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Documento BOE-A-2004-9064

Resolución de 15 de abril de 2004, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de "Modernización del regadío en el sector VII del Canal del Cinca en los términos municipales de Laluenga, Berbegal e Ilche (Huesca)", de SEIASA del Nordeste, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2004, páginas 18701 a 18702 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-9064

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto «Modernización del regadío en el sector VII del Canal del Cinca en los tt.mm. de Laluenga, Berbegal e Ilche (Huesca)» se encuentra comprendido en el apartado c, del grupo 1, del anexo II: «proyectos de consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas», de la Ley 6/2001, antes referida.

Con fecha 22 de abril de 2003 tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación enviada por SEIASA del Nordeste S. A., Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias, relativa al proyecto, incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto «Modernización del regadío en el sector VII del Canal del Cinca en los tt.mm. de Laluenga, Berbegal e Ilche (Huesca)» consiste fundamentalmente en mejorar el riego de 789 ha mediante la sustitución del actual sistema de riego por acequias y riego a manta, por una red de riego a presión con sistemas más efectivos como aspersión o goteo. Las obras en esencia consisten en:

1. Construcción de tres balsas de riego: Torre Bielsa de 116.281 m3 de capacidad, Las Chesas de 7.677 m3 y A-8-2-3 de 3.000 m3.

2. Estación de bombeo de 11 por 25 m., ubicada al pie de la balsa Torre Bielsa.

3. Caseta de válvulas de 3,5 por 1,8 m., al pie de la balsa Las Chesas.

4. Red de tubería de enterrada en zanja: en total 16.000 m., de PRFV para diámetros 600 y 700, y PVC para diámetros inferiores.

5. Línea eléctrica de 25 kv y 2,8 km de longitud.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a la Dirección General de Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, informando con fecha 29 de agosto de 2003 que, el documento no garantizaba la ausencia de afecciones importantes al LIC «Yesos de Barbastro», por lo que con fecha 6 de febrero de 2004, el presidente de la Comunidad de Regantes «Val de Alferche» presenta proyecto completo para poder concretar los impactos y medidas correctoras. Vista toda la documentación y el informe de los Servicios Provinciales, dicha Dirección General de Medio Natural informa, con fecha 25 de marzo de 2004, lo siguiente:

1. El trazado de tuberías y el emplazamiento de los embalses se sitúa básicamente en campos cultivados.

2. La afección a los hábitats por los que se propuso el LIC será muy poco significativa siempre y cuando se cumpla lo siguiente:

2.1 Las zanjas se llevarán por terreno cultivado.

2.2 Los estacionamientos de maquinaria, acopios de materiales, etc., se harán en zona agrícola.

2.3 Los préstamos de arcillas se tomarán de campos de cultivo.

2.4 Si se fuera a afectar a vegetación natural distinta de la señalada en el proyecto, se comunicará a los Servicios Técnicos del Servicio Provincial de Huesca.

2.5 La línea eléctrica tendrá un diseño que minimice la probabilidad de electrocución y colisión de las aves, e incluirá: señalización del trazado mediante bandas de balizamiento de neopreno en X, aisladores suspendidos o de amarre en los postes, distancia mínima de seguridad entre conductor y apoyo, medidas protectoras en los puentes de unión, medidas para los seccionadores y elementos de transformación en caseta aislada.

3. Con las condiciones indicadas no se considera necesario el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

La Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Nordeste, promotora del proyecto, ha remitido, con fecha 12 de abril de 2004, información complementaria mediante la cual se incluyen en el proyecto las medidas señaladas en el informe de la Dirección General de Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

Teniendo en cuenta que se produce una afección a la vía pecuaria «Cordel de Barbastro a Teruel» al ser atravesada por cuatro tuberías de pequeño diámetro, por lo que se ha solicitado autorización al Servicio Provincial de Medio Ambiente en Huesca. Dicho Servicio comunica la conformidad con la realización de las obras, debiendo acondicionarse el terreno en superficie una vez realizadas las obras y no debiendo permanecer en la vía pecuaria ningún elemento que sobresalga del nivel del suelo. Considerando las respuestas recibidas y lo anteriormente expuesto, los criterios del Anexo III de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, la Secretaría General de Medio Ambiente a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 15 de abril de 2004, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto «Modernización del regadío en el sector VII del Canal del Cinca en los tt.mm. de Laluenga, Berbegal e Ilche (Huesca)».

Madrid, 15 de abril de 2004.–El Secretario General, Juan María del Álamo Jiménez.

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