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Documento BOE-A-2004-8412

Orden ECD/1204/2004, de 14 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2004, páginas 17714 a 17722 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-8412

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 13 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305 por el sistema general de acceso libre y 4 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, en los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y en el de Ciencia y Tecnología.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril).

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

El proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 20 de julio. La duración máxima de la fase de oposición será de 7 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, además:

2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B y estar además destinados en la Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet:

www.map.es/servicios al ciudadano/empleo publico/procesos selectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Museo Arqueológico Nacional, calle Serrano, n.º 13, Madrid, teléfono 915758999, dirección de correo electrónico ngzUman.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de promoción interna y que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso, en el caso de los participantes por el turno de promoción interna, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para la realización del Curso Selectivo.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada uno de los sistemas de acceso.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción interna no podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante adscripción provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 14 de abril de 2004.‒P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9 de febrero), el Director general de Programación Económica, Personal y Servicios, Gregorio Moreno López.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. La fase de oposición para ambos sistemas de acceso constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Constará de dos partes: en la primera parte los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con el programa de materias comunes, apartado Legislación.

En la segunda parte los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con el programa de materias comunes, apartado Museología.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cuatro horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los conocimientos y formación de los aspirantes, la claridad y orden de ideas, su aportación personal y la facilidad de expresión.

Calificación: Cada parte se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de cinco puntos en cada una de ellas.

Para todos los aspirantes del turno de promoción interna y respecto al primer tema (Legislación), los dos temas propuestos por el Tribunal de los que solo desarrollarán uno a su elección, estarán relacionados con los temas comprendidos entre el 1.23 y el 1.33, ambos inclusive, pudiendo coincidir o no con los temas propuestos para los aspirantes del turno libre.

Del desarrollo del segundo tema estarán exentos los aspirantes a plazas por el turno de promoción interna, pertenecientes al Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (sección Museos). Para estos aspirantes el tiempo de realización del ejercicio será de dos horas y se calificará de cero a veinte puntos, siendo eliminados aquellos opositores que no obtengan como mínimo diez puntos.

Los aspirantes del turno libre que sean calificados con 15 puntos o más o los aspirantes del turno de promoción interna que sean calificados con 12 puntos o más, estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar contenido y características.

Segundo ejercicio: Para el sistema general de acceso libre consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto, durante cuarenta y cinco minutos, de tres temas elegidos del siguiente modo:

Expondrá un primer tema de entre los dos escogidos al azar por el aspirante del grupo de Bellas Artes.

Expondrá un segundo tema de entre los dos escogidos al azar por el aspirante del grupo de Arqueología y Artes Decorativas. Expondrá un tercer tema de entre los dos escogidos al azar por el aspirante del grupo de Antropología, Patrimonio Científico y Técnico y Patrimonio Histórico Militar.

Para la preparación de este ejercicio, el aspirante dispondrá de veinte minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, así como el orden de la exposición y la claridad en la expresión. Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de cero a diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 5 puntos. La puntuación máxima será de 30 puntos.

Para los aspirantes por el turno de promoción interna, consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto, durante 30 minutos, de dos temas a elegir entre cinco extraídos al azar por el aspirante ante el Tribunal, correspondientes al grupo de Temas Específicos.

Para la preparación de este ejercicio el aspirante dispondrá de quince minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición el Tribunal podrá plantear al opositor cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes así como el orden de la exposición y claridad en la expresión.

Calificación: Cada uno de los temas, se puntuará de 0 a 15 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo en cada uno de ellos de 7,5 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba dividida en dos partes, sobre el idioma extranjero escogido por el aspirante entre los oficiales de cualquiera de los países que integran la Unión Europea.

En la primera, el aspirante deberá realizar la traducción directa de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal, para lo cual dispondrá de hora y media. Para la realización de esta parte los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.

En la segunda, se realizará por escrito el resumen en castellano de un texto, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido, para lo cual los opositores dispondrán de una hora. En esta segunda parte no será permitida la utilización de diccionario.

Ambas partes serán posteriormente leídas en sesión pública convocada al efecto. En las mismas el opositor responderá en el idioma escogido durante un tiempo máximo de diez minutos a las preguntas del Tribunal, que versarán sobre las traducciones anteriores. Se valorará la fluidez, la claridad en la exposición y la pronunciación en la contestación a las preguntas.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos. Si el aspirante obtiene una puntuación de 8 o más puntos, quedará exento para realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre y cuando tenga las mismas características y contenidos.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, durante un período máximo de cuatro horas, relacionado con el programa que figura como anexo II a esta convocatoria. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios, bien aportados por los candidatos o bien los existentes en el Centro donde se celebre el ejercicio.

En caso de que existan pruebas de catalogación de piezas, el Tribunal podrá decidir que dicha catalogación se realice sin consultar el material antes mencionado.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, quién podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10 puntos.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de dicha fase.

2. Fase de concurso. En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes participando por el turno de promoción interna hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B de los incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (artículo 1.1), de acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 1,5 puntos.

3 años: 2 puntos.

4 años: 2,5 puntos.

5 años o más: 3 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día publicación de esta convocatoria en el BOE, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un máximo de 4 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el nivel 18 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda del 18: 0.50 puntos hasta un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación, tanto impartidos como recibidos, relacionados con las funciones que desempeñarán como Conservadores de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.

3. Curso selectivo.

3.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría de Estado de Cultura, será organizado por la Subdirección General de Museos Estatales.

3.2 El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

3.3 La duración del curso selectivo será de seis meses, en régimen de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo máximo de tres meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base 7.1. Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales o Museos Estatales, como período de prácticas.

3.4 El Curso se calificará de «apto» o «no apto».

3.5 Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

3.6 Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55 por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

3.7 Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

4. Calificación final.

4.1 Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre, la calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, en el cuarto, o en el primero, por este orden.

4.2 Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional Correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II

PROGRAMA

A. Temas comunes

 1. Legislación

1.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura. Principios Constitucionales y Valores Superiores.

1.2 Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Su protección y garantía.

1.3 La Corona.

1.4 Las Cortes Generales. Democracia directa y representativa.

1.5 El Gobierno: formación, composición, funciones y responsabilidad.

1.6 Principios constitucionales informadores de la actuación de la Administración Pública.

1.7 La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

1.8 El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.

1.9 La organización territorial del Estado: Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

1.10 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. Los derechos de los ciudadanos en la Ley 30/1992.

1.11 El procedimiento administrativo común: concepto, naturaleza, caracteres y fases.

1.12 Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

1.13 La Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. La Ley del Gobierno.

1.14 Los Contratos Administrativos. Principios fundamentales. Tipos de Contratos. Normativa reguladora.

1.15 Las propiedades administrativas. Dominio público: concepto y régimen jurídico. Bienes Patrimoniales. Patrimonio Nacional.

1.16 Los Presupuestos del Estado. Características, estructura. El Presupuesto como instrumentos de planificación.

1.17 Procedimiento de elaboración de los presupuestos. Principales capítulos presupuestarios. Procedimiento de ejecución del presupuesto: fases.

1.18 El personal al servicio de la Administración Pública. El personal de los museos.

1.19 Planificación de Recursos Humanos. Selección del personal al servicio de la Administración Pública.

1.20 Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad de los funcionarios.

1.21 Teoría general del Contrato: conceptos elementales, nulidad, anulabilidad, rescisión. Clasificación de los contratos. Principales tipos: el préstamo, el depósito, el comodato. Los seguros: teoría general.

1.22 Figura teórica del Derecho Real. Tipos de derechos reales. La posesión, la usucapión, la propiedad. El derechos de propiedad intelectual.

1.23 La legislación española sobre patrimonio histórico español: antecedentes. La Constitución y el reparto competencial en materia de patrimonio histórico. La legislación estatal y autonómica actual.

1.24 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico.

1.25 Regímenes especiales de protección.

1.26 Métodos operativos de protección del patrimonio histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del patrimonio.

1.27 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional; importación y exportación.

1.28 Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad de los bienes culturales.

1.29 Modos de adquisición de bienes culturales (I): Oferta de venta directa; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero; oferta de venta irrevocable (exportación definitiva); exportación ilícita; decomiso.

1.30 Modos de adquisición de bienes culturales (II): donaciones; legados y herencias; expropiación forzosa; dación en pago de impuestos; apremio sobre el patrimonio; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión; recolección; producción propia; cambio por adscripción.

1.31 Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos por España.

1.32 Normativa estatal y autonómica en materia de museos. El reglamento de Museos.

1.33 Las medidas de fomento. El patrocinio y el mecenazgo: concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del Estado.

2. Museología

2.1 El concepto de museo.

2.2 Historia de los museos en España.

2.3 Tipología de museos.

2.4 La arquitectura de los museos. Pasado, presente y futuro.

2.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y características. Bases para el proyecto arquitectónico.

2.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.

2.7 Plan museológico y programa museográfico. Criterios para su elaboración.

2.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la instalación museográfica.

2.9 Almacenamiento de bienes culturales en el museo. Criterios y sistemas.

2.10 Manipulación, embalaje y transporte de bienes culturales.

2.11 El museo y sus modelos de gestión.

2.12 Recursos económicos en el museo. Financiación pública y privada. La explotación comercial de los servicios del museo.

2.13 Organización interna del museo. Los profesionales de museos.

2.14 El conservador de museos: evolución, situación actual y perfil de futuro. Código deontológico.

2.15 El museo como centro de investigación.

2.16 El museo como responsable de la conservación del patrimonio histórico.

2.17 El sistema de documentación en el museo.

2.18 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de ingreso y tipos de movimiento.

