En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 15 plazas del
Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, Código
1429, por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad con un grado
de minusvalía igual o superior al 33%.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas
con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan
superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán
optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas
con discapacidad se acumularán a las de acceso general.
La distribución por ámbitos geográficos de las plazas
convocadas es la siguiente:
6 Plazas para Islas Canarias.
3 Plazas para Islas Baleares.
6 Plazas para Península, Ceuta y Melilla, de las cuales una
corresponderá al cupo de reserva para discapacitados.
Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los ámbitos
geográficos previstos en esta base, por lo que el ámbito geográfico
elegido por el opositor en su solicitud de admisión a las pruebas
selectivas conllevará, en caso de resultar aprobado, que habrá
de obtener destino necesariamente dentro de dicho ámbito
geográfico.
Todas las pruebas selectivas se celebrarán en Madrid,
independientemente del ámbito geográfico por el que se haya optado.
No obstante, en función del número de solicitudes presentadas
por cada ámbito geográfico, se podrá proceder al desarrollo
descentralizado del proceso selectivo, realizándose el primer ejercicio
de la fase de oposición en las localidades que previamente serán
comunicadas cuando se publique la lista de admitidos y excluídos.
En dicha lista se indicará la relación de aspirantes que se adscriben
a cada localidad de exámen, en función de la petición de ámbito
geográfico indicado en la solicitud.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización
de este curso selectivo los aspirantes que hayan superado la fase
de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la
autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de julio de 2004. La fase de oposición deberá finalizar
dentro del año 2004.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo
grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite
su homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de persona con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33%.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Medio Ambiente, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.
es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/procesos-selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Medio Ambiente o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y
se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia
compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,
una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,
una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo
de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de
haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al
que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive
a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
Ministra de Medio Ambiente dictará orden, en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.
En dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas
al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y
determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio
de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza
de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono
91.597.69.78, dirección de correo electrónico
RSantiagoUmma.es.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.2 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública
la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales
en donde se haya celebrado la última prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para
la realización del curso selectivo.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino
de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora
Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 15 de marzo de 2004.-P. D. (Orden de 6 de febrero
de 2001, Boletín Oficial del Estado, del 14), la Subsecretaria,
María Jesús Fraile Fabra.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente,
Presidente del Tribunal Calificador y Director del Centro
responsable del curso selectivo.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio.-Consistirá en acreditar conocimientos de las
materias que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
Este ejercicio consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas que mida el grado de comprensión del aspirante en relación
con las materias que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un máximo de 60
preguntas, con un máximo de 15 preguntas de cada uno de los
temarios que figuran en el citado anexo II, con respuestas múltiples,
siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones erróneas
podrán ser valoradas negativamente a juicio del Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,
siendo necesario obtener 15 puntos como mínimo para superarlo.
Segundo ejercicio.-Consistirá en la resolución por escrito de
dos problemas y un supuesto de carácter práctico sobre las
materias del temario del Anexo II, que serán elegidos por el candidato
entre cuatro problemas y dos supuestos de carácter práctico,
propuestos por el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de cuatro horas.
Se calificará este ejercicio con un máximo de 40 puntos, siendo
necesario obtener 20 puntos como mínimo para superarlo.
Prueba voluntaria de idiomas.-Esta prueba no tiene carácter
eliminatorio. Consistirá en efectuar por escrito una traducción
directa, sin diccionario, de los idiomas elegidos por el aspirante
en su solicitud, hasta un máximo de tres idiomas, de entre los
siguientes:
Inglés.
Francés.
Lenguas Oficiales de Comunidades Autónomas.
Este ejercicio se realizará en una misma sesión y el tiempo
para realizarlo será de media hora por cada uno de los idiomas
elegidos.
Esta prueba se calificará otorgando hasta un máximo de tres
puntos.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en
la provincia de Madrid.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
2. El curso selectivo consistirá en un período de formación
de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría
del Ministerio de Medio Ambiente y cuya duración máxima será
de cinco meses.
El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez
superada la fase de oposición será de dos meses a partir de la
terminación del plazo a que se refiere la base 7.1 de la convocatoria.
La asistencia al curso es obligatoria y durante el mismo los
aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del
Departamento.
Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas
selectivas deberán ser autorizados por la Subsecretaría del
Departamento en el que presten sus servicios para asistir al curso
selectivo.
El curso se estructurará en dos partes, una teórica, con una
duración máxima de un mes, que versará sobre la organización
y funcionamiento de la Administración y organismos y relaciones
meteorológicas internacionales y otra teórico-práctica, con una
duración máxima de cuatro meses, orientada a la especialización
de los funcionarios en prácticas en materias específicamente
meteorológicas adecuadas a las funciones a desempeñar por los
Observadores de Meteorología del Estado.
La parte teórico-práctica se desarrollará en dos períodos. El
primer período, que cubrirá, como máximo los tres primeros
meses, se dedicará a la formación teórico-práctica especializada
en las áreas temáticas relacionadas con las funciones que el
personal de este Cuerpo tiene encomendadas. El segundo período,
de, como máximo, un mes de duración, consistirá en la rotación
(prácticas reales) por puestos de trabajo de las distintas unidades
administrativas de la Dirección General del Instituto Nacional de
Meteorología, cuyas misiones estén relacionadas con la formación
especializada impartida.
La calificación del curso selectivo será otorgada por la
Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de
Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría y que
estará integrada, entre otros miembros, por profesores y tutores
que hayan participado en el curso selectivo.
En el plazo de diez días naturales desde la finalización de las
prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar
a la Comisión de Valoración un informe de las actividades
desarrolladas. Finalizado este plazo, la Comisión de Valoración dispondrá
de 20 días hábiles para facilitar las notas del curso selectivo a
la Subsecretaría del Departamento.
La calificación máxima de la parte teórica del curso selectivo
será de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superarla.
La calificación máxima de la parte teórico-práctica del curso
selectivo será de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 15 puntos para superarla.
En la parte teórica del curso selectivo se valorará la asistencia
y participación en las clases, la presentación de trabajos, las
pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y
la participación en actividades formativas complementarias. Estos
mismos criterios de valoración se aplicarán en el primer periodo
de la parte teórico-práctica.
En el segundo período de la parte teórico-práctica del curso
selectivo se valorará el cumplimiento del horario, la eficacia y
rendimiento en el trabajo, la capacidad de aprendizaje y la
adquisición de conocimientos teórico-prácticos. Asimismo, y en base
al informe de las actividades desarrolladas elaborado por los
funcionarios en prácticas, se valorará el contenido y presentación
del mismo, así como los comentarios y sugerencias formuladas.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho
a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante
resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del
órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrá efectuarlo con posterioridad, intercalándose en
el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán
en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de
posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo
de Observadores de Meteorología del Estado. Los aspirantes que
ya fueran funcionarios antes de participar en estas pruebas
selectivas continuarán, asimismo en la situación de funcionarios en
prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a
partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de
las prácticas reales, con independencia del momento en que se
publique la calificación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición
y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase
de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio
de la fase de oposición, por este orden.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
ANEXO II
Programa
Temario de Matemáticas y Física
1. Resolución e interpretación gráfica de ecuaciones e
inecuaciones de primer y segundo grado. Resolución de ecuaciones
exponenciales y logarítmicas sencillas.
2. Matrices de números reales. Operaciones con matrices.
Rango de una matriz.
3. Sistema de ecuaciones lineales. Discusión y resolución de
un sistema lineal.
4. Vectores en el espacio tridimensional. Producto escalar,
vectorial y mixto.
5. Razones trigonométricas de un ángulo cualquiera.
Resolución de triángulos rectángulos y no rectángulos.
6. Resolución de problemas métricos relacionados con el
cálculo de ángulos, distancias, áreas y volúmenes.
7. Concepto de derivada de una función. Cálculo de
derivadas.
8. Aplicaciones geométricas y físicas de la derivada.
Representación gráfica de funciones elementales.
9. Series crecientes o decrecientes. Concepto de
probabilidad. Mediana. Cuartiles. Quintiles. Deciles. Rango. Intervalo de
clase.
10. Principales índices aplicables a las series estadísticas. De
centralización: media, mediana y moda. De dispersión: rango,
desviaciones respecto a la media, varianza y desviación típica.
11. Magnitudes: tipos y su medida. Unidades. Factores de
conversión. Representaciones gráficas. Instrumentos de medida:
sensibilidad y precisión. Errores en la medida.
12. Fuerza. Leyes de Newton para la dinámica. Trabajo
mecánico y energía. Potencia. Energía cinética. Energía debida a la
posición en el campo gravitatorio. Conservación de la energía
mecánica.
13. Teoría de la gravitación universal. Leyes de Kepler.
Campo gravitatorio terrestre. Intensidad de campo y potencial
gravitatorio. Aplicación a satélites y cohetes.
14. Sistemas y variables termodinámicas. Principios cero y
primero de la termodinámica.
15. Campo y potencial eléctrico. Corriente eléctrica: Ley de
Ohm. Aspectos de medida. Estado de circuitos. Energía eléctrica.
Aplicaciones de la corriente eléctrica.
16. Magnetismo e imanes. Campos magnéticos creados por
cargas en movimiento. Ley de Ampere. Fuerzas sobre cargas en
móviles situadas en campos magnéticos. Fuerza de Lorentz:
Aplicaciones. Fuerzas magnéticas sobre corrientes eléctricas.
Interacciones magnéticas entre corrientes paralelas.
17. Inducción electromagnética. Experiencias de Faraday y
Henry. Leyes de Faraday y de Lenz. Producción de corrientes
alternas. Impacto medioambiental de la energía eléctrica.
18. Naturaleza de las ondas electromagnéticas. Espectro
electromagnético. Naturaleza de la luz. Propagación de la luz: reflexión
y refracción. Dispersión lumínica.
Temario de Meteorología, Geografía y Ciencias Medioambientales
1. Composición y estructura de la atmósfera. Composición
y cuerpos extraños. Capas de la atmósfera según la distribución
vertical de la temperatura del aire. Troposfera. Tropopausa. Alta
atmósfera. Ozonosfera e ionosfera. Capas E y F. Zona de Van
Allen. Las ventanas de la atmósfera.
2. Intercambios de calor en la atmósfera. Radiación solar.
Radiación terrestre. Otros procesos de intercambio de calor.
Balance energético de la atmósfera. Efecto de la radiación en la superficie
terrestre. Diferencia en la temperatura entre los continentes y los
mares.
3. Temperatura del aire. Principios fundamentales de la
medida de la temperatura. Escala Celsius y Fahrenheit de temperatura.
Conversión de la temperatura de una escala a otra. Escala Kelvin
de temperatura. Procesos físicos empleados en termometría.
Principales tipos de termómetros. Medida de la temperatura del aire.
Temperatura del aire en superficie. Exposición de los termómetros.
Variación diurna de la temperatura del aire en superficie. Variación
de la temperatura con la altura.
4. Presión atmosférica. Naturaleza de la presión atmosférica.
Unidades de presión atmosférica. Medida de la presión
atmosférica. Barómetros de mercurio. Reducción de las lecturas del
barómetro de mercurio a las condiciones normales. Barómetros
aneroides. Barógrafos. Variación de la presión con la altura. Variación
semidiurna de la presión.
5. Humedad del aire. Estados de agregación del agua. El vapor
del agua en la atmósfera. Tensión de vapor. Calores latentes.
Humedad absoluta y relativa. Punto de rocío. Variación diurna
y anual de la humedad. Psicrómetros: higrómetros e higrógrafos.
6. El viento. Principios generales de la medida del viento en
superficie: instrumentos de medida. Dirección del viento en
superficie: unidades de medida. Intensidad del viento en superficie:
unidades de medida. Variaciones del viento en superficie. Variación
diurna de la intensidad del viento en superficie. Fuerzas que actúan
sobre el aire en movimiento. Viento geostrófico.
7. El espacio geográfico: noción y características del espacio
geográfico. Elementos e instrumentos de información y
representación geográfica. Nociones de análisis de localizaciones y
distribuciones espaciales.
8. Rasgos geográficos esenciales de España: situación
geográfica. Contrastes y diversidad internos. Posición relativa en el
mundo y en las áreas socioeconómicas y geopolíticas.
9. Naturaleza y medioambiente en la Unión Europea. Los
contrastes físicos: relieve, clima e hidrografía. Situación del medio
ambiente y políticas comunitarias con incidencia ambiental.
10. Características generales del medio natural en España.
Diversidad geológica, morfológica, climática e hídrica.
11. La variedad de los grandes conjuntos naturales españoles.
Identificación de sus elementos geomorfológicos, estructurales,
climáticos y biogeográficos.
12. Naturaleza y recursos en España. Materias primas, fuentes
y recursos energéticos.
13. Naturaleza y medio ambiente español. Situación,
condicionantes y problemas. La protección de los espacios naturales.
14. El agua: cuencas y vertientes hidrográficas. Regímenes
fluviales. Regulación y distribución de los recursos hidráulicos.
