Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-8412

Orden ECD/1204/2004, de 14 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2004, páginas 17714 a 17722 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-8412

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos con sujeción

a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 13 plazas del

Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305

por el sistema general de acceso libre y 4 plazas por el sistema

de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del

Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, en los Ministerios de

Educación, Cultura y Deporte y en el de Ciencia y Tecnología.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad con un grado

de minusvalía igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas

con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de

promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a

las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en

el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín

Oficial del Estado de 15 de abril).

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos

convocatorias.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de

acceso libre y mediante el sistema de concurso - oposición para

los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,

con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican

en el Anexo I.

El proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para

la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición

se iniciará antes del 20 de julio. La duración máxima de la fase

de oposición será de 7 meses, contados a partir de la fecha de

realización del primer ejercicio.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto

o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por

promoción interna deberán cumplir, además:

2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B , incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo B y estar además destinados en la

Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante

al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o

Escalas del Grupo B , incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado de

minusvalía igual o superior al 33 %.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte , en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet:

www.map.es/servicios al ciudadano/empleo publico/procesos

selectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en la

forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de

veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la

fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en

tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia

compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,

una fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar

de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta

temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario

fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,

una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo

de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de

haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.

De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que

acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa

del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al

que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el

que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de

su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive

a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Organo Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En

dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al

público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y

determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio

de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Museo Arqueológico Nacional , calle

Serrano, n.o 13 , Madrid , teléfono 915758999 , dirección de

correo electrónico ngzUman.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra

S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado

para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín

Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que

participen por el turno de promoción interna y que la hubieran

superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para

presentar en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, una certificación expedida por los servicios de personal

de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso,

hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como

Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo

señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares

de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,

la relación que contenga la valoración provisional de méritos de

la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida

en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo

de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación

de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la

valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los

participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,

en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,

el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de

puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última

prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del Curso Selectivo.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

uno de los sistemas de acceso.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará según

la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción

interna no podrán solicitar que se les adjudique destino en el

puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o

mediante adscripción provisional, de conformidad con lo

establecido en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes

desde su publicación o bien recurso contencioso - administrativo,

en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso - Administrativa, significándose, que en

caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del

mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 14 de abril de 2004.-P. D. (Orden de 1 de febrero

de 2001, Boletín Oficial del Estado del 9 de febrero), el Director

general de Programación Económica, Personal y Servicios,

Gregorio Moreno López.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte y Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. La fase de oposición para ambos sistemas de acceso

constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Constará de dos partes: en la primera parte

los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema a escoger

entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con el programa

de materias comunes, apartado Legislación.

En la segunda parte los aspirantes deberán desarrollar por

escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal

relacionados con el programa de materias comunes, apartado

Museología.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de cuatro horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión

pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los

conocimientos y formación de los aspirantes, la claridad y orden de ideas,

su aportación personal y la facilidad de expresión.

Calificación: Cada parte se calificará de cero a diez puntos,

siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo

de cinco puntos en cada una de ellas.

Para todos los aspirantes del turno de promoción interna y

respecto al primer tema (Legislación), los dos temas propuestos

por el Tribunal de los que solo desarrollarán uno a su elección,

estarán relacionados con los temas comprendidos entre el 1.23

y el 1.33, ambos inclusive, pudiendo coincidir o no con los temas

propuestos para los aspirantes del turno libre.

Del desarrollo del segundo tema estarán exentos los aspirantes

a plazas por el turno de promoción interna, pertenecientes al

Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (sección

Museos). Para estos aspirantes el tiempo de realización del

ejercicio será de dos horas y se calificará de cero a veinte puntos,

siendo eliminados aquellos opositores que no obtengan como

mínimo diez puntos.

Los aspirantes del turno libre que sean calificados con 15

puntos o más o los aspirantes del turno de promoción interna que

sean calificados con 12 puntos o más, estarán exentos de realizar

este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer

ejercicio tenga similar contenido y características.

Segundo ejercicio: Para el sistema general de acceso libre

consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto,

durante cuarenta y cinco minutos, de tres temas elegidos del

siguiente modo:

Expondrá un primer tema de entre los dos escogidos al azar

por el aspirante del grupo de Bellas Artes.

Expondrá un segundo tema de entre los dos escogidos al azar

por el aspirante del grupo de Arqueología y Artes Decorativas.

Expondrá un tercer tema de entre los dos escogidos al azar

por el aspirante del grupo de Antropología, Patrimonio Científico

y Técnico y Patrimonio Histórico Militar.

