Prórroga para el año 2004 del Convenio de Colaboración suscrito el 2 de enero de 2002, entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de acogida básica a inmigrantes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 19 de abril de 2004.–El Secretario general técnico, Javier Cepeda Morrás.
En Madrid a 2 enero de 2004.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Antonio Lis Darder, Director General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, nombrado por Decreto 801/2002 de fecha 26 de julio, y en virtud de la competencia atribuida en el art. 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999.
Y, de otra parte, el Excmo. Sr. D. Isaías Pérez Saldaña, Consejero de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, nombrado por decreto 7/2000 de fecha 28 de abril, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir
Cláusulas
El Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Junta de Andalucía incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 2 de enero de 2002, los programas seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2004, según quedan reflejados en el anexo al presente Protocolo.
En virtud de la cláusula séptima del citado Convenio de Colaboración suscrito el 2 de enero de 2002, la vigencia del mismo queda prorrogada para el año 2004 y su correspondiente ejercicio económico, al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 31.33.459.9, la aportación económica del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales para los fines del presente Protocolo, es de seiscientos noventa y cuatro mil setenta y cinco con treinta y dos euros (694.075,32 €).
La Comunidad Autónoma de Andalucía, se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de seiscientos noventa y cuatro mil setenta y cinco con treinta y dos euros (694.075,32 €), con cargo a su programa presupuestario 31 G.
La justificación económica de las asignaciones presupuestarias establecidas en el presente protocolo, deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en la claúsula octava del Convenio.
Las aportaciones establecidas en la cláusula segunda se asignarán a las diversas líneas de actuación conveniadas, de acuerdo con el desglose incluido en el anexo al presente Protocolo.
La comunidad autónoma enviará al IMSERSO en el mes siguiente a la finalización del ejercicio presupuestario al que se refiere el presente protocolo, una memoria final en la que se recojan las actuaciones acordadas, con indicación de los gastos incurridos en la ejecución de las mismas.
En lo no establecido expresamente en este documento de prórroga, se regirá por lo establecido en el Convenio de colaboración de 2 de enero de 2002.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Director General del IMSERSO, Antonio Lis Darder.–El Consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.
El presente Anexo regulará la financiación y los aspectos técnicos de puesta en marcha de las áreas de colaboración establecidas en el convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía en materia de inmigración.
En el presente año de 2004, tanto el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales con cargo a la aplicación presupuestaria 31.33.459.9, como la Consejería de Asuntos Soicales de la Junta de Andalucía, con cargo a su programa presupuestario 31 G, destinarán para las actuaciones descritas a continuación la cuantía de un millón trescientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta euros (1.388.150,64 €), lo que supone una financiación de seiscientos noventa y cuatro mil setenta y cinco euros con treinta y dos centimos (694.075,32 €) por parte del IMSERSO, y una financiación de seiscientos noventa y cuatro mil setenta y cinco euros con treinta y dos centimos (694.075,32 €) por parte de la Comunidad Autónoma.
Dichos fondos se distribuirán entre los siguientes ejes programáticos:
Ejes programáticos |
IMSERSO — Euros |
Comunidad Autónoma — Euros |
Total — Euros |
---|---|---|---|
1. Información, orientación y asesoramiento socio-laboral. | 92.037,66 | 112.437,66 | 204.475,32 |
2. Acogida básica. | 510.000,00 | 510.000,00 | 1.020.000,00 |
3. Sensibilización. | 92.037,66 | 71.637,66 | 163.675,32 |
Total. | 694.075,32 | 694.075,32 | 1.388.150,64 |
Estos tres ejes se complementarán con una contraprestación de traspaso de información. La Comunidad Autónoma remitirá al IMSERSO información relativa acerca de los datos disponibles de extranjeros incluidos en los padrones municipales de su ámbito geográfico, así como datos relativos a la situación educativa, social y laboral de los extranjeros residentes en la Comunidad Autónoma. Se llevará a cabo la colaboración en el seguimiento de dichos datos para poder implementar los programas de integración precedentes. Igualmente, la Comunidad Autónoma remitirá al IMSERSO la información correspondiente a las estadísticas e informaciones relativas a inmigrantes extranjeros de aquellos proyectos dirigidos a la integración social de inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados, en los que interviene la citada Comunidad.
En el desarrollo de la recogida y traspaso de información se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (B.O.E. de 14 de diciembre), sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
1.º Información, Orientación y Asesoramiento Sociolaboral.
Se potenciará la red de atención para el inmigrante, solicitante de asilo y refugiado, en materia de información, orientación y asesoramiento sociolaboral. Los puntos deben estar distribuidos estratégicamente y responder a las necesidades reales de los colectivos. Dicha distribución se realizará en todo caso en forma ajustada a la red de itinerarios ocupacionales seguidos por el extranjero en nuestro territorio. Se atenderán necesidades específicas de este colectivo con el fin de facilitar su integración en los servicios generalistas dirigidos a toda la población.
Los objetivos de la atención son, garantizar la no discriminación de los inmigrantes en el acceso a las prestaciones sociales generales y al empleo, informar y orientar a los inmigrantes sobre sus derechos y deberes, los servicios sociales y recursos a los que tienen acceso, con el fin de facilitar su inserción en la sociedad de acogida, eliminando toda clase de barreras lingüísticas, culturales, sociales y laborales.
Los destinatarios de estos programas de atención son los inmigrantes y refugiados en general, dándose preferencia a las personas recién llegadas y especialmente cuando estén en situación de vulnerabilidad con alto riesgo de exclusión social.
Los programas y actividades que comprenden este eje son:
Servicios informativos y formativos para facilitar la inserción sociolaboral: cursos, talleres, técnicas y estrategias para la búsqueda de empleo, mediación con empresarios y empleadores, acompañamiento, etc.
Asesoramiento legal, especialmente en lo que se refiere a la obtención de permisos de trabajo y residencia, reagrupación familiar, nacionalidad, etcétera.
Servicios de traducción e interpretación.
Servicio de orientación y asesoramiento general sobre empadronamiento, alojamiento, recursos sociales, acceso a la vivienda, sanidad y educación.
Acciones educativas especialmente en el ámbito de la lengua.
Mediación intercultural entre los inmigrantes y la sociedad de acogida como apoyo a la intervención social y prevención de conflictos culturales.
Formación del personal que trabaja en estos puntos. Coordinación de los puntos de la red.
Se dará información por parte de la Comunidad Autónoma sobre los actuales puntos que configuran la red de atención y la ampliación, en su caso, de parte de los mismos.
2.º Acogida básica.
La acogida básica se configura como un conjunto coordinado de plazas de alojamiento en centros de acogida para inmigrantes en situación de vulnerabilidad. Deben estar distribuidas estratégicamente y responder a las necesidades reales de inmigrantes y refugiados. La acogida básica debe ser temporal y la atención integral. Este dispositivo se plantea como complementario de la acogida ocupacional, en cuya gestión y financiación tienen un papel principal los empleadores, de acuerdo con las normas y Convenios vigentes entre los interlocutores sociales concernidos.
Los objetivos que persigue este eje son: desarrollar unos servicios permanentes de acogida y atención integral que garanticen a los inmigrantes y refugiados unas condiciones de vida dignas, ofrecer servicios básicos de alojamiento y manutención, durante un periodo limitado de tiempo. La finalidad es ayudar al inmigrante a acercarse a la realidad sociolaboral del país, atendiendo a sus necesidades sociales, educativas, formativas y laborales a lo largo de su proceso individual de integración, e incorporándole a los sistemas de prestación de servicios básicos territoriales.
Los destinatarios de los programas son los inmigrantes en situación de vulnerabilidad, es decir, aquellas personas que se encuentran en una suma de circunstancias que les afectan limitando sus capacidades para valerse por sí mismos. Son, por tanto, personas que tienen dificultad para conseguir su inserción sociolaboral y que necesitan, por tanto, una ayuda social adicional para cubrir sus necesidades básicas y las de las personas a su cargo.
Los programas y actividades que comprende este eje son:
Alojamiento y manutención.
Ayudas económicas para transporte, gestiones diversas y dinero de bolsillo.
Derivación, si fuera necesario, a otros programas de segunda acogida y apoyo especial en el momento de la salida del programa.
Atención a colectivos específicos mediante acciones compensatorias (menores, mujeres y grupos de inmigrantes con características especiales).
Se dará información por parte de la Comunidad Autónoma sobre los actuales puntos que configuran la red de atención y la ampliación, en su caso, de parte de los mismos.
3.º Sensibilización.
El eje de la sensibilización se articulará sobre los siguientes bloques temáticos:
Campaña contra el Racismo y la Xenofobia:
El IMSERSO impulsará la realización de una Campaña Permanente por la Convivencia Intercultural y en contra del Racismo y la Xenofobia con el objetivo de facilitar una línea de acción pública para fomentar la convivencia y la lucha contra la discriminación en España.
En el desarrollo, ejecución y evaluación de dicha Campaña intervendrá la Comunidad Autónoma en su ámbito geográfico y en colaboración con el IMSERSO, reproduciendo y difundiendo los materiales de la Campaña, promoviendo y participando en la organización y realización de los actos de la Campaña.
A tal fin, el IMSERSO facilitará a la Comunidad Autónoma materiales de la Campaña, así como los soportes que permitan la reproducción de dichos materiales y la Comunidad Autónoma podrá añadir a los mismos su logotipo e identificación, así como, en su caso, utilizar la lengua cooficial que corresponda por lo que se refiere a los contenidos y al lema de Campaña.
La Comunidad Autónoma y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales-IMSERSO, acordarán conjuntamente la difusión de los materiales de la Campaña y la organización de las actividades encuadradas en la misma en las que se vayan a utilizar los contenidos, el lema o la imagen de la Campaña, y que se imputen al presente Convenio.
El material que se utilice para la difusión de la Campaña se atendrá a lo previsto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre (BOE de 25 de septiembre), que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.
Prospecciones e Informes:
Igualmente, se desarrollará una línea de trabajo conjunta destinada a la realización de prospecciones e informes relativos a la integración de la inmigración en la Comunidad Autónoma, con el fin de poder ejecutar una mejor programación de actuaciones en relación con la integración social y laboral de este colectivo.
Participación Ciudadana de los Inmigrantes:
Se promocionará la participación ciudadana de los inmigrantes. Los objetivos que se pretenden alcanzar son los siguientes:
Promover la incorporación de los inmigrantes a las redes sociales y a la vida comunitaria.
Fomentar la creación de asociaciones de inmigrantes, apoyar las existentes y potenciar la coordinación entre ellas.
Apoyar en un primer momento las nuevas entidades que se creen y potenciar las agrupaciones, federaciones y consorcios de carácter público y privado.
Respeto de las Diferencias:
Población autóctona-Población Inmigrante: Se potenciarán las actividades y cualquier otras actuaciones encaminadas a la sensibilización en temas de respeto de las diferencias, integración sociocultural de los inmigrantes, tanto dirigidas a la población autóctona como a la población inmigrante.
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