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Mediante el Real Decreto 1055/2002, de 11 de octubre, se
regulan las funciones y la integración en el Cuerpo Especial
Facultativo de Marina Civil, Cuerpo creado por la Ley 27/1992, de 24
de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
En aplicación del citado Real Decreto, por Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública de 22 de
septiembre de 2003, se dispuso la integración en el Cuerpo
Especial Facultativo de Marina Civil de los funcionarios relacionados
en el Anexo I a la misma. En el Anexo II, en relación con el
apartado sexto, figura D. Cristóbal González-Aller Suevos, cuya
integración en el mencionado Cuerpo no fue propuesta por el
Ministerio de Fomento ya que, habiendo solicitado la integración
y cumpliendo el requisito relativo a la prestación de servicios en
la Administración Marítima, se encontraba pendiente de acreditar
la equivalencia de la titulación que posee con alguna de las
titulaciones especificadas en el artículo 2 del Real Decreto
1055/2202, de 11 de octubre, añadiéndose en el referido apartado
sexto que, una vez que en su caso aporte la declaración de
equivalencia por parte del órgano competente, el Ministerio de
Fomento podrá proponer su integración en el Cuerpo Especial Facultativo
de Marina Civil.
Declarada por la Dirección General de la Marina Mercante,
a instancia del interesado, la equivalencia entre su titulación y
la de Capitán de la Marina Mercante a los efectos de la integración
en el citado Cuerpo, esta Secretaría de Estado para la
Administración Pública, a propuesta del Ministerio de Fomento y de
conformidad con las facultades conferidas por el artículo 6 del Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de
competencias en materia de personal, resuelve:
Primero.-Declarar integrado en el Cuerpo Especial Facultativo
de Marina Civil a D. Cristóbal González-Aller Suevos, de
conformidad con lo establecido en el apartado sexto de la Resolución
de 22 de septiembre de 2003, de esta Secretaría de Estado para
la Administración Pública, con el destino que se especifica en
el Anexo de esta Resolución.
Para adquirir la condición de funcionario de carrera, deberá
prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido
en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril y tomar posesión
de su destino en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del
Estado.
Segundo.-Declarar aplicable a D. Cristóbal González-Aller
Suevos el resto de la citada Resolución de 22 de septiembre
de 2003, de esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, por la que se dispone la integración de los funcionarios
en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil, en aplicación
de lo establecido en el Real Decreto 1055/2002, de 11 de octubre.
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 12 de abril de 2004.-El Secretario de Estado, Julio
Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Fomento e Ilma. Sra.
Directora General de la Función Pública.
ANEXO
Cuerpo o Escala: C. Especial Facultativo de Marina Civil
Turno: Integración
NivelCD
C. específico
-Euros
NOPS NRP
Especialidad Apellidosynombre FN Ministerio. Centrodirectivo/OO.AA. Centrodedestino Provincia.Localidad.Puesto
detrabajo
1 0133111413
A 0006
González-Aller Suevos,
Cristóbal.
23- 2-1940 Ministerio de Fomento. Servicios
Periféricos Marina Mercante. Capitanía
Marítima de Sevilla.
Sevilla. Sevilla.
Capitán Marítimo.
28
10.047,96
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid