En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Esta Presidencia, de conformidad con el Consejo, en uso de
las competencias que le están atribuidas en el artículo 34.9 del
Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear, aprobado por Real
Decreto 1157/1982, de 30 de abril ("BOE" de 7 de junio), previo
informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Superior
del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica, con sujeción a las siguientes:
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dieciocho
plazas de la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear
y Protección Radiológica, Código A1300, por el sistema general
de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad de grado igual
o superior al 33 por 100.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados,
los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de
oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad
de condiciones, a las de acceso general.
Si la plaza del cupo de reserva de discapacitados no fuera
cubierta se acumulará a las de acceso general.
En virtud de las necesidades del Organismo, del orden del 50%
de las plazas ofertadas, podrán destinarse a proveer puestos en
las Centrales Nucleares.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones
que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un
periodo de prácticas. Para la realización de este periodo de
prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y
la de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por
la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición
se iniciará antes del 30 de Junio de 2004. La duración máxima
del concurso oposición será de cinco meses, contados a partir
de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear, que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del
destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las funciones propias de la Escala Superior del
Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
de personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de personas con discapacidad con grado de minusvalía
igual o superior al 33 por 100.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en la sede del Consejo de Seguridad Nuclear (calle Justo
Dorado, número 11, 28040 Madrid), en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página
de Internet www.map.
es/servicios-al-ciudadano/empleo-público/procesos-selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Consejo de Seguridad Nuclear (calle Justo Dorado,
11, 28040 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán a la Excma.
Sra. Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los aspirantes con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo
y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de minusvalía.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear, dictará Resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse
en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes
excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos,
nombre y número de documento nacional de identidad o
pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el
defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.
Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al
público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora
de comienzo del primer ejercicio.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Consejo de Seguridad Nuclear, calle
Justo Dorado, 11, 28040 Madrid, teléfono (91) 346 01 00,
dirección de correo electrónico: ebgUcsn.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 29 de enero de 2004 ("Boletín Oficial del Estado" de
6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizadas las fases de oposición y de concurso el
Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último
ejercicio, así como en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes
aprobados por orden de puntuación alcanzada en ambas fases.
El Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la
relación definitiva de aspirantes que han superado dichas fases
por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un
plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", para la presentación de la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el
Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear, la Ley 30/1984, de
2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación
vigente en la materia y lo dispuesto en la convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante
en el plazo de 1 mes desde su publicación, o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose que en caso de interponer recurso de reposición,
no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 12 de abril de 2004.-La Presidenta, María Teresa
Estevan Bolea.
Ilmo. Sr. Secretario General del Consejo de Seguridad Nuclear.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Fase de oposición
Uno. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios
eliminatorios:
a) Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito,
durante el plazo máximo de cinco horas, cuatro temas, extraídos
al azar, del programa que figura en el Anexo II. Uno de ellos
habrá de ser de "Administración y Legislación"; otro de "Física
y Tecnología Nucleares"; otro de "Seguridad Nuclear", y otro de
"Protección Radiológica".
El ejercicio deberá ser leído por el candidato ante el Tribunal,
en la fecha en que éste señale, que dispondrá de quince minutos,
si lo considera procedente, para dialogar con el aspirante sobre
aspectos de los temas que ha desarrollado.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los
conocimientos, la claridad y orden de ideas y conceptos, la calidad
de expresión escrita y su forma de presentación.
b) Segundo ejercicio: Constará de dos fases obligatorias y
una tercera voluntaria.
La primera fase consistirá en la realización de una traducción
directa, por escrito, en español, de un texto escrito en inglés,
referente a documentación técnica, propuesto por el Tribunal y
sin diccionario.
La segunda fase consistirá en la realización de una traducción
inversa, por escrito, en inglés, de un texto en español, referente
a documentación técnica, propuesto por el Tribunal y sin
diccionario.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes dispondrán
de dos horas.
La tercera fase, de carácter voluntario, consistirá en un ejercicio
sobre dominio del idioma inglés, francés o alemán.
Esta prueba estará constituida, para cada idioma elegido, por
una conversación con el Tribunal durante un tiempo máximo de
quince minutos.
c) Tercer ejercicio. Consistirá en exponer oralmente, en sesión
pública ante el Tribunal, durante el plazo máximo de una hora,
cuatro temas, dos de ellos del grupo de materias de "Seguridad
nuclear" y los otros dos del grupo de materias de "Protección
radiológica", elegidos por el aspirante de entre tres extraídos al
azar de cada uno de los citados grupos incluidos en el programa
del anexo II.
Los opositores dispondrán de quince minutos para la
preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase
de texto o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guión
que, en su caso, hayan realizado durante el referido tiempo de
preparación.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor durante un periodo máximo de quince minutos sobre
aspectos de los temas que ha desarrollado.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los
conocimientos, la claridad y orden de ideas y conceptos y la
capacidad de expresión oral.
d) Cuarto ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito la
siguiente prueba:
Evaluación de un caso práctico y propuesta de un plan de
actuación, que se desarrollarán de acuerdo con las misiones asignadas
al Consejo de Seguridad Nuclear. El caso práctico será elegido
por el aspirante de entre dos propuestos por el Tribunal.
Para la realización de esta prueba, los candidatos dispondrán
de cuatro horas, pudiendo utilizar los textos, libros y apuntes que
consideren necesarios y que ellos mismos aporten.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, en
la fecha en que éste señale, que podrá dialogar con el aspirante
sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período
máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor
analítico, la sistemática y la claridad de ideas.
Dos. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de
la forma siguiente:
Primer ejercicio.-Se calificará de 0 a 25 puntos. Para superarlo
será necesario obtener un mínimo de 12,5 puntos y no ser
calificado con 0 puntos en ninguno de los temas.
Segundo ejercicio.-Las fases de carácter obligatorio se
calificarán globalmente de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
La tercera fase, de carácter voluntario, se calificará de 0 a
2 puntos por cada idioma.
Tercer ejercicio.-Se calificará de 0 a 30 puntos. Para superarlo
será necesario obtener un mínimo de 15 puntos, y no ser calificado
con 0 puntos en ninguno de los temas.
Cuarto ejercicio.-Se calificará de 0 a 15 puntos, siendo
necesario para superarlo obtener un mínimo de 7,5 puntos.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
tercer ejercicio y, si esto no fuera suficiente, en el primero, cuarto,
y segundo, por este orden.
Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en
el lugar o lugares de celebración del último ejercicio y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que superen
la fase de oposición por orden de puntuación, cuyo número no
podrá ser superior al de plazas convocadas, con indicación de
la puntuación total obtenida y del número del documento nacional
de identidad o pasaporte.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
2. Fase de concurso
En esta fase, que se aplicará únicamente a quienes superen
la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos:
A) Méritos académicos: Se valorará hasta 5 puntos.
Expediente académico: se adjudicará 1 punto por tener una
nota media de aprobado, 2 puntos por tener nota media de notable
y 3 puntos por tener una nota media de sobresaliente en el
expediente académico de obtención de la titulación exigida como
requisito para participar en estas pruebas.
Doctorado: se adjudicará 1 punto por tener el título de Doctor.
Otros títulos académicos: se otorgará 0,5 puntos por cada
titulación académica que se posea relacionada con la seguridad
nuclear y protección radiológica, hasta un máximo de 1 punto.
B) Títulos y diplomas profesionales: se valorará hasta 2
puntos.
De seguridad nuclear y protección radiológica: Se otorgará 0,5
puntos por cada título o diploma, hasta un máximo de 1 punto.
Nucleares, no comprendidos en el párrafo anterior: 0,25 puntos
por cada título o diploma, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Científicos o profesionales no nucleares: 0,15 puntos por cada
título o diploma hasta un máximo de 0,3 puntos.
Otros títulos y diplomas: 0,1 punto por cada título o diploma,
hasta un máximo de 0,2 puntos.
C) Publicaciones: Se valorará hasta 3 puntos.
Sobre seguridad nuclear y protección radiológica: Se otorgará
0,5 puntos por cada publicación, hasta un máximo de 1,5 puntos.
Sobre temas nucleares no comprendidos en el párrafo anterior:
0,25 puntos por cada publicación, hasta un máximo de 1 punto.
Sobre temas científicos o tecnológicos no nucleares: 0,15
puntos por cada publicación, hasta un máximo de 0,3 puntos.
Otras publicaciones: 0,1 punto por cada publicación, hasta
un máximo de 0,2 puntos.
D) Experiencia profesional: se valorará hasta 10 puntos.
En seguridad nuclear y protección radiológica: se otorgará 0,5
puntos por cada seis meses completos de experiencia, hasta un
máximo de 5 puntos.
