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Documento BOE-A-2004-7240

Resolución de 29 de marzo de 2004, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Especializada del Centro Andaluz de Estudios para el Desarrollo Rural, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 21 de abril de 2004, páginas 16211 a 16217 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-7240

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 4/1994, de 12

de abril, de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía

y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se aprueba

el Reglamento de la Universidad Internacional de Andalucía y a

fin de alcanzar la estabilidad referida al personal interino que

realiza funciones estructurales en esta Administración Pública

encargada de la enseñanza superior,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

diciembre, de Universidades ("Boletín Oficial del Estado" de 24

de diciembre de 2001), en relación con el artículo 2.2e) de la

misma norma, así como en la Ley de Creación y el Reglamento

de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para

el ingreso en la Escala Técnica Especializada del Centro Andaluz

de Estudios para el Desarrollo Rural (en adelante CAEDER), de

la Universidad Internacional de Andalucía, y conforme a los

acuerdos de carácter extraordinarios suscritos con los representantes

de personal y organizaciones sindicales y ratificado por la Junta

de Gobierno de esta Universidad en sesión celebrada el 10 de

julio de 2003, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas en

la Escala Técnica Especializada del CAEDER, (grupo A), de la

Universidad Internacional de Andalucía, en el marco del proceso

extraordinario de consolidación de empleo temporal.

1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán, en cuanto

les sea de aplicación, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la reforma de la Función Pública, modificada por

Ley 23/1988, de 28 de julio ; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración general del Estado, la Ley 4/1994,

de 12 de abril, de Creación de la Universidad Internacional de

Andalucía y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que

se aprueba el Reglamento de funcionamiento de esta Universidad,

y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el

sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases:

Fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas,

puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta resolución.

1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas

selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 Una vez finalizada la fase de oposición, y con respecto

a los aspirantes que la hayan superado, se hará pública la

puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso.

Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que,

sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso,

hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser

superior al de las plazas convocadas.

1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

de la segunda quincena del mes de junio de 2004 y las pruebas

se celebrarán en la ciudad de Baeza (Jaén).

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que en virtud

de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el

Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión del título de licenciado, ingeniero,

arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha

que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española,

deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado el acceso

a la Función Pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada

gratuitamente en el Registro General de la Universidad Internacional

de Andalucía (Rectorado, calle Américo Vespucio, número 2, Isla

de la Cartuja, 41092 Sevilla) ; Sede Antonio Machado (plaza de

Santa María, s/n, 23440 Baeza. Jaén) ; Sede Santa María de la

Rábida, (paraje La Rábida s/n, 21819, Palos de la Frontera,

Huelva), o bien fotocopia del modelo que figura en el Anexo III, en

cuyo caso deberán adjuntar 3 ejemplares ( Universidad, interesado

y entidad bancaria).

A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del

documento nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán adjuntar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo deberán acreditar mediante declaración

jurada o promesa, debidamente traducido al castellano, de no

estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1 "Ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud) se presentarán en el

Registro General del Rectorado de la Universidad, o en los lugares

establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte

días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

Excmo. Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los

lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha

en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad

Internacional de Andalucía.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta

Universidad.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas antes de ser certificadas.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación

que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo

demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante

escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes

instrucciones en la cumplimentación de la solicitud:

En el espacio destinado a "escala o categoría que aspira", harán

constar "Escala Técnica Especializada del CAEDER-consolidación

de empleo temporal".

3.4 Los derechos de examen serán de 30 euros, y se

ingresarán en la cuenta corriente número 2098/0145/55/0102000182

bajo el nombre "UNIA Derechos de examen".

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecanográfica o en su defecto sello y

firma de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

En ningún caso, la mera presentación y pago de los derechos

de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en

tiempo y forma, del impreso de solicitud, con arreglo a lo dispuesto

en la base 3.2.

3.5 Los aspirantes que presten servicios en la Universidad

Internacional de Andalucía como funcionarios de empleo interinos

de la Escala Técnica Especializada del CAEDER (grupo A), en

la fecha de publicación de la presente convocatoria, deberán

presentar, unida a la solicitud, para la valoración de la fase de

concurso, certificación expedida por la Gerencia de la Universidad

Internacional de Andalucía.

3.6 La contravención de alguna de estas normas determinará

la exclusión de los aspirantes que no la hubieran observado.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la

instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el

recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en

dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

excelentísimo señor Rector de la Universidad Internacional de

Andalucía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas

selectivas. En dicha resolución que será publicada en el "Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía", figurarán los aspirantes excluidos

(apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad),

con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha, lugar

y hora de celebración del primer ejercicio, así como los lugares

en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas

completas de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos. En todo

caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en

tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no

sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino

que, además, sus nombres constan en la correspondiente relación

de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen

la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación

de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización

de las pruebas.

