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Documento BOE-A-2004-6278

Resolución de 12 de marzo de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de 16 de febrero de 2004, de revisión salarial para el año 2003, así como el incremento salarial para el año 2004, del Convenio Colectivo Nacional para la Industria de Pastas Alimenticias.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2004, páginas 14663 a 14664 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-6278
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/03/12/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 16 de febrero de 2004 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial para el año 2003 así como el incremento salarial para el año 2004 del Convenio Colectivo Nacional para la Industria de Pastas Alimenticias (Código de Convenio n.o 9903945) (publicado en el B.O.E. de 18.2.2003), acuerdos alcanzados por la Comisión Paritaria del Convenio integrada por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias y por las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT en representación de las empresas y los trabajadores del sector y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de marzo de 2004.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA

Asistentes:

Representación de los Trabajadores:

CC. OO.:

D. Cristóbal Coronado Rincón.

D. Ramón Costa Valls.

Dña. M.a Teresa Vidal Creus (Asesora).

U.G.T.:

D. Rafael García Martín.

D. Rafael Moral Yébenes.

D. Juan José García Martín (Asesor).

D. Sebastián Serena (Asesor).

Representación Empresarial:

D. Fernando Beltrán Aparicio.

Dña. M.a José Abella, Asesora de la Asoc. Esp. de Fabricantes de Pastas Alimenticias.

En Madrid en los locales de la U.G.T. siendo las 16,30 horas del día 16 de Febrero de 2004, se reúnen las personas al margen reseñadas al efecto de mantener una reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Nacional para la Industria de Pastas Alimenticias.

El objeto de la misma es, dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 25 del vigente Convenio Colectivo, en concreto en el siguiente punto:

1. «Revisión sobre el exceso del 2,6% del I.P.C. real al 31 de Diciembre de 2003».

Toda vez que el I.P.C. real al 31 de Diciembre de 2003 ha sido el 2,6% procede revisar las tablas vigentes a 31 de Diciembre de 2002 con el 2,95%, dando lugar a las tablas salariales definitivas del 2003 que se incorporan a la presente acta como Anexo n.o I (lo que implica un incremento sobre el año 2002 del 2,95%). Las tablas resultantes figuran como Anexo n.o I.

Igualmente se modifican, con el mismo criterio, todos los conceptos económicos del convenio.

2. Incremento salarial para 2004: «I.P.C. + 0,35».

Al estar previsto un I.P.C. para el año 2004 del 2%, deben incrementarse las tablas vigentes a 31 de Diciembre de 2003 con el 2,35%, dando lugar a las tablas salariales que se adjuntan a la presente como Anexo n.o II.

Igualmente se modifican, con el mismo criterio, todos los conceptos económicos del convenio.

3. En relación con la ayuda por jubilación prevista en el artículo 34 primero del convenio, se modifica dicho artículo en el sentido de reconocer dicha ayuda a favor de los trabajadores que el 1 de Enero de 2004 tengan cumplidos 60 años.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la presente acta que una vez leída es firmada por todos los asistentes, dando por concluida la reunión a las 17,30 horas del día y lugar ut supra.

NACIONAL

Convenio Colectivo de Pastas Alimenticias

Tablas salariales vigentes a partir del 1.o de enero de 2003 (regularización = IPC real 2,6% + 0,35% = 2,95% incremento)

Mensual

Categoría profesional

Salario base

Euros

Plus Convenio

Euros

Total

Euros

Técnicos titulados      
Técnico Jefe. 1.070,95 655,95 1.726,89
Técnico. 902,68 445,61 1.348,28
Ayudante Técnico Sanitario. 668,56 328,74 997,30
Técnicos no titulados      
Encargado General. 902,68 655,95 1.558,62
Maestro de Fabricación. 798,93 445,61 1.244,54
Encargado de Sección. 713,43 445,61 1.159,04
Auxiliar de Laboratorio. 619,47 214,24 833,71
Administrativos      
Jefe Administrativo 1.a. 798,93 562,42 1.361,35
Jefe Administrativo 2.a. 798,93 445,61 1.244,54
Oficial Administrativo 1.a. 668,56 445,61 1.114,17
Oficial Administrativo 2.a. 668,56 298,34 966,90
Auxiliar Administrativo. 619,47 214,24 833,71
Aspirante 1.er año. 406,50 186,15 592,65
Aspirante 2.o año. 406,50 253,64 660,14
Telefonista. 619,47 214,24 833,71
Mercantiles      
Jefe de Venta. 798,93 562,42 1.361,35
Inspector de Ventas. 713,43 445,61 1.159,04
Promotor. 713,43 328,74 1.042,17
Vendedor con Autoventa. 668,56 298,34 966,90
Viajante. 668,56 298,34 966,90
Corredor de Plaza. 668,56 214,24 882,80
I) Producción      
Oficial 1.a. 666,97 386,28 1.053,25
Oficial 2.a. 666,97 263,77 930,74
Ayudante. 652,99 228,69 881,68
Aprendiz 1.er año. 422,69 193,58 616,27
Aprendiz 2.o año. 422,69 263,77 686,46
II) Acabado, Envasado y Empaquetado      
Oficial 1.a. 666,97 386,28 1.053,25
Oficial 2.a. 666,97 263,77 930,74
Ayudante. 652,99 228,69 881,68
Aprendiz 1.er año. 422,69 193,58 616,27
Aprendiz 2.o año. 422,69 263,77 686,46
III) De Oficios Auxiliares      
Mecánico. 666,97 386,28 1.053,25
Chófer 1.a. 666,97 386,28 1.053,25
Chófer 2.a. 666,97 263,77 930,74
Carpintero. 666,97 386,28 1.053,25
Repartidor. 610,15 263,77 873,92
Electricista. 666,97 386,28 1.053,25
IV) Peonaje      
Peón. 586,16 263,77 849,92
Personal de Limpieza. 586,16 193,58 779,73
V) Subalternos      
Almacenero. 666,97 386,28 1.053,25
Conserje. 610,15 263,77 873,92
Cobrador. 610,15 263,77 873,92
Basculero. 610,15 263,77 873,92
Sereno. 610,15 263,77 873,92
Portero. 586,16 263,77 849,92
Mozo Almacén. 586,16 263,77 849,92

Resto conceptos económicos del Convenio:

Plus Sábados-Domingos: 29,06 euros por día.

Ayuda Matrícula: 79,91 euros.

Ayuda Discapacitados: 133,94 euros mes.

Premio Nupcialidad: 100,62 euros.

Tablas salariales vigentes a partir del 1.o de enero de 2004 (IPC previsto 2% + 0,35% = 2,35% incremento)

Mensual

Categoría profesional

Salario base

Euros

Plus Convenio

Euros

Total

Euros

Técnicos titulados      
Técnico Jefe. 1.096,12 671,36 1.767,48
Técnico. 923,89 456,08 1.379,97
Ayudante Técnico Sanitario. 684,27 336,47 1.020,74
Técnicos no titulados      
Encargado General. 923,89 671,36 1.595,25
Maestro de Fabricación. 817,70 456,08 1.273,78
Encargado de Sección. 730,20 456,08 1.186,28
Auxiliar de Laboratorio. 634,03 219,27 853,30
Administrativos      
Jefe Administrativo 1.a. 817,70 575,64 1.393,34
Jefe Administrativo 2.a. 817,70 456,08 1.273,78
Oficial Administrativo 1.a. 684,27 456,08 1.140,35
Oficial Administrativo 2.a. 684,27 305,35 989,62
Auxiliar Administrativo. 634,03 219,27 853,30
Aspirante 1.er año. 416,05 190,52 606,57
Aspirante 2.o año. 416,05 259,60 675,65
Telefonista. 634,03 219,27 853,30
Mercantiles      
Jefe de Venta. 817,70 575,64 1.393,34
Inspector de Ventas. 730,20 456,08 1.186,28
Promotor. 730,20 336,47 1.066,67
Vendedor con Autoventa. 684,27 305,35 989,62
Viajante. 684,27 305,35 989,62
Corredor de Plaza. 684,27 219,27 903,54
I) Producción      
Oficial 1.a. 682,64 395,36 1.078,00
Oficial 2.a. 682,64 269,97 952,61
Ayudante. 668,34 234,06 902,40
Aprendiz 1.er año. 432,62 198,13 630,75
Aprendiz 2.o año. 432,62 269,97 702,59
II) Acabado, Envasado y Empaquetado      
Oficial 1.a. 682,64 395,36 1.078,00
Oficial 2.a. 682,64 269,97 952,61
Ayudante. 668,34 234,06 902,40
Aprendiz 1.er año. 432,62 198,13 630,75
Aprendiz 2.o año. 432,62 269,97 702,59
III) De Oficios Auxiliares      
Mecánico. 682,64 395,36 1.078,00
Chófer 1.a. 682,64 395,36 1.078,00
Chófer 2.a. 682,64 269,97 952,61
Carpintero. 682,64 395,36 1.078,00
Repartidor. 624,49 269,97 894,46
Electricista. 682,64 395,36 1.078,00
IV) Peonaje      
Peón. 599,93 269,97 869,90
Personal de Limpieza. 599,93 198,13 798,06
V) Subalternos      
Almacenero. 682,64 395,36 1.078,00
Conserje. 624,49 269,97 894,46
Cobrador. 624,49 269,97 894,46
Basculero. 624,49 269,97 894,46
Sereno. 624,49 269,97 894,46
Portero. 599,93 269,97 869,90
Mozo Almacén. 599,93 269,97 869,90

Resto conceptos económicos del Convenio:

Plus Sábados-Domingos: 29,74 euros por día.

(*) Ayuda Matrícula: 81,79 euros.

Ayuda Discapacitados: 137,09 euros mes.

Premio Nupcialidad: 102,98 euros.

(*) Ayuda Matrícula: El importe que deberá hacerse efectivo para el presente año 2004, durante los meses de Septiembre-Octubre será = 82,26 euros (81,79 año 2004 + 0,47 regularización año 2003).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2004
  • Fecha de publicación: 07/04/2004
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo , (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 30 de enero de 2003 (Ref. BOE-A-2003-3349).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Pastas alimenticias

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