Nuclear, no comprendida en el párrafo anterior: 0,25 puntos
por cada seis meses completos de experiencia, hasta un máximo
de 2,5 puntos.
Científica o tecnológica no nucleares: 0,2 puntos por cada seis
meses completos de experiencia, hasta un máximo de 2 puntos.
Otras experiencias profesionales: 0,05 puntos por cada seis
meses completos de experiencia, hasta un máximo de 0,5 puntos.
La valoración de estos méritos será efectuada por el Tribunal
en base a la documentación aportada por los aspirantes. A tales
efectos, en el plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al
que se haga pública la lista de aspirantes que han superado la
fase de oposición, los mismos deberán presentar en el Registro
del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Justo Dorado, 11, 28040
Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
la documentación acreditativa de los méritos que se invoquen de
entre los indicados en este apartado. En el caso de alegar
publicaciones, se acompañará un ejemplar de cada una de ellas.
La calificación global del concurso-oposición vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de
oposición y en la fase de concurso. En ningún caso la puntuación
obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los
ejercicios de la fase de oposición.
La autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado" la relación de aprobados. En ningún caso dicha relación
podrá contener mayor número de aprobados que de plazas
convocadas.
Transcurrido el plazo indicado en la base 7.2 serán nombrados
funcionarios en prácticas por Resolución de la Presidenta del
Consejo de Seguridad Nuclear, con determinación de la fecha en que
empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
3. Período de prácticas
El período de prácticas se iniciará en el plazo máximo de dos
meses desde que finalice el previsto en la base 7.2 para la
presentación de documentos. Su duración no será superior a seis
meses.
El período de prácticas será organizado por el Consejo de
Seguridad Nuclear, que establecerá oportunamente el calendario y
programa, así como las normas internas que hayan de regularlo.
Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos
en orden a la preparación específica de los aspirantes para el
ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Técnico de Seguridad
Nuclear y Protección Radiológica, mediante su participación en
alguna o algunas de las siguientes actividades: realización de
cursos específicos de formación técnica; participación en trabajos
en curso en el Consejo de Seguridad Nuclear bajo la supervisión
de personal con experiencia; estancia en régimen de formación
en organismos distintos del Consejo de Seguridad Nuclear que
realicen actividades relacionadas con las funciones de éste; y
visitas a instalaciones nucleares y/o radiactivas.
La calificación de las prácticas será de "apto" y "no apto" y
será realizada por la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear,
a la vista del informe de evaluación que, para cada uno de los
aspirantes, emita el Consejo de Seguridad Nuclear.
Los aspirantes que no pudieran realizar el período de prácticas
por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada
por el Tribunal, podrán participar, por una sola vez, en las que
se organicen para las pruebas selectivas inmediatamente
posteriores, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación
obtenida.
ANEXO II
Programa
PRIMER EJERCICIO
A) Administración y legislación
1. El Estado: Concepto y elementos. La Constitución española
de 1978: Estructura y contenido. La Corona. Las Cortes Generales:
El Congreso de los Diputados y el Senado. El Gobierno:
Composición y funciones.
2. Organización y funcionamiento de la Administración
General del Estado. Sus órganos centrales. Órganos periféricos de la
Administración del Estado. Delegados y Subdelegados del
Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Organismos Públicos.
Las Administraciones consultiva y de control.
3. Las Comunidades Autónomas: Organización institucional
y distribución constitucional de competencias. Los Estatutos de
Autonomía: Naturaleza normativa y contenido general.
4. El ordenamiento jurídico y administrativo. La Constitución.
La Ley. Leyes orgánicas y ordinarias. Decretos-leyes. La potestad
reglamentaria de la Administración. El Reglamento. El principio
de jerarquía normativa y sus efectos.
5. El procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación,
instrucción y terminación del procedimiento. Los informes. El acto
administrativo. Los recursos administrativos. Principios de la
potestad y del procedimiento sancionadores. Líneas generales de
la Jurisdicción contencioso administrativa.
6. El personal al servicio de la Administración. Normativa
aplicable. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Derechos y deberes de los funcionarios. El Cuerpo Técnico de
Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. Relaciones de
puestos de trabajo y sistemas de provisión de vacantes.
7. El Presupuesto del Estado. Los ingresos y gastos públicos.
Las tasas y precios públicos en la legislación española. La tasa
por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear.
Elaboración y aprobación del presupuesto, ejecución y control.
8. La contratación en el ámbito de las Administraciones
Públicas. Órganos de contratación. Tipos de contratos. Clasificación
y registro de empresas. Garantías exigidas para los contratos.
Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.
Procedimientos y formas de adjudicación.
9. La Ley de 29 de abril de 1964 sobre Energía Nuclear.
Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas. Régimen
de autorizaciones de estas instalaciones: Inspección de las mismas.
El personal de operación. Reglamentos sobre Protección Sanitaria
contra las Radiaciones Ionizantes. El Plan Básico de Emergencia
Nuclear.
10. El Consejo de Seguridad Nuclear. Normas reguladoras.
Naturaleza, características y funciones del Consejo. Sus órganos
y competencias. La capacidad normativa del Consejo. Funciones
del Ministerio de Economía en relación con las instalaciones
nucleares y radiactivas.
11. El ordenamiento sancionador en materia de seguridad
nuclear y de protección radiológica. Delitos relativos a la energía
nuclear y a las radiaciones ionizantes en el Código Penal de 1995.
Los cuadros sancionadores que la Ley 25/1964 y del Reglamento
de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.
Competencias del Consejo de Seguridad Nuclear en la materia.
12. Reglamentación en el transporte de sustancias nucleares
y radiactivas. Reglamento para el transporte seguro de materiales
radiactivos del OIEA. Reglamento de la Unión Europea sobre
Traslado de Sustancias Radiactivas. Reglamento nacional de transporte
de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril, vía aérea y
vía marítima.
13. Organismos internacionales sobre Seguridad Nuclear y
Protección Radiológica. La Agencia Internacional de la Energía
Atómica de las Naciones Unidas. La Agencia de Energía Nuclear
de la OCDE. La Comisión Internacional de Protección Radiológica.
El Comité Científico sobre los Efectos de las Radiaciones Ionizantes
de las Naciones Unidas.
14. Directivas de la Unión Europea en materia de Seguridad
Nuclear y Protección Radiológica. Transposición de las que tienen
por objeto la Protección Operacional de Trabajadores Externos,
Protección de Radiaciones Ionizantes en Exposiciones Médicas,
Información a la Población en caso de Emergencia Radiológica
y Traslado de Residuos Radiactivos.
15. Acuerdos Internacionales sobre Energía Nuclear. Tratado
de No Proliferación. Tratado EURATOM. Las convenciones de
Seguridad Nuclear y de Residuos Radiactivos del OIEA, y las de
Protección Física de Materiales Nucleares, Pronta Notificación y
Asistencia Mutua en accidentes nucleares. Los convenios sobre
Responsabilidad Civil por Riesgos Nucleares.
B) Física y Tecnología Nucleares
1. Radiactividad natural. Series radiactivas. Isótopos.
Reacciones nucleares. Radiactividad artificial. Estructura nuclear.
Fuerzas nucleares. Estabilidad nuclear.
2. Esquemas de desintegración radiactiva. Interacción de
partículas cargadas y radiaciones con la materia. Detección de
partículas y radiaciones.
3. Neutrones. Interacción de los neutrones con la materia.
Secciones eficaces de las reacciones neutrónicas. Fisión nuclear.
Difusión y moderación de neutrones.
4. Cinética y control de reactores nucleares. Reactividad.
Coeficientes de realimentación.
5. Minería del uranio. Producción de concentrados.
Enriquecimiento isotópico del uranio, métodos.
6. Combustibles nucleares. Tipos. Propiedades. Diseño.
Materiales. Evolución isotópica. Quemado.
7. Tratamiento de combustibles irradiados, opciones.
Sistemas reelaboración. Problemas asociados.
8. Residuos radiactivos. Tipos. Origen. Gestión.
9. Reactores nucleares. Componentes. Tipos.
10. Blindajes contra las radiaciones. Diseño. Materiales.
Cálculos.
11. Centrales nucleares de agua ligera tipo PWR.
Características, análisis de las mismas.
12. Centrales nucleares de agua ligera tipo BWR.
Características, análisis de las mismas.
13. Mecánica de fluidos y transmisión de calor en centrales
nucleares. Pérdidas de refrigerante del reactor. Refrigeración por
convección natural. Golpes de ariete. Descarga de válvulas de
alivio y seguridad.