La resolución que excluya definitivamente a algún aspirante,

que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de

la Universidad Internacional de Andalucía, (calle Américo

Vespucio, n.o 2, Monasterio Santa María de las Cuevas, Isla de la

Cartuja en la ciudad de Sevilla), pone fin a la vía administrativa

y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o

recurso contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en

la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido en el art. 12 de la

Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos, procederá

la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se

realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto

pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Rector de la Universidad, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo

28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar a los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" resolución por la que se nombran a los nuevos

miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2, o por otras causas.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,

al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión,

el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al

correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de Presidente y Secretario y la

mitad, al menos de sus miembros, sean titulares o suplentes.

5.6 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en

la aplicación de esta norma, así como lo que se deba hacer en

los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas en que resulten

necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en

sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes

para tareas internas de organización y vigilancia. La designación

de tales asesores deberá comunicarse al Excmo. Sr. Rector de

la Universidad Internacional de Andalucía.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otra equivalente. El Tribunal

excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas

o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad

Internacional de Andalucía, (calle Américo Vespucio, 2. Isla de la

Cartuja, 41092 Sevilla. Teléfono 954462299) y correo

electrónico uniaUuia.es

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la

categoría primera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989,

de 21 de marzo, modificado por decreto 190/1993 de 28 de

diciembre y Decreto 404/2000, de 5 de octubre (Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía de 30 de noviembre).

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X de conformidad con lo

previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del

Estado" de 14 de marzo).

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso excluidos

de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter

de unidad del acto de la convocatoria.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

excelentísimo señor Rector de la Universidad, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

6.5 La publicación del anuncio de la celebración del primer

ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. Una

vez comenzada las pruebas selectivas los sucesivos anuncios sobre

la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos

por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las

anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con,

al menos, 24 horas de antelación a su comienzo.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada en ambas fases, y con

indicación, en todo caso, del documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Excmo. Sr. Rector de la Universidad,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los

ejercicios, la puntuación de la fase de concurso y la suma total

de ambas fases.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores

aprobados deberán presentar en la Gerencia de la Universidad

Internacional de Andalucía, los documentos exigidos en la base 2 de

esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en

la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en

que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación

en las pruebas.

8.3 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso

al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera,

mediante Resolución del Excmo. Sr. Rector de la Universidad

Internacional de Andalucía. Cualquier resolución que contravenga lo

anteriormente establecido será nula de pleno derecho. Los

nombramientos deberán publicarse en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía".

8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha

de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía".

8.5 De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del

Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la

Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, los funcionarios

interinos que desempeñan los puestos de trabajos ofertados en

la presente convocatoria cesarán en los mismos una vez que sean

ocupados por los funcionarios de carrera de la Escala Técnica

Especializada del CAEDER (grupo A), de la Universidad

Internacional de Andalucía.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en la forma

establecidos por la Ley 30/1992 de 2 de noviembre de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de

enero y en la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, asimismo, la Universidad

Internacional de Andalucía podrá, en su caso, proceder a la

revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas

conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Sevilla, 29 de marzo de 2004.-El Rector, José María Martín

Delgado.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición

y fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los

aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1. Fase de oposición: Constará de dos ejercicios, ambos

eliminatorios.

1.1 Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos

temas de entre cuatro propuestos por el Tribunal sobre el

contenido del programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Se calificará con 10 puntos siendo necesario para superarlo

obtener un mínimo de 5 puntos.

1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito

una prueba de carácter práctico relacionada con el Bloque I de

materias contenidas en el Anexo II de la convocatoria, que versarán

sobre la redacción de un programa de estudios, de docencia y

de investigación del área de su competencia así como sobre su

planificación, organización, gestión y difusión. Se calificará con

10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo

de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

La calificación de la fase de oposición para los aspirantes que

hayan superado ambos ejercicios vendrá determinada por la suma

de las calificaciones obtenidas en cada uno de ellos.

2. Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorarán exclusivamente, los servicios prestados

por los aspirantes en la Universidad Internacional de Andalucía

conforme a los criterios contenidos en la base 3.5. La valoración

se realizará otorgando 0,25 puntos por mes de servicios prestados

o fracción, a la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias, hasta un máximo de 8 puntos.

3. Calificación final: La calificación final del proceso selectivo

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y de concurso, no pudiendo resultar

aprobados un número superior de aspirantes al de plazas convocadas,

conforme a lo establecido en la base 7. En caso de empate en

la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y de

oposición, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

ANEXO II

Bloque I:

1. Marco institucional de la Unión Europea.

2. Política social, de trabajo y empleo en la Unión Europea.

3. La política europea de defensa de la competencia e

innovación tecnológica.

4. Política regional y de cohesión en la Unión Europea.

5. La política comunitaria de ayuda al desarrollo.

6. El espacio europeo de investigación. El VI Programa Marco

de Investigación y Desarrollo (2002-2006).

7. Principios generales del Plan Nacional de Investigación en

España (2004-2007).

8. La investigación en Andalucía. Principios generales del III

Plan Andaluz de Investigación.

9. Grupos de investigación, becas FPDI y ayudas a la

investigación en Andalucía.

10. Centros especializados de investigación en la Comunidad

Autónoma de Andalucía.

11. La investigación en la UNIA. Los Centros Especializados.

12. Concepto y evolución del Desarrollo Rural en la Unión

Europea.

13. La Política Agraria Comunitaria: Origen y evolución.

14. Funcionamiento de la Política Agraria Comunitaria: las

Organizaciones Comunes de Mercado y las medidas de protección

de la agricultura comunitaria.

15. Aspectos generales de la financiación de la Política

Agraria Comunitaria.

16. La Reforma de la Política Agraria Comunitaria de los años

noventa.

17. El capítulo agrario de la Agenda 2000.

18. La Reforma de la Política Agraria Comunitaria de 2003.

19. El contexto agrario internacional. Los acuerdos de la

Ronda Uruguay.

20. La ampliación de la Unión Europea a los países del centro

y este de Europa y sus repercusiones desde el punto de vista

agrario.

21. Las medidas de acompañamiento de la Política Agraria

Comunitaria.

22. Los programas LEADER y PRODER en España.

Significado, balance y perspectivas.

23. Resultados en la aplicación de las iniciativas comunitarias

LEADER y PRODER en la Comunidad Autónoma Andaluza.

24. Las Políticas de Desarrollo Rural en la Unión Europea

para el período 2000-2006.

25. El proceso de construcción institucional del desarrollo

rural en Andalucía. El Plan de Desarrollo Rural Andaluz.

26. Aspectos generales del Plan de Modernización de la

Agricultura Andaluza.

27. El Plan Andaluz de Agricultura Ecológica.

28. La política de cooperación interterritorial e interregional

en materia de Desarrollo Rural en Andalucía.

29. El patrimonio cultural como factor de desarrollo.

Consideraciones generales. El patrimonio como recurso.

30. Tendencias actuales sobre patrimonio cultural y

desarrollo.

31. Nuevos modelos de administración y gestión del

Patrimonio.

32. La perspectiva patrimonial del desarrollo: Desarrollo local

y patrimonio.

33. Patrimonio y desarrollo rural en la Comunidad Autónoma

de Andalucía.

34. El Patrimonio andaluz en su contexto territorial:

contrastes y complementariedad.

35. La participación de nuevos agentes en el patrimonio

histórico de Andalucía.

36. Diagnóstico sobre el patrimonio rural andaluz.

37. Características generales de la política ambiental

europea.

38. Directrices generales de la política ambiental en España.

39. El Plan de Medio Ambiente de Andalucía. Metas,

estrategias y objetivos generales.

40. La planificación del Medio Natural en Andalucía: Planes

de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) y Planes Rectores

de Uso y Gestión (PRUG).

41. Los Planes de Desarrollo Sostenible en los espacios

naturales protegidos de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Bloque II:

1. Funciones y autonomía de las Universidades. Naturaleza,

creación y régimen jurídico.

2. Estructura de las Universidades.

3. Gobierno y representación de las Universidades: órganos

de gobierno, Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro

Universitario y demás órganos de gobierno.

4. Evaluación y acreditación en las Universidades públicas

españolas.

5. Enseñanzas y títulos: títulos universitarios, homologación,

convalidación de títulos y estructura de las enseñanzas. El

doctorado.

6. El Personal de Administración y Servicios en las

Universidades Públicas.

7. Régimen económico y financiero de las Universidades

Públicas.

8. Centros en el extranjero y centros que imparten enseñanzas

con arreglo a sistemas educativos extranjeros.

9. La Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de

Universidades. Especial incidencia en la programación y coordinación

de competencias en la Comunidad Autónoma Andaluza.

10. La Ley 4/1994, de 12 de abril, de Creación de la

Universidad Internacional de Andalucía.

11. Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se

aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Universidad

Internacional de Andalucía.

ANEXO III (Ver imagen página 16216)

ANEXO IV

Tribunal calificador

Miembros titulares:

Presidente: Don Antonio Sánchez Sánchez.

Secretario: Don Salvador Cruz Artacho (con voz sin voto).

Vocales: Doña Luisa Rancaño Martín, Don Fernando Palencia

Herrejón, Don Juan Luis Ruiz-Rico Díez, Doña María Luisa

Balbontín de Arce en representación del personal funcionario, Don

José Domingo Sánchez Martínez y Don Carlos Tió Saralegui.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Salvador Montesa Peydró.

Secretario: Don Juan Francisco Hurtado González (con voz sin

voto).

Vocales: Doña María Dolores López Enamorado, Doña Gloria

Marín González, Don Antonio Ortiz Hidalgo, Doña María Antonia

Peña Guerrero, Don Jordi Padró Werner y Doña María Jesús

Hernández Ortiz.

ANEXO V

Don/Doña ................................................... con

domicilio en ....................................................

y con documento nacional de identidad número .................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala Técnica Especializada del CAEDER de

la Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ................., a ...... de ................. de 2004.

Fdo.: ..................................

ANEXO VI

Don/doña ................................................... con

domicilio en ....................................................

y con número de pasaporte .....................................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala Técnica Especializada del CAEDER de

la Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido sometido

a sanción disciplinaria o condena que impida en mi Estado el

acceso a la Función Pública.

En ................., a ...... de ................. de 2004.

Fdo.: ..................................

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