Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-9342

Resolución de 14 de abril de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscribe a la Asociación Empresarial de Instaladores de Fontanería, Gas, Calefacción, Mantenimiento, Climatización, Prevención de Incendios y Afines de Navarra en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 19 de mayo de 2004, páginas 19024 a 19024 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2004-9342

TEXTO ORIGINAL

La Asociación Empresarial de Instaladores de Fontanería, Gas, Calefacción, Mantenimiento, Climatización, Prevención de Incendios y Afines de Navarra ha solicitado, a través de esta Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 17 de diciembre de 1985 (B.O.E. de 9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria y la Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1985, esta Dirección General, teniendo en cuenta el informe favorable emitido por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo del Gobierno de Navarra, ha resuelto:

Inscribir a la Asociación Empresarial de Instaladores de Fontanería, Gas, Calefacción, Mantenimiento, Climatización, Prevención de Incendios y Afines de Navarra en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, con arreglo a las siguientes condiciones:

Primera.

El ámbito geográfico territorial de actuación para la impartición de los cursos de instaladores de gas, de categorías IG-II, IG-III e IG-IV a que se refiere esta inscripción, estará limitado a la Comunidad Foral de Navarra.

Segunda.

Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación de instaladores de gas que vaya a impartir la Asociación Empresarial de Instaladores de Fontanería, Gas, Calefacción, Mantenimiento, Climatización, Prevención de Incendios y Afines de Navarra deberá ser autorizado previamente por los Órganos Territoriales competentes.

Tercera.

La Asociación Empresarial de Instaladores de Fontanería, Gas, Calefacción, Mantenimiento, Climatización, Prevención de Incendios y Afines de Navarra deberá presentar anualmente en los Organismos Territoriales competentes y en la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, una memoria de actuaciones de conformidad con lo previsto en el Capítulo III de la citada Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras.

Cuarta.

La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización del mismo.

Madrid, 14 de abril de 2004.–La Directora general, Carmen Becerril Martínez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid