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Documento BOE-A-2004-6052

Resolución de 19 de febrero de 2004, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se concede el Premio "A. de Betancourt-J.R. Perronet" de Investigación 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2004, páginas 14257 a 14257 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-6052

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 3 de septiembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de octubre) se hacía pública la convocatoria para la presentación de candidaturas al premio «A. de Betancourt-J.R. Perronet» de Investigación.

De conformidad con lo establecido en el punto 3.3.3. de la mencionada Resolución, el Jurado ha fallado la concesión del Premio «A. de Betancourt-J.R. Perronet» de Investigación 2003 al Dr. Hubert Vaudry.

En uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder el Premio «A. de Betancourt-J.R. Perronet» de Investigación 2003 al investigador francés Hubert Vaudry.

Segundo.

El premio tendrá una dotación económica de 18.030,36 euros. El pago del importe del premio se realizará mediante subvención a la Universidad de Córdoba y el galardonado lo percibirá una vez se incorpore a la Universidad española.

Tercero.

El galardonado realizará una estancia de dos meses en la Universidad de Córdoba.

El gasto, correspondiente al ejercicio 2004, será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781.

El organismo perceptor de la subvención presentará certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo.

La subvención quedará afecta a los fines para los que se otorga. Dentro de los tres meses siguientes a la terminación de la estancia, el organismo receptor deberá justificar el cumplimiento de los fines de la subvención, mediante certificación que acredite la aplicación de los fondos percibidos, debiendo presentar fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

El investigador galardonado queda obligado al cumplimiento de lo establecido en el apartado 6 de la Resolución de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición.

Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 19 de febrero de 2004.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Director general de Universidades, Pedro Chacón Fuertes.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario.

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