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Visto el expediente de indulto de don Domingo Hernández Vizarraga, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 1, de Burgos, en sentencia de fecha 3 de noviembre de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años de prisión y multa de 423.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de abril de 2004,
Vengo en indultar a don Domingo Hernández Vizarraga la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 1 de abril de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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