2.19 El público en el museo. Sistemas de evaluación.

2.20 Acción cultural y educativa en los museos.

2.21 Museo y turismo cultural.

2.22 El museo en la nueva sociedad de la información.

2.23 La seguridad en el museo.

2.24 La accesibilidad en el museo.

2.25 Exposiciones temporales. Definición, gestión y organización.

2.26 La conservación en el museo. Conservación preventiva y criterios para la restauración.

2.27 Los museos de titularidad estatal. Sistema Español de Museos. La Junta Superior de Museos.

2.28 Museos de titularidad eclesiástica: particularidades de su organización y funcionamiento.

2.29 Museos militares: particularidades de su organización y funcionamiento.

2.30 Alteraciones físico químicas de los bienes culturales.

2.31 Organismos, centros y asociaciones nacionales e internacionales en el ámbito de los museos.

2.32 El coleccionismo privado. El comercio del arte en la actualidad: ferias y galerías.

2.33 La valoración de los bienes culturales. Criterios para su tasación económica.

B. Temas específicos

1. Bellas Artes

1.1 Análisis de la obra de arte. Métodos fundamentales.

1.2 Iconografía en el arte medieval.

1.3 La pintura en los Países Bajos en los siglos XV y XVI.

1.4 La pintura hispanoflamenca.

1.5 Tiziano: obra religiosa. Los retratos. Obra mitológica.

1.6 La escuela veneciana: Veronés, Tintoretto y Los Bassano.

1.7 La creación del retrato cortesano en la pintura flamenca española.

1.8 Los pintores de El Escorial.

1.9 El Greco y el Manierismo.

1.10 El Greco en Toledo.

1.11 La escultura del siglo XVI en España.

1.12 Rubens.

1.13 El primer naturalismo en la pintura española del siglo XVII.

1.14 Francisco Zurbarán.

1.15 José de Ribera.

1.16 Velázquez. Etapa sevillana y primeros años en la Corte. El primer viaje a Italia y la etapa central de su pintura.

1.17 Velázquez: Felipe IV y los programas decorativos de la corte. El segundo viaje a Italia y el final de su carrera.

1.18 Alonso Cano.

1.19 La pintura madrileña de la segunda mitad del siglo XVII.

1.20 Murillo y la pintura andaluza de su tiempo.

1.21 La imaginería española en el siglo XVII: La escuela castellana.

1.22 La imaginería española en el siglo XVII: La escuela andaluza.

1.23 Goya: la pintura.

1.24 Goya: la obra gráfica.

1.25 Pintores extranjeros en la Corte Española en el siglo XVIII.

1.26 Maestros de la pintura española del siglo XVIII.

1.27 Pintura y escultura neoclásica en España.

1.28 La pintura romántica en España.

1.29 El realismo en la pintura española del siglo XIX.

1.30 Joaquín Sorolla.

1.31 El dibujo en España.

1.32 El Modernismo.

1.33 Primeras vanguardias en Europa.

1.34 Pablo Picasso.

1.35 Dalí, Miró y los artistas españoles de la Escuela de París.

1.36 La Abstracción en el arte español.

1.37 Arte español del último tercio del siglo XX.

1.38 La fotografía en España.

1.39 El grabado tradicional hasta el siglo XIX.

1.40 La estampa en el siglo XX. Técnicas y procedimientos.

1.41 La pintura en el Virreinato de la Nueva España.

1.42 Las escuelas andinas en la época virreinal.

2. Arqueología y Artes Decorativas

2.1 Teoría arqueológica: Evolución de las principales corrientes.

2.2 Arqueología espacial. Arqueología de género.

2.3 Trabajo de campo en arqueología.

2.4 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro Nacional de Investigaciones Arqueológicas Submarinas.

2.5 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.

2.6 El Paleolítico Superior el norte peninsular.

2.7 El Calcolítico en el sur de la Península Ibérica.

2.8 El Mundo Campaniforme en la Península Ibérica.

2.9 La Edad de Bronce en la Submeseta Sur.

2.10 La Edad de Hierro en la Meseta.

2.11 La colonización fenicia en el extremo occidental del Mediterráneo.

2.12 Arqueología púnica en España.

2.13 El período orientalizante. Tartesos.

2.14 La escultura ibérica.

2.15 Arquitectura monumental y doméstica ibérica. La cerámica ibérica.

2.16 La presencia griega en la Península Ibérica.

2.17 El retrato romano.

2.18 Aspectos esenciales de la iconografía clásica.

2.19 Los vidrios romanos.

2.20 El mosaico romano en España.

2.21 Orfebrería y bronces visigodos.

2.22 Cultura material de Bizancio.

2.23 Motivos decorativos hispano-musulmanes.

2.24 Cerámica califal en Al-Andalus.

2.25 Arqueología hispano judía. Las sinagogas.

2.26 Numismática como fuente de la historia.

2.27 Arqueología industrial.

2.28 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo y Triana.

2.29 Real Fábrica del Buen Retiro.

2.30 La platería civil en España: tipos y sistemas de marcaje.

2.31 Alfombras españolas: técnicas, talleres y colecciones.

2.32 Tapices españoles: técnicas, talleres y colecciones.

2.33 La cerámica de Alcora y Manises.

2.34 Mobiliario español de los siglos XVI al XIX.

2.35 El diseño en el siglo XX.

2.36 La joyería española en los siglos XVI al XIX.

2.37 El marfil. Técnicas y usos en la época medieval.

2.38 Los esmaltes. Técnicas y usos en la época medieval.

2.39 El arte de las piedras duras.

2.40 La Real Fábrica de La Granja.

2.41 Producciones orientales para la exportación. Porcelana de Indias.

2.42 Influencias orientales en las artes decorativas españolas de la Edad Moderna.

2.43 Iconografía religiosa azteca. Códices.

2.44 Arte y cultura material Inca.

3. Antropología, Patrimonio Científico y Técnico, y Patrimonio Histórico Militar

3.1 Instrumentos científicos de la Edad Moderna.

3.2 Las expediciones científicas españolas en los siglos XVIII-XIX. Aspectos materiales.

3.3 Innovaciones tecnológicas en la Edad Media.

3.4 Las colecciones del patrimonio científico y técnico en los museos españoles.

3.5 Las colecciones de los museos de ciencias naturales en España.

3.6 La cultura material hispano sefardí.

3.7 Características y cultura material de las culturas amazónicas.

3.8 Metodología del trabajo de campo en Antropología.

3.9 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.

3.10 Desarrollo y situación actual en las teorías antropológicas.

3.11 Antropología del género.

3.12 El objeto etnográfico en la teoría postmoderna.

3.13 El concepto de religiosidad popular. Promesas y ofrendas religiosas: exvotos.

3.14 Antropología de la pesca.

3.15 Indumentaria tradicional en España.

3.16 La evolución de la indumentaria en España en los siglos XVI al XVII.

3.17 La evolución de la indumentaria en España en los siglos XVIII al XIX.

3.18 Instrumentos musicales populares en España.

3.19 Mobiliario popular en España.

3.20 La arquitectura tradicional en España.

3.21 La vivienda tradicional en España.

3.22 Los ritos del ciclo vital en España.

3.23 Antropología de la agricultura y de la ganadería.

3.24 Alfarería popular.

3.25 Antropología de la fiesta. La fiesta del fuego en España.

3.26 El arte pastoril en España.

3.27 Amuletos y protectores en la joyería popular española.

3.28 La artesanía textil.

3.29 Mitología popular. Tradición e influencias.

3.30 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.

3.31 Vidrios populares en España.

3.32 Las colecciones antropológicas en los museos españoles.

3.33 Vexilología militar: antecedentes y evolución de las banderas en España (1700-1978).

3.34 Evolución técnica de la artillería española hasta 1936: iconografía de las bocas de fuego.

3.35 Evolución del uniforme de infantería (I): desde Felipe V hasta Alfonso XII.

3.36 Evolución del uniforme de infantería (II): desde Alfonso XIII hasta nuestros días.

3.37 La época de entreguerras en la aviación española. El autogiro de La Cierva y los Grandes Vuelos.

3.38 Los arsenales y la construcción naval española en el siglo XVIII a través de maquetas y modelos de los museos españoles.

3.39 Armas blancas reglamentarias españolas.

3.40 Armas de fuego reglamentarias españolas.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: doña Begoña Torres González. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretaria: doña Nuria Guzmán Zapater. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Araceli Sánchez Garrido. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Don Fernando Quesada Sanz. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Don Carlos Reyero Hermosilla. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal Suplente:

Presidenta: don Santiago Palomero Plaza. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretario: don Israel Pastor Sainz-Pardo. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Concepción Vela García-Noreña. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Don M. Lourdes Prados Torreira. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Don Jose Joaquín Yarza Luaces. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Educación, Cultura y Deporte». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Dirección General de Programación Económica, Personal y Servicios».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L», en el caso de sistema general de Acceso Libre, o «P», si se accede por el sistema de Promoción Interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «La titulación que se posea de acuerdo con lo señalado en el apartado 2.1.3 de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado A, se hará constar el idioma elegido por el aspirante para la realización del tercer ejercicio de la fase de oposición (ver anexo I).

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,51 euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre, y de 12,76 euros para los aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0104-0301-28-0302-037799, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrase exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V

(El certificado debe extenderse en copia de este anexo)

Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/110/08412_16128019_image1.png

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