14. Componentes de centrales nucleares de agua ligera.
Diseño mecánico. Análisis de tensiones. Análisis de fatiga. La vasija
a presión del reactor, seguimiento de propiedades mecánicas.
Formación y crecimiento de grietas. Mecánica de la fractura.
15. Estructuras de centrales nucleares de agua ligera. Diseño
civil de edificios y estructuras. Control e inspección de obra civil.
Estructuras de hormigón armado, pretensado y postensado,
propiedades y cálculo.
C) Seguridad nuclear
1. Principios básicos: Defensa en profundidad,
responsabilidad del Titular, cultura de seguridad, eficacia reguladora e
información al público.
2. Riesgo y Seguridad Nuclear. Principios de mitigación del
daño: Seguridad intrínseca mediante sistemas y mediante
procedimientos. Principios de reducción de la frecuencia del daño:
Redundancia, diversidad y separación. Métodos de evaluación y
análisis.
3. Selección y evaluación de emplazamientos nucleares.
Parámetros del emplazamiento. Criterios. Evaluación permanente.
4. Criterios de seguridad en el proyecto de centrales
nucleares.
5. Códigos y normas aplicables en el diseño, construcción
y operación de instalaciones nucleares.
6. Programas de pruebas prenucleares y nucleares en
centrales nucleares.
7. Criterios de garantía de calidad en la construcción y
operación de instalaciones nucleares.
8. Importancia del análisis de transitorios en el proceso de
licenciamiento de reactores de agua ligera. Clasificación de
sucesos. Concepto de suceso base de diseño.
9. Evaluación de seguridad de instalaciones nucleares.
Régimen de autorizaciones. Documentación.
10. Seguridad en el transporte de sustancias nucleares y
materiales radiactivos. Autorizaciones.
11. Sistemas de salvaguardia en centrales nucleares.
12. Planes de emergencia interior y exterior en instalaciones
nucleares y radiactivas. El Plan Básico de Emergencia Nuclear.
Planes Provinciales de Emergencia Nuclear. Simulacros.
13. Análisis de experiencia operativa en centrales nucleares.
Accidentes más importantes ocurridos en centrales nucleares.
Consecuencias y lecciones aprendidas.
14. Análisis probabilista de seguridad.
15. Fenomenología de accidentes severos.
D) Protección radiológica
1. Protección radiológica, objetivos y principios.
2. Magnitudes y unidades de protección radiológica.
3. Instrumentación y métodos analíticos utilizados en la
detección y medida de la radiación ionizante. Verificación, calibración
y control de calidad.
4. El sistema de protección radiológica. Principios de
justificación y optimización. Límites de dosis.
5. El desarrollo de la normativa básica de la protección
radiológica. El papel de la ICRP, los organismos internacionales y la
transposición de las normas a la reglamentación nacional.
6. Estadística aplicada a la medida y al análisis de la
radiactividad.
7. Radiación natural. Fuentes artificiales de radiación,
producción y usos.
8. Protección radiológica ocupacional. Principios generales,
medidas de protección en el diseño y en la operación de las
instalaciones. Manuales de protección radiológica.
9. Protección radiológica individual. Equipos y sistemas.
10. Formación en materia de protección radiológica del
personal de instalaciones nucleares y radiactivas. Licencias de
personal.
11. Protección radiológica ambiental. Comportamiento de los
radio nucleidos en el medio ambiente.
12. Tratamiento de desechos radiactivos líquidos y gaseosos.
13. Definición, clasificación y gestión de los residuos
radiactivos sólidos.
14. Criterios radiológicos utilizados en el diseño de las
centrales nucleares.
15. Planificación de emergencias nucleares y radiológicas.
TERCER EJERCICIO
A) Seguridad nuclear
1. La Seguridad Nuclear. Fundamentos. Métodos de análisis.
Aplicación a centrales nucleares e instalaciones del ciclo de
combustible.
2. Criterios básicos de diseño aplicables a centrales nucleares.
Normas, comparación entre ellas.
3. La seguridad mediante sistemas. Sistemas de salvaguardia
en centrales nucleares.
4. La contención en centrales nucleares. Tipos. Requisitos.
Diseño. Pruebas. Sistemas de salvaguardias asociados a la
contención en centrales nucleares.
5. El sistema de refrigeración del reactor en centrales
nucleares de agua ligera. Análisis de seguridad.
6. Sistemas de refrigeración de emergencia en centrales
nucleares de agua ligera.
7. Sistemas de refrigeración de componentes nucleares y de
servicios esenciales. Sumidero final de calor. Funciones. Tipos.
Análisis de seguridad.
8. El circuito secundario en centrales nucleares de agua ligera.
Aspectos de seguridad.
9. El sistema de protección del reactor en centrales nucleares.
10. Teorías de la Difusión y del Transporte de Neutrones.
Cinética puntual. Coeficientes de reactividad y parámetros
cinéticos. Evaluación del grado de quemado.
11. Cálculos de criticidad. Determinación del Factor Efectivo
de Multiplicación. Análisis de piscinas de almacenamiento y
fábricas de combustible.
12. Flujo y transmisión de calor en régimen bifásico. Análisis
termohidráulico del núcleo. Análisis multicanal.
13. Análisis de transitorios en el estudio de seguridad de
reactores de agua ligera.
14. Ejemplos significativos de accidentes base de diseño:
Accidentes con pérdida de refrigerante. Accidentes con inserción
de reactividad en el núcleo.
15. Accidentes fuera de la base de diseño: Transitorios
previstos sin parada del reactor (ATWS). Pérdida total de corriente
alterna (SBO).
16. Procedimientos de operación normal y de emergencia en
centrales nucleares. Criterios de elaboración.
17. Guías de gestión de accidentes severos.
18. Mantenimiento en centrales nucleares. Tipos. Objetivos.
Aplicaciones.
19. Sistemas auxiliares: sistemas de ventilación y
acondicionamiento de aire. Sistemas de protección contra incendios.
Funciones. Requisitos. Normativa aplicable.
20. Estructura y contenido de las secciones del código ASME.
Aplicación al campo nuclear.
21. Técnicas de ensayos no destructivos: Examen visual,
líquidos penetrantes, partículas magnéticas, radiografía, ultrasonidos,
corrientes inducidas y emisión acústica.
22. Sistemas eléctricos interiores y exteriores de centrales
nucleares. Sistemas de generación y distribución de corriente
continua y corriente alterna en los distintos niveles de tensión.
Sistemas eléctricos de emergencia.
23. Sistemas de instrumentación y control de centrales
nucleares. Utilización de técnicas analógicas y digitales.
24. Métodos de medida de presión, temperatura, nivel y
caudal. Clasificación y descripción de instrumentación de medición.
25. Clasificación de seguridad de equipos y componentes.
Calificación sísmica y ambiental de equipos en centrales nucleares.
26. Conceptos de fiabilidad y disponibilidad. Función de tasa
de fallos. Fallos en espera y en demanda. Distribuciones típicas
de la función de densidad de probabilidad de fallos.
27. Delineación de secuencias en un análisis probabilista de
seguridad: árboles de sucesos y árboles fenomenológicos. Criterios
de éxito y estados de daño: árboles de fallos.
28. Tarea de análisis de datos en un análisis probabilista de
seguridad.
29. La tarea de análisis de fiabilidad humana en un análisis
probabilístico de seguridad. Metodologías y su utilización.
30. Frecuencia de daño al núcleo y de modos de fallo de
la contención. Frecuencia de excedencia del daño radiológico.
31. Aplicaciones de los análisis de seguridad. Regulación
informada por el riesgo. Especificaciones Técnicas de
Funcionamiento.
32. Factores humanos y organizativos. Su influencia en la
seguridad. Metodologías de análisis preventivo y reactivo. Gestión
de la seguridad.
33. Gestión del combustible irradiado. Métodos de
almacenamiento a corto, medio y largo plazo. Estudios de seguridad
asociados.
B) Protección radiológica
34. Interacción de las radiaciones ionizantes con la materia
viva. Efectos somáticos, estocásticos y no estocásticos. Efectos
genéticos.
35. Efectos biológicos de las radiaciones ionizantes a nivel
biomolecular, celular, tisular, sistémico y orgánico.
36. Efectos biológicos de las radiaciones ionizantes a bajas
dosis. Estudios epidemiológicos.
37. La dosis debida a la radiación externa. Métodos de
estimación. Dosimetría.
38. La dosis debida a la contaminación interna. Métodos de
estimación. Dosimetría.
39. Vigilancia dosimétrica de los trabajadores
profesionalmente expuestos. Servicios de dosimetría. Vigilancia médica.
40. Servicios y Unidades Técnicas de Protección Radiológica.
Funciones, organización, requisitos y condiciones.
41. Protección radiológica operacional en instalaciones
radiactivas.
42. Protección radiológica operacional en instalaciones
nucleares.
43. Protección radiológica operacional en las instalaciones
del ciclo del combustible.
44. Protección radiológica durante el desmantelamiento de
las instalaciones nucleares y radiactivas. Vigilancia radiológica
después de la clausura de las instalaciones.
45. Protección radiológica en las instalaciones de
almacenamiento de residuos radiactivos.
46. Protección radiológica frente a las fuentes naturales de
radiación.
47. Protección radiológica de los pacientes en instalaciones
de radiodiagnóstico, medicina nuclear y radioterapia.
48. Seguridad de las fuentes de radiación. Gestión de fuentes
gastadas.
49. Transporte de materiales nucleares y radiactivos.
50. Contaminación radiactiva. Descontaminación de
personas contaminadas interna o externamente. Descontaminación de
zonas y equipos.
51. Exclusión de fuentes, exención de prácticas y
desclasificación de zonas y materiales radiactivos. Definición y aplicación
práctica.
52. Generación de radio nucleidos en reactores nucleares de
potencia. Comparación entre diferentes diseños desde el punto
de vista radiológico.
53. Efluentes radiactivos en centrales nucleares de agua
ligera. Sistemas de tratamiento. Limitación, vigilancia y control.
54. Efluentes radiactivos en instalaciones radiactivas.
Sistemas de tratamiento. Limitación, vigilancia y control.
55. Evaluación del impacto radiológico ambiental.
56. Declaración de Impacto Ambiental. Intervención del CSN.
57. Programas de vigilancia radiológica ambiental. Diseño
y desarrollo.
58. Red de vigilancia radiológica ambiental de alcance
nacional. Estaciones de muestreo y análisis, estaciones automáticas.
Red de Alerta a la Radiactividad.
59. Gestión de los residuos radiactivos producidos en las
instalaciones nucleares. Acondicionamiento y evacuación.
60. Características de los residuos radiactivos de
instalaciones radiactivas médicas, industriales y de investigación.
Acondicionamiento y evacuación.
61. Políticas y estrategias de gestión de residuos radiactivos
en España. El quinto Plan General de Residuos Radiactivos.
62. Análisis de consecuencias radiológicas de accidentes en
centrales nucleares de agua ligera.
63. Enseñanzas en materia de protección radiológica
resultantes de los accidentes nucleares.
64. Niveles derivados para la adopción de medidas de
protección radiológica en situaciones de emergencia.
65. Medidas de protección de la población en caso de
accidente radiológico. Ventajas e inconvenientes. Información a la
población.
66. Atención médica a las personas irradiadas y
contaminadas. Centros de asistencia a irradiados y contaminados.
ANEXO III
Tribunal calificador
Presidente: Don José Ignacio Calvo Molins. De la Escala
Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica.
Vocales:
Don Óscar Cabellos de Francisco. Del Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Don Antonio Delgado Martínez. De la Escala de Investigadores
Titulares de OPIS.
Don Agustín Cerdá Rubio. Del Cuerpo de Ingenieros
Industriales del Estado.
Secretario: Don Eduardo Biurrún González. De la Escala
Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica.
Tribunal calificador suplente
Presidente: Doña Lucila María Ramos Salvador. De la Escala
Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica.
Vocales:
Don Eliseo Vañó Carruana. Del Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Don Luis Enrique Herranz Puebla. De la Escala de
Investigadores Titulares de OPIS.
Don Alfonso Cepas Campos. Del Cuerpo de Ingenieros
Industriales del Estado.
Secretario: Don Eduardo Mas García. De la Escala Superior
del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
Encabezamiento:
En el recuadro correspondiente a Ministerio se consignará:
"Consejo de Seguridad Nuclear".
En el recuadro dedicado a Centro Gestor se consignará:
"C.S.N.".
En el recuadro de año de la convocatoria se pondrá: "04".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica", código 1300.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se dejará
en blanco.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "C.S.N.".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al
33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por
el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se hará
constar la titulación que se posee para participar en las pruebas
selectivas.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará, en su caso,
el idioma voluntario elegido; los apartados B y C se dejarán en
blanco.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,51
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182 2370 49 020 1503863 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Consejo de
Seguridad Nuclear. Ingresos por Tasas de oposiciones en el extranjero.".
El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid