Concluidas las pruebas selectivas para ingreso en la Escala
de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de
la Administración de la Seguridad Social, convocadas en el marco
de consolidación de empleo temporal por Orden de 4 de diciembre
de 2002 "Boletín Oficial del Estado" del 10, vista la propuesta
del Tribunal calificador y en cumplimiento de las normas
reglamentarias de aplicación y bases de la convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le están
conferidas, dispone hacer pública en el Anexo I de la presente Orden
la relación de aspirantes aprobados, especificando los puntos
obtenidos en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, los
obtenidos en la fase de concurso y la suma total e indicando el
documento nacional de identidad de cada opositor aprobado.
En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente
al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial
del Estado", los opositores aprobados deberán presentar en el
Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo los
siguientes documentos relacionados en la base 8.1 de la convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del título de Licenciado en Medicina
o Licenciado en Medicina y Cirugía o de la certificación académica
personal en la que figurarán la fecha de fin de carrera y la de
abono de los derechos de expedición del correspondiente título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación,
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la
profesión de médico al amparo de la legislación de la Unión Europea.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario, de ninguna de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II de
la presente Orden.
c) Certificado Médico Oficial que acredite no padecer
enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Quienes tengan la condición de funcionarios de carrera estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal
o del Ministerio u Organismo del que dependan para acreditar
tal condición, con expresión del número e importe de trienios,
así como la fecha de su vencimiento.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza
mayor, no presenten la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su
publicación, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso/Administrativa o, potestativamente y con carácter
previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo de un
mes ante este Ministerio, de conformidad con el artículo 116 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Madrid, 26 de marzo de 2004.
PASTOR JULIÁN
Ilmos. Sres. Director General de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios, Director General del Instituto
Nacional de la Seguridad Social y Directora General del
Instituto Social de la Marina.
ANEXO (Ver imágenes páginas 14829 a 14830)
ANEXO II
Don/doña ..................................................
con domicilio en ...............................................
y documento nacional de identidad .............................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a
funcionario/a de la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de
Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social,
que no ha sido separado/a del servicio en ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas.
En .................. a .... de .................. de 2004.
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