Este Departamento, examinada la solicitud presentada por la Entidad UBS España, S.A., y en base a lo dispuesto en el Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación dicta la siguiente Resolución:
Se autoriza a la Entidad UBS España, S.A. para actuar como Entidad colaboradora en la gestión recaudatoria, con sujeción a lo establecido en el artículo 78 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, la Orden Ministerial de 15 de junio de 1995, modificada por la Orden de 13 de diciembre de 2001, y demás normativa aplicable a la prestación del servicio de colaboración, asignándole a tal efecto la autorización número 433.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de abril de 2004.–El Director del Departamento, Santiago Menéndez Menéndez.
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