Para la preparación de este ejercicio, el aspirante dispondrá

de veinte minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de

consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición

podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante

el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor

cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de

diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, así

como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de cero a

diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener

como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 5

puntos. La puntuación máxima será de 30 puntos.

Para los aspirantes por el turno de promoción interna,

consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto,

durante 30 minutos, de dos temas a elegir entre cinco extraídos

al azar por el aspirante ante el Tribunal, correspondientes al grupo

de Temas Específicos.

Para la preparación de este ejercicio el aspirante dispondrá

de quince minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de

consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición

podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante

el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición el Tribunal podrá plantear al opositor

cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de

diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes así

como el orden de la exposición y claridad en la expresión.

Calificación: Cada uno de los temas, se puntuará de 0 a 15

puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un

mínimo en cada uno de ellos de 7,5 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba dividida en dos

partes, sobre el idioma extranjero escogido por el aspirante entre

los oficiales de cualquiera de los países que integran la Unión

Europea.

En la primera, el aspirante deberá realizar la traducción directa

de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal,

para lo cual dispondrá de hora y media. Para la realización de

esta parte los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.

En la segunda, se realizará por escrito el resumen en castellano

de un texto, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido,

para lo cual los opositores dispondrán de una hora. En esta

segunda parte no será permitida la utilización de diccionario.

Ambas partes serán posteriormente leídas en sesión pública

convocada al efecto. En las mismas el opositor responderá en

el idioma escogido durante un tiempo máximo de diez minutos

a las preguntas del Tribunal, que versarán sobre las traducciones

anteriores. Se valorará la fluidez, la claridad en la exposición y

la pronunciación en la contestación a las preguntas.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo

eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Si el aspirante obtiene una puntuación de 8 o más puntos,

quedará exento para realizar este ejercicio en la siguiente

convocatoria, siempre y cuando tenga las mismas características y

contenidos.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto

práctico, durante un período máximo de cuatro horas, relacionado

con el programa que figura como Anexo II a esta convocatoria.

Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que

consideren necesarios, bien aportados por los candidatos o bien

los existentes en el Centro donde se celebre el ejercicio.

En caso de que existan pruebas de catalogación de piezas,

el Tribunal podrá decidir que dicha catalogación se realice sin

consultar el material antes mencionado.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, quién

podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con

el ejercicio durante un período máximo de quince minutos.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo

eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10

puntos.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios de dicha fase.

2. Fase de concurso.-En esta fase, que no tendrá carácter

eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes participando por

el turno de promoción interna hayan superado la fase de oposición,

se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes méritos

referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el

Boletín Oficial del Estado.

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (art. 1.1), de

acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 1,5 puntos.

3 años: 2 puntos.

4 años: 2,5 puntos.

5 años o más: 3 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día

publicación de esta convocatoria en el B.O.E., se otorgará la siguiente

puntuación:

Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un

máximo de 4 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 18 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda del 18: 0.50 puntos hasta

un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado

no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,

con independencia de sus efectos económicos

2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación, tanto

impartidos como recibidos, relacionados con las funciones que

desempeñarán como Conservadores de Museos, acreditados por

el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada

uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este

apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como Anexo V a esta convocatoria.

3. Curso selectivo.

3.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría

de Estado de Cultura, será organizado por la Subdirección General

de Museos Estatales.

3.2 El carácter selectivo del curso exigirá la superación por

los aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos

en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

3.3 La duración del curso selectivo será de seis meses, en

régimen de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo

máximo de tres meses desde que finalice el plazo de presentación

de documentos a que se refiere la base 7.1. Una parte del mismo

se realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección

General de Bellas Artes y Bienes Culturales o Museos Estatales,

como período de prácticas.

3.4 El Curso se calificará de "apto" o "no apto".

3.5 Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

3.6 Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados

los cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55

por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos de

la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente

siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la

obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

3.7 Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa

de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

4. Calificación final.

4.1 Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre,

la calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, en el cuarto, o en

el primero, por este orden.

4.2 Para los aspirantes por el sistema de promoción interna

la calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional Correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos

y medios para su realización.

ANEXO II

PROGRAMA

A. Temas comunes

1. Legislación

1.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura.

Principios Constitucionales y Valores Superiores.

1.2 Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Su

protección y garantía.

1.3 La Corona.

1.4 Las Cortes Generales. Democracia directa y

representativa.

1.5 El Gobierno: formación, composición, funciones y

responsabilidad.

1.6 Principios constitucionales informadores de la actuación

de la Administración Pública.

1.7 La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional.

El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

1.8 El Poder Judicial. Regulación constitucional de la

Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.

1.9 La organización territorial del Estado: Comunidades

Autónomas y Corporaciones Locales.

1.10 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento

Administrativo Común. Los derechos de los ciudadanos en la

Ley 30/1992.

1.11 El procedimiento administrativo común: concepto,

naturaleza, caracteres y fases.

1.12 Los actos jurídicos de la Administración: públicos y

privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

1.13 La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado. La Ley del Gobierno.

1.14 Los Contratos Administrativos. Principios

fundamentales. Tipos de Contratos. Normativa reguladora.

1.15 Las propiedades administrativas. Dominio público:

concepto y régimen jurídico. Bienes Patrimoniales. Patrimonio

Nacional.

1.16 Los Presupuestos del Estado. Características,

estructura. El Presupuesto como instrumentos de planificación.

1.17 Procedimiento de elaboración de los presupuestos.

Principales capítulos presupuestarios. Procedimiento de ejecución del

presupuesto: fases.

1.18 El personal al servicio de la Administración Pública. El

personal de los museos.

1.19 Planificación de Recursos Humanos. Selección del

personal al servicio de la Administración Pública.

1.20 Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

Responsabilidad de los funcionarios.

1.21 Teoría general del Contrato: conceptos elementales,

nulidad, anulabilidad, rescisión. Clasificación de los contratos.

Principales tipos: el préstamo, el depósito, el comodato. Los

seguros: teoría general.

1.22 Figura teórica del Derecho Real. Tipos de derechos

reales. La posesión, la usucapión, la propiedad. El derechos de

propiedad intelectual.

1.23 La legislación española sobre patrimonio histórico

español: antecedentes. La Constitución y el reparto competencial en

materia de patrimonio histórico. La legislación estatal y

autonómica actual.

1.24 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.

Su régimen jurídico.

1.25 Regímenes especiales de protección.

1.26 Métodos operativos de protección del patrimonio

histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del

patrimonio.

1.27 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado

geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional ;

importación y exportación.

1.28 Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad

de los bienes culturales.

1.29 Modos de adquisición de bienes culturales (I): Oferta

de venta directa ; derechos de tanteo y retracto; subastas en el

extranjero ; oferta de venta irrevocable (exportación definitiva);

exportación ilícita ; decomiso.

1.30 Modos de adquisición de bienes culturales (II):

donaciones ; legados y herencias; expropiación forzosa; dación en pago

de impuestos ; apremio sobre el patrimonio; hallazgos casuales;

permuta ; premios; usucapión; recolección; producción propia;

cambio por adscripción.

1.31 Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión

Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del

patrimonio histórico suscritos por España.

1.32 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.

El reglamento de Museos.

1.33 Las medidas de fomento. El patrocinio y el mecenazgo:

concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del

Estado.

2. Museología

2.1 El concepto de museo.

2.2 Historia de los museos en España.

2.3 Tipología de museos.

2.4 La arquitectura de los museos. Pasado, presente y futuro.

2.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y

características. Bases para el proyecto arquitectónico.

2.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.

2.7 Plan museológico y programa museográfico. Criterios

para su elaboración.

2.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la

instalación museográfica.

2.9 Almacenamiento de bienes culturales en el museo.

Criterios y sistemas.

2.10 Manipulación, embalaje y transporte de bienes

culturales.

2.11 El museo y sus modelos de gestión.

2.12 Recursos económicos en el museo. Financiación pública

y privada. La explotación comercial de los servicios del museo.

2.13 Organización interna del museo. Los profesionales de

museos.

2.14 El conservador de museos: evolución, situación actual

y perfil de futuro. Código deontológico.

2.15 El museo como centro de investigación.

2.16 El museo como responsable de la conservación del

patrimonio histórico.

2.17 El sistema de documentación en el museo.

2.18 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de

ingreso y tipos de movimiento.

2.19 El público en el museo. Sistemas de evaluación.

2.20 Acción cultural y educativa en los museos.

2.21 Museo y turismo cultural.

2.22 El museo en la nueva sociedad de la información.

2.23 La seguridad en el museo.

2.24 La accesibilidad en el museo.

2.25 Exposiciones temporales. Definición, gestión y

organización.

2.26 La conservación en el museo. Conservación preventiva

y criterios para la restauración.

2.27 Los museos de titularidad estatal. Sistema Español de

Museos. La Junta Superior de Museos.

2.28 Museos de titularidad eclesiástica: particularidades de

su organización y funcionamiento.

2.29 Museos militares: particularidades de su organización

y funcionamiento.

2.30 Alteraciones físico químicas de los bienes culturales.

2.31 Organismos, centros y asociaciones nacionales e

internacionales en el ámbito de los museos.

2.32 El coleccionismo privado. El comercio del arte en la

actualidad: ferias y galerías.

2.33 La valoración de los bienes culturales. Criterios para

su tasación económica.

B. Temas específicos

1. Bellas Artes

1.1 Análisis de la obra de arte. Métodos fundamentales.

1.2 Iconografía en el arte medieval.

1.3 La pintura en los Países Bajos en los siglos XV y XVI.

1.4 La pintura hispanoflamenca.

1.5 Tiziano: obra religiosa. Los retratos. Obra mitológica.

1.6 La escuela veneciana: Veronés, Tintoretto y Los Bassano.

1.7 La creación del retrato cortesano en la pintura flamenca

española.

1.8 Los pintores de El Escorial.

1.9 El Greco y el Manierismo.

1.10 El Greco en Toledo.

1.11 La escultura del siglo XVI en España.,

1.12 Rubens.

1.13 El primer naturalismo en la pintura española del

siglo XVII.

1.14 Francisco Zurbarán.

1.15 José de Ribera.

1.16 Velázquez. Etapa sevillana y primeros años en la Corte.

El primer viaje a Italia y la etapa central de su pintura.

1.17 Velázquez: Felipe IV y los programas decorativos de la

corte. El segundo viaje a Italia y el final de su carrera.

1.18 Alonso Cano.

1.19 La pintura madrileña de la segunda mitad del siglo XVII.

1.20 Murillo y la pintura andaluza de su tiempo.

1.21 La imaginería española en el siglo XVII: La escuela

castellana.

1.22 La imaginería española en el siglo XVII: La escuela

andaluza.

1.23 Goya: la pintura.

1.24 Goya: la obra gráfica.

1.25 Pintores extranjeros en la Corte Española en el

siglo XVIII.

1.26 Maestros de la pintura española del siglo XVIII.

1.27 Pintura y escultura neoclásica en España.

1.28 La pintura romántica en España.

1.29 El realismo en la pintura española del siglo XIX.

1.30 Joaquín Sorolla.

1.31 El dibujo en España.

1.32 El Modernismo.

1.33 Primeras vanguardias en Europa.

1.34 Pablo Picasso.

1.35 Dalí, Miró y los artistas españoles de la Escuela de París.

1.36 La Abstracción en el arte español.

1.37 Arte español del último tercio del siglo XX.

1.38 La fotografía en España.

1.39 El grabado tradicional hasta el siglo XIX.

1.40 La estampa en el siglo XX. Técnicas y procedimientos.

1.41 La pintura en el Virreinato de la Nueva España.

1.42 Las escuelas andinas en la época virreinal.

2. Arqueología y Artes Decorativas

2.1 Teoría arqueológica: Evolución de las principales

corrientes.

2.2 Arqueología espacial. Arqueología de género.

2.3 Trabajo de campo en arqueología.

2.4 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro

Nacional de Investigaciones Arqueológicas Submarinas.

2.5 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.

2.6 El Paleolítico Superior el norte peninsular.

2.7 El Calcolítico en el sur de la Península Ibérica.

2.8 El Mundo Campaniforme en la Península Ibérica.

2.9 La Edad de Bronce en la Submeseta Sur.

2.10 La Edad de Hierro en la Meseta.

2.11 La colonización fenicia en el extremo occidental del

Mediterráneo.

2.12 Arqueología púnica en España.

2.13 El período orientalizante. Tartesos.

2.14 La escultura ibérica.

2.15 Arquitectura monumental y doméstica ibérica. La

cerámica ibérica.

2.16 La presencia griega en la Península Ibérica.

2.17 El retrato romano.

2.18 Aspectos esenciales de la iconografía clásica.

2.19 Los vidrios romanos.

2.20 El mosaico romano en España.

2.21 Orfebrería y bronces visigodos.

2.22 Cultura material de Bizancio.

2.23 Motivos decorativos hispano-musulmanes.

2.24 Cerámica califal en Al-Andalus.

2.25 Arqueología hispano judía. Las sinagogas.

2.26 Numismática como fuente de la historia.

2.27 Arqueología industrial.

2.28 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo y Triana.

2.29 Real Fábrica del Buen Retiro.

2.30 La platería civil en España: tipos y sistemas de marcaje.

2.31 Alfombras españolas: técnicas, talleres y colecciones.

2.32 Tapices españoles: técnicas, talleres y colecciones

2.33 La cerámica de Alcora y Manises.

2.34 Mobiliario español de los siglos XVI al XIX.

2.35 El diseño en el siglo XX.

2.36 La joyería española en los siglos XVI al XIX

2.37 El marfil. Técnicas y usos en la época medieval.

2.38 Los esmaltes. Técnicas y usos en la época medieval.

2.39 El arte de las piedras duras.

2.40 La Real Fábrica de La Granja

2.41 Producciones orientales para la exportación. Porcelana

de Indias.

2.42 Influencias orientales en las artes decorativas españolas

de la Edad Moderna.

2.43 Iconografía religiosa azteca. Códices

2.44 Arte y cultura material Inca.

3. Antropología, Patrimonio Científico y Técnico,

y Patrimonio Histórico Militar

3.1 Instrumentos científicos de la Edad Moderna.

3.2 Las expediciones científicas españolas en los

siglos XVIII-XIX. Aspectos materiales.

3.3 Innovaciones tecnológicas en la Edad Media.

3.4 Las colecciones del patrimonio científico y técnico en los

museos españoles.

3.5 Las colecciones de los museos de ciencias naturales en

España.

3.6 La cultura material hispano sefardí.

3.7 Características y cultura material de las culturas

amazónicas.

3.8 Metodología del trabajo de campo en Antropología.

3.9 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.

3.10 Desarrollo y situación actual en las teorías

antropológicas.

3.11 Antropología del género.

3.12 El objeto etnográfico en la teoría postmoderna.

3.13 El concepto de religiosidad popular. Promesas y

ofrendas religiosas: exvotos.

3.14 Antropología de la pesca.

3.15 Indumentaria tradicional en España.

3.16 La evolución de la indumentaria en España en los

siglos XVI al XVII.

3.17 La evolución de la indumentaria en España en los

siglos XVIII al XIX.

3.18 Instrumentos musicales populares en España.

3.19 Mobiliario popular en España.

3.20 La arquitectura tradicional en España.

3.21 La vivienda tradicional en España.

3.22 Los ritos del ciclo vital en España.

3.23 Antropología de la agricultura y de la ganadería.

3.24 Alfarería popular.

3.25 Antropología de la fiesta. La fiesta del fuego en España.

3.26 El arte pastoril en España.

3.27 Amuletos y protectores en la joyería popular española.

3.28 La artesanía textil.

3.29 Mitología popular. Tradición e influencias.

3.30 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.

3.31 Vidrios populares en España.

3.32 Las colecciones antropológicas en los museos

españoles.

3.33 Vexilología militar: antecedentes y evolución de las

banderas en España (1700-1978).

3.34 Evolución técnica de la artillería española hasta 1936:

iconografía de las bocas de fuego.

3.35 Evolución del uniforme de infantería (I): desde Felipe V

hasta Alfonso XII.

3.36 Evolución del uniforme de infantería (II): desde

Alfonso XIII hasta nuestros días.

3.37 La época de entre-guerras en la aviación española. El

autogiro de La Cierva y los Grandes Vuelos.

3.38 Los arsenales y la construcción naval española en el

siglo XVIII a través de maquetas y modelos de los museos

españoles.

3.39 Armas blancas reglamentarias españolas.

3.40 Armas de fuego reglamentarias españolas.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: Dña. Begoña Torres González .Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretaria: Dña. Nuria Guzmán Zapater. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Dña. Araceli Sánchez Garrido. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

D. Fernando Quesada Sanz. Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad.

D. Carlos Reyero Hermosilla. Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Tribunal Suplente:

Presidenta: D. Santiago Palomero Plaza. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretario: D. Israel Pastor Sainz-Pardo. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Dña. Concepción Vela Garcia-Noreña. Cuerpo

Facultativo de Conservadores de Museos.

D. M. Lourdes Prados Torreira. Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad.

D. Jose Joaquín Yarza Luaces. Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Educación,

Cultura y Deporte". En el recuadro relativo a centro gestor se

hará constar "Dirección General de Programación Económica,

Personal y Servicios".

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

Facultativo de Conservadores de Museos"

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L", en

el caso de sistema general de Acceso Libre, o "P", si se accede

por el sistema de Promoción Interna.

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Educación, Cultura y Deporte".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior

al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas

por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán

indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

"La titulación que se posea de acuerdo con lo señalado en el

apartado 2.1.3 de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado A, se hará constar el idioma elegido

por el aspirante para la realización del tercer ejercicio de la fase

de oposición (ver Anexo I).

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,51

euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante

el sistema general de acceso libre, y de 12,76 euros para los

aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0104-0301-28-0302-037799, del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte. Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrase exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 17722)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid