696 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-5776

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado con

sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 15 plazas del

Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, Código

1429, por el sistema general de acceso libre.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad con un grado

de minusvalía igual o superior al 33%.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas

con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

La distribución por ámbitos geográficos de las plazas

convocadas es la siguiente:

6 Plazas para Islas Canarias.

3 Plazas para Islas Baleares.

6 Plazas para Península, Ceuta y Melilla, de las cuales una

corresponderá al cupo de reserva para discapacitados.

Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los ámbitos

geográficos previstos en esta base, por lo que el ámbito geográfico

elegido por el opositor en su solicitud de admisión a las pruebas

selectivas conllevará, en caso de resultar aprobado, que habrá

de obtener destino necesariamente dentro de dicho ámbito

geográfico.

Todas las pruebas selectivas se celebrarán en Madrid,

independientemente del ámbito geográfico por el que se haya optado.

No obstante, en función del número de solicitudes presentadas

por cada ámbito geográfico, se podrá proceder al desarrollo

descentralizado del proceso selectivo, realizándose el primer ejercicio

de la fase de oposición en las localidades que previamente serán

comunicadas cuando se publique la lista de admitidos y excluídos.

En dicha lista se indicará la relación de aspirantes que se adscriben

a cada localidad de exámen, en función de la petición de ámbito

geográfico indicado en la solicitud.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización

de este curso selectivo los aspirantes que hayan superado la fase

de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la

autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del mes de julio de 2004. La fase de oposición deberá finalizar

dentro del año 2004.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo

grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el

extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite

su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado de

minusvalía igual o superior al 33%.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Medio Ambiente, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de

Internet www.map.

es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/procesos-selectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Medio Ambiente o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y

se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá

la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia

compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,

una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,

una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo

de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de

haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.

De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que

acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa

del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al

que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el

que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de

su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive

a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

Ministra de Medio Ambiente dictará orden, en el plazo máximo

de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas

al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y

determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio

de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza

de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono

91.597.69.78, dirección de correo electrónico

RSantiagoUmma.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública

la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales

en donde se haya celebrado la última prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del curso selectivo.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino

de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora

Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su

publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer

recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 15 de marzo de 2004.-P. D. (Orden de 6 de febrero

de 2001, Boletín Oficial del Estado, del 14), la Subsecretaria,

María Jesús Fraile Fabra.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente,

Presidente del Tribunal Calificador y Director del Centro

responsable del curso selectivo.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-Consistirá en acreditar conocimientos de las

materias que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

Este ejercicio consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas que mida el grado de comprensión del aspirante en relación

con las materias que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un máximo de 60

preguntas, con un máximo de 15 preguntas de cada uno de los

temarios que figuran en el citado anexo II, con respuestas múltiples,

siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones erróneas

podrán ser valoradas negativamente a juicio del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,

siendo necesario obtener 15 puntos como mínimo para superarlo.

Segundo ejercicio.-Consistirá en la resolución por escrito de

dos problemas y un supuesto de carácter práctico sobre las

materias del temario del Anexo II, que serán elegidos por el candidato

entre cuatro problemas y dos supuestos de carácter práctico,

propuestos por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

Se calificará este ejercicio con un máximo de 40 puntos, siendo

necesario obtener 20 puntos como mínimo para superarlo.

Prueba voluntaria de idiomas.-Esta prueba no tiene carácter

eliminatorio. Consistirá en efectuar por escrito una traducción

directa, sin diccionario, de los idiomas elegidos por el aspirante

en su solicitud, hasta un máximo de tres idiomas, de entre los

siguientes:

Inglés.

Francés.

Lenguas Oficiales de Comunidades Autónomas.

Este ejercicio se realizará en una misma sesión y el tiempo

para realizarlo será de media hora por cada uno de los idiomas

elegidos.

Esta prueba se calificará otorgando hasta un máximo de tres

puntos.

Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en

la provincia de Madrid.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

2. El curso selectivo consistirá en un período de formación

de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría

del Ministerio de Medio Ambiente y cuya duración máxima será

de cinco meses.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la fase de oposición será de dos meses a partir de la

terminación del plazo a que se refiere la base 7.1 de la convocatoria.

La asistencia al curso es obligatoria y durante el mismo los

aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del

Departamento.

Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas

selectivas deberán ser autorizados por la Subsecretaría del

Departamento en el que presten sus servicios para asistir al curso

selectivo.

El curso se estructurará en dos partes, una teórica, con una

duración máxima de un mes, que versará sobre la organización

y funcionamiento de la Administración y organismos y relaciones

meteorológicas internacionales y otra teórico-práctica, con una

duración máxima de cuatro meses, orientada a la especialización

de los funcionarios en prácticas en materias específicamente

meteorológicas adecuadas a las funciones a desempeñar por los

Observadores de Meteorología del Estado.

La parte teórico-práctica se desarrollará en dos períodos. El

primer período, que cubrirá, como máximo los tres primeros

meses, se dedicará a la formación teórico-práctica especializada

en las áreas temáticas relacionadas con las funciones que el

personal de este Cuerpo tiene encomendadas. El segundo período,

de, como máximo, un mes de duración, consistirá en la rotación

(prácticas reales) por puestos de trabajo de las distintas unidades

administrativas de la Dirección General del Instituto Nacional de

Meteorología, cuyas misiones estén relacionadas con la formación

especializada impartida.

La calificación del curso selectivo será otorgada por la

Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de

Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría y que

estará integrada, entre otros miembros, por profesores y tutores

que hayan participado en el curso selectivo.

En el plazo de diez días naturales desde la finalización de las

prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar

a la Comisión de Valoración un informe de las actividades

desarrolladas. Finalizado este plazo, la Comisión de Valoración dispondrá

de 20 días hábiles para facilitar las notas del curso selectivo a

la Subsecretaría del Departamento.

La calificación máxima de la parte teórica del curso selectivo

será de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5

puntos para superarla.

La calificación máxima de la parte teórico-práctica del curso

selectivo será de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo

de 15 puntos para superarla.

En la parte teórica del curso selectivo se valorará la asistencia

y participación en las clases, la presentación de trabajos, las

pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y

la participación en actividades formativas complementarias. Estos

mismos criterios de valoración se aplicarán en el primer periodo

de la parte teórico-práctica.

En el segundo período de la parte teórico-práctica del curso

selectivo se valorará el cumplimiento del horario, la eficacia y

rendimiento en el trabajo, la capacidad de aprendizaje y la

adquisición de conocimientos teórico-prácticos. Asimismo, y en base

al informe de las actividades desarrolladas elaborado por los

funcionarios en prácticas, se valorará el contenido y presentación

del mismo, así como los comentarios y sugerencias formuladas.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho

a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante

resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del

órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrá efectuarlo con posterioridad, intercalándose en

el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán

en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de

posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo

de Observadores de Meteorología del Estado. Los aspirantes que

ya fueran funcionarios antes de participar en estas pruebas

selectivas continuarán, asimismo en la situación de funcionarios en

prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a

partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de

las prácticas reales, con independencia del momento en que se

publique la calificación del curso selectivo.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá

atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase

de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio

de la fase de oposición, por este orden.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos

y medios para su realización.

ANEXO II

Programa

Temario de Matemáticas y Física

1. Resolución e interpretación gráfica de ecuaciones e

inecuaciones de primer y segundo grado. Resolución de ecuaciones

exponenciales y logarítmicas sencillas.

2. Matrices de números reales. Operaciones con matrices.

Rango de una matriz.

3. Sistema de ecuaciones lineales. Discusión y resolución de

un sistema lineal.

4. Vectores en el espacio tridimensional. Producto escalar,

vectorial y mixto.

5. Razones trigonométricas de un ángulo cualquiera.

Resolución de triángulos rectángulos y no rectángulos.

6. Resolución de problemas métricos relacionados con el

cálculo de ángulos, distancias, áreas y volúmenes.

7. Concepto de derivada de una función. Cálculo de

derivadas.

8. Aplicaciones geométricas y físicas de la derivada.

Representación gráfica de funciones elementales.

9. Series crecientes o decrecientes. Concepto de

probabilidad. Mediana. Cuartiles. Quintiles. Deciles. Rango. Intervalo de

clase.

10. Principales índices aplicables a las series estadísticas. De

centralización: media, mediana y moda. De dispersión: rango,

desviaciones respecto a la media, varianza y desviación típica.

11. Magnitudes: tipos y su medida. Unidades. Factores de

conversión. Representaciones gráficas. Instrumentos de medida:

sensibilidad y precisión. Errores en la medida.

12. Fuerza. Leyes de Newton para la dinámica. Trabajo

mecánico y energía. Potencia. Energía cinética. Energía debida a la

posición en el campo gravitatorio. Conservación de la energía

mecánica.

13. Teoría de la gravitación universal. Leyes de Kepler.

Campo gravitatorio terrestre. Intensidad de campo y potencial

gravitatorio. Aplicación a satélites y cohetes.

14. Sistemas y variables termodinámicas. Principios cero y

primero de la termodinámica.

15. Campo y potencial eléctrico. Corriente eléctrica: Ley de

Ohm. Aspectos de medida. Estado de circuitos. Energía eléctrica.

Aplicaciones de la corriente eléctrica.

16. Magnetismo e imanes. Campos magnéticos creados por

cargas en movimiento. Ley de Ampere. Fuerzas sobre cargas en

móviles situadas en campos magnéticos. Fuerza de Lorentz:

Aplicaciones. Fuerzas magnéticas sobre corrientes eléctricas.

Interacciones magnéticas entre corrientes paralelas.

17. Inducción electromagnética. Experiencias de Faraday y

Henry. Leyes de Faraday y de Lenz. Producción de corrientes

alternas. Impacto medioambiental de la energía eléctrica.

18. Naturaleza de las ondas electromagnéticas. Espectro

electromagnético. Naturaleza de la luz. Propagación de la luz: reflexión

y refracción. Dispersión lumínica.

Temario de Meteorología, Geografía y Ciencias Medioambientales

1. Composición y estructura de la atmósfera. Composición

y cuerpos extraños. Capas de la atmósfera según la distribución

vertical de la temperatura del aire. Troposfera. Tropopausa. Alta

atmósfera. Ozonosfera e ionosfera. Capas E y F. Zona de Van

Allen. Las ventanas de la atmósfera.

2. Intercambios de calor en la atmósfera. Radiación solar.

Radiación terrestre. Otros procesos de intercambio de calor.

Balance energético de la atmósfera. Efecto de la radiación en la superficie

terrestre. Diferencia en la temperatura entre los continentes y los

mares.

3. Temperatura del aire. Principios fundamentales de la

medida de la temperatura. Escala Celsius y Fahrenheit de temperatura.

Conversión de la temperatura de una escala a otra. Escala Kelvin

de temperatura. Procesos físicos empleados en termometría.

Principales tipos de termómetros. Medida de la temperatura del aire.

Temperatura del aire en superficie. Exposición de los termómetros.

Variación diurna de la temperatura del aire en superficie. Variación

de la temperatura con la altura.

4. Presión atmosférica. Naturaleza de la presión atmosférica.

Unidades de presión atmosférica. Medida de la presión

atmosférica. Barómetros de mercurio. Reducción de las lecturas del

barómetro de mercurio a las condiciones normales. Barómetros

aneroides. Barógrafos. Variación de la presión con la altura. Variación

semidiurna de la presión.

5. Humedad del aire. Estados de agregación del agua. El vapor

del agua en la atmósfera. Tensión de vapor. Calores latentes.

Humedad absoluta y relativa. Punto de rocío. Variación diurna

y anual de la humedad. Psicrómetros: higrómetros e higrógrafos.

6. El viento. Principios generales de la medida del viento en

superficie: instrumentos de medida. Dirección del viento en

superficie: unidades de medida. Intensidad del viento en superficie:

unidades de medida. Variaciones del viento en superficie. Variación

diurna de la intensidad del viento en superficie. Fuerzas que actúan

sobre el aire en movimiento. Viento geostrófico.

7. El espacio geográfico: noción y características del espacio

geográfico. Elementos e instrumentos de información y

representación geográfica. Nociones de análisis de localizaciones y

distribuciones espaciales.

8. Rasgos geográficos esenciales de España: situación

geográfica. Contrastes y diversidad internos. Posición relativa en el

mundo y en las áreas socioeconómicas y geopolíticas.

9. Naturaleza y medioambiente en la Unión Europea. Los

contrastes físicos: relieve, clima e hidrografía. Situación del medio

ambiente y políticas comunitarias con incidencia ambiental.

10. Características generales del medio natural en España.

Diversidad geológica, morfológica, climática e hídrica.

11. La variedad de los grandes conjuntos naturales españoles.

Identificación de sus elementos geomorfológicos, estructurales,

climáticos y biogeográficos.

12. Naturaleza y recursos en España. Materias primas, fuentes

y recursos energéticos.

13. Naturaleza y medio ambiente español. Situación,

condicionantes y problemas. La protección de los espacios naturales.

14. El agua: cuencas y vertientes hidrográficas. Regímenes

fluviales. Regulación y distribución de los recursos hidráulicos.

15. Concepto de medio ambiente y teoría de sistemas. La

interdisciplinariedad en las Ciencias Ambientales. Composición,

estructura y límites de sistemas. Complejidad y entropía. Modelos

estáticos. Los cambios en los sistemas. Modelos dinámicos. El

medio ambiente, como interacción de sistemas.

16. La dinámica de los sistemas fluidos externos. El origen

de la energía externa. El balance hídrico y el ciclo del agua. Clima

y tiempo atmosférico. El cambio climático. Riesgos y recursos

energéticos asociados a la dinámica externa.

17. Las nuevas tecnologías en la investigación del medio

ambiente. GPS: fundamentos, tipos y aplicaciones. Teledetección:

fotografías aéreas, satélites meteorológicos y de información

medioambiental. Radiometría. Programas informáticos de

simulación medioambiental.

18. Los sistemas fluidos externos. Función reguladora y

protectora de la atmósfera. Efecto invernadero. Contaminación

atmosférica. Detección, prevención y corrección. La hidrosfera: los

recipientes hídricos. Recursos hídricos. Usos, explotación e impactos.

Detección, análisis, prevención y corrección de la contaminación

hídrica.

19. La respuesta del sistema humano. Modelo

conservacionista y desarrollo sostenible. Ordenación del territorio. Mapas de

riesgos. El paisaje como recurso. Evaluación de impacto ambiental.

Temario de Informática y Comunicaciones

1. Informática básica. Conceptos de datos e información.

Concepto de sistemas de información. Elementos constitutivos de un

sistema. Características y funciones.

2. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos.

Funciones. La unidad central de proceso. La memoria principal.

3. Periféricos. Conectividad. Elementos de impresión.

Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y

digitalización.

4. Estructura de datos. Organizaciones de ficheros.

Algoritmos. Formatos de información y ficheros.

5. Sistemas operativos. Características y elementos

constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix.

6. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales.

Características y componentes. Sistemas de gestión de bases de datos

orientados a objetos.

7. Windows 200 Professional. Introducción. El escritorio de

Windows. La barra de tareas. El sistema de archivos. El explorador

de windows. El portapapeles. Ficheros. Conceptos de redes de

área local. Búsqueda de objetos.

8. Office 2000 Premium. WORD. Introducción: formatos.

Personalizar: párrafos y columnas. Tablas. Corregir texto. Insertar

gráficos e imágenes.

9. Office 2000 Premium. EXCEL. Introducción: hojas y libro.

Formatos y tipos de datos. Fórmulas: operadores básicos.

Imprimir. Gráficos. Macros. ACCESS. Tablas y relaciones. Formularios.

Consultas. Informes.

10. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de

comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y

conmutación.

11. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios:

correo electrónico, WWW, FTP, Telnet, Protocolos http, HTTPS

y SSL.

12. Programación en internet. Lenguajes HTML y lenguajes

de script.

13. Seguridad y protección en redes de comunicaciones.

Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VNP).

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidente: D. Marcelino Manso Rejón, Cuerpo Superior de

Meteorólogos del Estado.

Secretario: D. Alfonso Navarro López, Cuerpo de Observadores

de Meteorología del Estado.

Vocales:

D. Victoriano Pérez López, Cuerpo de Observadores de

Meteorología del Estado.

D. José Manuel Espáriz Medrano, Cuerpo de Técnicos

Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

D. Manuel Carlón Hurtado, Cuerpo de Gestión de Empleo del

I.N.E.M.

Tribunal Suplente:

Presidente: D. Francisco Pérez Puebla, Cuerpo Superior de

Meteorólogos del Estado.

Secretario: D.a M.a Josefa Rodríguez Rodríguez, Cuerpo de

Observadores de Meteorología del Estado.

Vocales:

D. Antonio Suja Bernaldo de Quirós, Cuerpo de Diplomados

en Meteorología del Estado.

D. Antonio Almazán Pastor, Cuerpo de Administrativos

Calculadores de Meteorología del Estado.

D. Óscar San Martín Vázquez, Cuerpo de Gestión de la

Administración Civil del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

de Observadores de Meteorología del Estado", código 1429.

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se dejará

en blanco.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra "L".

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de medio Ambiente, código 00040".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior

al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo

de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en

el recuadro 22 con una cruz.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base

2.1.3.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará el ámbito

geográfico por el que se participa ; en el apartado B, se consignará

el idioma o idiomas elegidos por el aspirante (idiomas a que se

refiere el apartado 1 del Anexo I.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0085/2145/82/0000000079 del Banco

Santander Central Hispano a nombre de "Tesoro Público. Ministerio

de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de

tasas en el extranjero". El ingreso podrá efectuarse directamente

en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior

al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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