15. Concepto de medio ambiente y teoría de sistemas. La
interdisciplinariedad en las Ciencias Ambientales. Composición,
estructura y límites de sistemas. Complejidad y entropía. Modelos
estáticos. Los cambios en los sistemas. Modelos dinámicos. El
medio ambiente, como interacción de sistemas.
16. La dinámica de los sistemas fluidos externos. El origen
de la energía externa. El balance hídrico y el ciclo del agua. Clima
y tiempo atmosférico. El cambio climático. Riesgos y recursos
energéticos asociados a la dinámica externa.
17. Las nuevas tecnologías en la investigación del medio
ambiente. GPS: fundamentos, tipos y aplicaciones. Teledetección:
fotografías aéreas, satélites meteorológicos y de información
medioambiental. Radiometría. Programas informáticos de
simulación medioambiental.
18. Los sistemas fluidos externos. Función reguladora y
protectora de la atmósfera. Efecto invernadero. Contaminación
atmosférica. Detección, prevención y corrección. La hidrosfera: los
recipientes hídricos. Recursos hídricos. Usos, explotación e impactos.
Detección, análisis, prevención y corrección de la contaminación
hídrica.
19. La respuesta del sistema humano. Modelo
conservacionista y desarrollo sostenible. Ordenación del territorio. Mapas de
riesgos. El paisaje como recurso. Evaluación de impacto ambiental.
Temario de Informática y Comunicaciones
1. Informática básica. Conceptos de datos e información.
Concepto de sistemas de información. Elementos constitutivos de un
sistema. Características y funciones.
2. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos.
Funciones. La unidad central de proceso. La memoria principal.
3. Periféricos. Conectividad. Elementos de impresión.
Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y
digitalización.
4. Estructura de datos. Organizaciones de ficheros.
Algoritmos. Formatos de información y ficheros.
5. Sistemas operativos. Características y elementos
constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix.
6. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales.
Características y componentes. Sistemas de gestión de bases de datos
orientados a objetos.
7. Windows 200 Professional. Introducción. El escritorio de
Windows. La barra de tareas. El sistema de archivos. El explorador
de windows. El portapapeles. Ficheros. Conceptos de redes de
área local. Búsqueda de objetos.
8. Office 2000 Premium. WORD. Introducción: formatos.
Personalizar: párrafos y columnas. Tablas. Corregir texto. Insertar
gráficos e imágenes.
9. Office 2000 Premium. EXCEL. Introducción: hojas y libro.
Formatos y tipos de datos. Fórmulas: operadores básicos.
Imprimir. Gráficos. Macros. ACCESS. Tablas y relaciones. Formularios.
Consultas. Informes.
10. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de
comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y
conmutación.
11. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios:
correo electrónico, WWW, FTP, Telnet, Protocolos http, HTTPS
y SSL.
12. Programación en internet. Lenguajes HTML y lenguajes
de script.
13. Seguridad y protección en redes de comunicaciones.
Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VNP).
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Titular:
Presidente: D. Marcelino Manso Rejón, Cuerpo Superior de
Meteorólogos del Estado.
Secretario: D. Alfonso Navarro López, Cuerpo de Observadores
de Meteorología del Estado.
Vocales:
D. Victoriano Pérez López, Cuerpo de Observadores de
Meteorología del Estado.
D. José Manuel Espáriz Medrano, Cuerpo de Técnicos
Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.
D. Manuel Carlón Hurtado, Cuerpo de Gestión de Empleo del
I.N.E.M.
Tribunal Suplente:
Presidente: D. Francisco Pérez Puebla, Cuerpo Superior de
Meteorólogos del Estado.
Secretario: D.a M.a Josefa Rodríguez Rodríguez, Cuerpo de
Observadores de Meteorología del Estado.
Vocales:
D. Antonio Suja Bernaldo de Quirós, Cuerpo de Diplomados
en Meteorología del Estado.
D. Antonio Almazán Pastor, Cuerpo de Administrativos
Calculadores de Meteorología del Estado.
D. Óscar San Martín Vázquez, Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Observadores de Meteorología del Estado", código 1429.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se dejará
en blanco.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de medio Ambiente, código 00040".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior
al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo
de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en
el recuadro 22 con una cruz.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base
2.1.3.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará el ámbito
geográfico por el que se participa ; en el apartado B, se consignará
el idioma o idiomas elegidos por el aspirante (idiomas a que se
refiere el apartado 1 del Anexo I.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0085/2145/82/0000000079 del Banco
Santander Central Hispano a nombre de "Tesoro Público. Ministerio
de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de
tasas en el extranjero". El ingreso podrá efectuarse directamente
en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid