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El apartado séptimo, punto 1 de la Resolución 150/38016/2004, de 19de febrero, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 49 de fecha 26 de febrero del 2004, establece el plazo para resolver y publicar en el Boletín Oficial del Estado la resolución correspondiente a la concesión de subvenciones que en dicha resolución establece.
Dado que se están recibiendo dentro del plazo establecido solicitudes para optar a dicha subvención, se considera conveniente ampliar el plazo de resolución de concesión de las subvenciones, para no perjudicar la libre concurrencia de todas las Asociaciones y Fundaciones solicitantes.
En su virtud, resuelvo.
Modificar el plazo establecido en el apartado séptimo, punto 1 de la presente Resolución en el sentido de que lo será en noventa días naturales.
Madrid, 16 de abril de 2004.—El Director general, Jorge Hevia Sierra.
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