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Vacantes los puestos de trabajo de Personal de Administración
y Servicios que se relacionan en el Anexo I, dotados
presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención
a las necesidades del servicio.
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por
el artículo 20, en relación con el 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, y por el artículo 35 de
los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real Decreto
1287/1985, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 31
de julio); de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, según la redacción dada por la Ley 23/1988, de
28 de julio, en la relación de puestos de trabajo de la Universidad;
y en el Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, ha resuelto convocar
concurso específico para cubrir los citados puestos vacantes con
arreglo a las siguientes
Bases de la convocatoria
Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los
funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad
Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos
y Escalas clasificados en el grupo D comprendidos en el artículo
25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción del personal
docente e investigador, sanitario, de Correos y
Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte Aéreo y
Meteorología.
2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que
se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios
en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de
la situación de suspenso que hayan cumplido el periodo de
suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de
familiares.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán
participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones
a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de
28 de julio.
4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si
han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.
5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés
particular (art. 29, 3, c), de la Ley 30/1984) sólo podrán participar
si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha
situación.
6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo
podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años
desde la toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen
para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado,
Departamento u Organismo en el que tengan reservado el puesto de
trabajo.
7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán
instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto
o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación
exorbitante en el contexto de la Organización. La Comisión de
Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,
la información que estime necesaria en orden a la adaptación
aducida, así como el dictamen de los Órganos técnicos de la
Administración Laboral, Sanitaria o de los competentes del Ministerio
de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
del puesto en concreto.
Tercera.-Los puestos de trabajo que pueden solicitarse se
detallan en el Anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos
del Grupo que se señalan en el Anexo I y del Cuerpo o Escala
de los referidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta
Universidad.
Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de
acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se
detalla:
4.1 Méritos Específicos: Máximo 10 puntos.
4.1.1 Por tener destino definitivo en la misma Facultad o,
en su defecto en el mismo Servicio, que la plaza objeto de concurso
1,25 puntos por año, más 0,1 por cada mes completo.
4.2 Grado personal consolidado: Máximo 20 puntos.
4.2.1 Superior o igual al nivel del puesto solicitado 20 puntos.
4.2.2 Inferior en 1 ó 2 niveles 18 puntos.
4.2.3 Inferior en 3 ó más niveles 5 puntos.
4.3 Valoración del trabajo desarrollado: Trabajo desarrollado
en tareas administrativas.
Se valorará en función del tiempo y de las unidades
administrativas donde se hayan prestado los servicios con arreglo a las
siguientes puntuaciones y con un máximo de 30 puntos. Se
establece el límite de los últimos 10 años para valorar este apartado.
4.3.1 Por servicios prestados en la UNED en la misma
Sección (1), nivel 22, del puesto convocado.
Cuando el puesto convocado no dependa de una Sección, nivel
22, se valorará la unidad inmediatamente superior de dependencia
del mismo, siempre que los puestos desempeñados por el
solicitante no estén adscritos a ninguna Sección, nivel 22.
3,75 puntos por año trabajado más 0,31 por cada mes
completo.
4.3.2 Por servicios prestados en la UNED en el mismo Servicio
del puesto convocado. A estos efectos, cuando el puesto
convocado no dependa de un Servicio, se considerará equiparable al
mismo las siguientes unidades:
Biblioteca.
CSI.
Gerencia (2).
Asesoría Jurídica.
Archivo.
2,80 puntos por año trabajado más 0,23 por cada mes
completo.
4.3.3 Por servicios prestados en la UNED en la misma Área (3)
del puesto convocado:
1,90 puntos por año trabajado más 0,16 por cada mes
completo.
4.3.4 Por servicios prestados en la UNED en distinta Área (3)
del puesto convocado:
1,20 puntos por año trabajado más 0,10 por cada mes
completo.
(1) A efectos efectos se entiende por Sección:
En cada una de las Facultades/Escuelas se consideran dos Secciones:
Los Negociados dependientes de cada Sección de Gestión Académica, nivel 22,
es decir, Negociados de Alumnos, Negociados de Gestión Académica y Jefaturas
Técnicas Administrativas de ambos.
La Administración de cada Facultad, Sección nivel 24, que la formarán todas
las Unidades dependientes del administrador de la Facultad, a excepción de las
del punto anterior.
Cada Sección de la Biblioteca.
(2) Puestos que figuran en la página 5986 (BOE n.o 38, de 13/02/03) de la
RPT de personal funcionario de la UNED, actualmente en vigor.
(3) Las Áreas a valorar son las siguientes:
Gestión Económica Financiera.
Gestión Académica.
Servicios Generales.
Bibliotecas.
La valoración del trabajo desarrollado se realizará en función
de las áreas históricas vigentes en cada momento en relación con
los puestos de trabajo.
4.3.5 Por servicios prestados en otras Administraciones:
0,1 puntos por año trabajado más 0,008 por cada mes
completo.
A aquellos funcionarios que de forma permanente hubieran
desarrollado tareas en unidades que en el momento de su puesta
en funcionamiento no estuvieran incluidas en la RPT se les
computará el tiempo de servicios prestados a los efectos de valoración
del trabajo desarrollado desde el momento de su incorporación
a la unidad.
Las personas que ejerzan funciones con carácter no definitivo,
se les valorará ese tiempo como prestado en el puesto de origen
que tuvieran con carácter definitivo.
En los casos de puestos de trabajo que hayan tenido un cambio
de adscripción al servicio o al área, se seguirá el criterio de valorar
los puestos ocupados, de acuerdo al certificado histórico que
deberá elaborar la Sección de Personal. Este certificado podrá ser
complementado, en su caso, con la información que el Servicio de
Personal facilite a las Comisiones de Valoración, en base al
informe, recabado a estos efectos, de los responsables de las Unidades
y con el currículum vitae de los aspirantes.
4.4 Cursos de formación y perfeccionamiento.-Se valorarán
los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el
área de actividad a la que se opta, impartidos por Organismos
e Instituciones Oficiales dependientes de las Administraciones
Públicas.
4.4.1 Los referidos cursos se valorarán con un máximo de
15 puntos a razón de:
0,08 puntos por hora lectiva.
4.4.2 Los cursos de formación y perfeccionamiento se
acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente
compulsada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será
necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido
impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del P.A.S.
4.5 Antigüedad en la Administración: Se valorará por tiempo
de servicios con un máximo de 25 puntos y a razón de:
4.5.1 Por año de antigüedad en la UNED:
1,25 puntos más 0,10 por cada mes completo.
4.5.2 Por año de antigüedad en otras Administraciones
públicas:
0,40 puntos más 0,03 por cada mes completo.
Quinta.-La propuesta de Resolución para cada una de las
plazas convocadas, deberá recaer sobre la persona candidata que
haya obtenido la mayor puntuación.
En caso de empate en la puntación final, se estará a lo dispuesto
en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios civiles de la Administración General del
Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate una
vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante
cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra
"S", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial
del Estado de 6 de febrero), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 29 de enero.
Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos
imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del
modelo que figura como Anexo IV de esta Resolución. Dicho
certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia
de personal de cada Organismo, o por la Sección de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate
de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado
de familiares.
En caso de excedentes voluntarios, los certificados serán
expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que figura
adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General de la
Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de la AISS
o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,
asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales
certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del
Ministerio u Organismo donde tuvieran su último destino
definitivo.
Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso
acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la
terminación de su periodo de suspensión.
3. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
4. Los expectantes de destino por supresión del puesto
aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General
de la Función Pública.
Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este
concurso, dirigidas a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo
publicado como Anexo II de esta Resolución y se presentarán
en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención al
Público (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia sitas en la Calle Bravo Murillo n.o 38 (28015
Madrid); Edificio de Humanidades Calle Senda del Rey n.o 7 y
Pabellón de Gobierno, Ciudad Universitaria s/n (28040 Madrid),
bien en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación
que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,
adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos
respectivos, así como, certificaciones, títulos o justificantes a que
hace referencia el baremo correspondiente.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Puesto solicitado, por orden de preferencia.
Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.
Anexo V Currículum Vitae profesional.
3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que
se anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque
pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición
por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos
obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario,
anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes
que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a
su instancia fotocopia de la petición del otro, y expresarlo en
el recuadro correspondiente de la solicitud.
Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente
Comisión:
Titulares:
Presidente: D. Aurelio Pascual Cuesta, Jefe de Servicio de
Ordenación Académica.
Vocales:
D.a Esperanza de la Vega García, Jefe de Sección de Control
Financiero; D. Ángel López Gómez, Jefe de Sección de
Comunicaciones.
D.a Teresa Torijano Ramos, Jefe de Sección de Protección de
Datos.
D.a Pilar Berbería Calvo, Jefe de Sección de Pagos a Justificar.
D.a María del Mar Martín Blázquez, Jefe de Negociado de
Biblioteca.
Secretario: D. Pedro Cobos García, Secretario Jefe de Servicio
de Presupuestos y Sistemas.
Suplentes:
Presidente: D. Arturo González Guajardo, Jefe de Servicio de
Auditoría.
Vocales:
D. Luis Antonio Gómez Hernández, Jefe de Sección de Nuevas
Tecnologías.
D.a Esmeralda Antón Martín, Jefe de Sección de Registro
General.
D.a Olga Alvárez Rodríguez, Jefe de Sección de Gestión de
Institutos.
D. José M.a Martínez Díez, Jefe de Sección de Habilitación.
D.a Ines Arias Díaz, Jefe de Negociado de Planificación
Formativa.
Secretario: D. Juan Palomares Hermoso, Jefe de Negociado
de C.S.I.
Novena.-1. Una vez transcurrido el periodo de presentación
de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para
el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto
si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar
el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre
ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción
realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del
plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del
otro puesto.
2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto
de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.
Décima.-El plazo para la Resolución del Concurso será de
cinco meses, contados desde el día siguiente al de la finalización
de la presentación de solicitudes.
Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo
que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.
2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido
será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes,
si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio
activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que
resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al
servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde el día siguiente a dicha publicación.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez
finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido
concedidos a los interesados.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como
de servicio activo.
Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su
publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a su publicación.
Madrid, 19 de abril de 2004.-La Rectora, María Araceli Maciá
Antón.
ANEXO I
Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid
Complemento
específico
-Euros
Adsc.
grupo
N.o
orden Denominacióndelpuesto Descripción Nivel
1.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias. 18 3.814,2 D
1.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias. 18 3.814,2 D
1.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias. 18 3.814,2 D
1.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias. 18 3.814,2 D
1.5 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias. 18 3.814,2 D
2.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.5 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.6 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.7 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.8 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.9 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
2.10 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Derecho. 18 3.814,2 D
3.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Económicas
y Empresariales.
18 3.814,2 D
3.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Económicas
y Empresariales.
18 3.814,2 D
3.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Económicas
y Empresariales.
18 3.814,2 D
3.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Económicas
y Empresariales.
18 3.814,2 D
4.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Educación. 18 3.814,2 D
4.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Educación. 18 3.814,2 D
5.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto E.T.S.I. Industriales. 18 3.814,2 D
5.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto E.T.S.I. Industriales. 18 3.814,2 D
6.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Filología. 18 3.814,2 D
7.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Filosofía. 18 3.814,2 D
7.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Filosofía. 18 3.814,2 D
8.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Geografía e Historia. 18 3.814,2 D
8.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Geografía e Historia. 18 3.814,2 D
8.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Geografía e Historia. 18 3.814,2 D
9.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto E.T.S.U.I. Informática. 18 3.814,2 D
9.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto E.T.S.U.I. Informática. 18 3.814,2 D
9.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto E.T.S.U.I. Informática. 18 3.814,2 D
9.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto E.T.S.U.I. Informática. 18 3.814,2 D
Complemento
específico
-Euros
Adsc.
grupo
N.o
orden Denominacióndelpuesto Descripción Nivel
10.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Políticas y
Sociología.
18 3.814,2 D
10.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Políticas y
Sociología.
18 3.814,2 D
10.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Ciencias Políticas y
Sociología.
18 3.814,2 D
11.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Psicología. 18 3.814,2 D
11.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Psicología. 18 3.814,2 D
11.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Psicología. 18 3.814,2 D
11.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Psicología. 18 3.814,2 D
11.5 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Psicología. 18 3.814,2 D
11.6 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Facultad de Psicología. 18 3.814,2 D
12.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Infraestructura. 18 3.814,2 D
12.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Infraestructura. 18 3.814,2 D
13.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Medios Impresos y
Audiovisuales.
18 3.814,2 D
13.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Medios Impresos y
Audiovisuales.
18 3.814,2 D
13.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Medios Impresos y
Audiovisuales.
18 3.814,2 D
13.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Medios Impresos y
Audiovisuales.
18 3.814,2 D
13.5 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Medios Impresos y
Audiovisuales.
18 3.814,2 D
14.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Educación
Permanente.
18 3.814,2 D
14.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Educación
Permanente.
18 3.814,2 D
14.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Educación
Permanente.
18 3.814,2 D
14.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Educación
Permanente.
18 3.814,2 D
14.5 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Educación
Permanente (J.E).
18 5.056,3 D
15.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento RR.HH. 18 3.814,2 D
15.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento RR.HH. 18 3.814,2 D
15.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento RR.HH. 18 3.814,2 D
15.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento RR.HH. 18 3.814,2 D
16.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Contabilidad. 18 3.814,2 D
16.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Contabilidad. 18 3.814,2 D
17.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Centros Asociados. 18 3.814,2 D
17.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Centros Asociados. 18 3.814,2 D
17.3 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Centros Asociados. 18 3.814,2 D
17.4 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Centros Asociados. 18 3.814,2 D
18.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Departamento de Investigación. 18 3.814,2 D
19.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Alumnos. 18 3.814,2 D
20.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Secretaría General. 18 3.814,2 D
20.2 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Secretaría General. 18 3.814,2 D
21.1 Jefe/a de Negociado Adjunto. Jefe/a de Negociado Adjunto Servicio de Información (J.P.). 18 7.126,9 D
ANEXO V
Currículum vitae
A) Datos personales:
Apellidos:
Nombre:
Documento nacional de identidad:
Domicilio (calle):
Domicilio (localidad):
Código postal:
Teléfono:
B) Datos profesionales:
Cuerpo o Escala:
Nivel de complemento de destino:
Grado consolidado:
Historial profesional (con breve descripción de tareas):
C) Datos académicos y aptitudes:
Títulos:
Cursos:
Idiomas:
Otros:
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid