Visto el expediente de indulto de don Ebrima Drammeh, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 7, de Alicante/Alacant, en sentencia de fecha 14 de noviembre de 2002, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 2.175 euros, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de mayo de 2004,
Vengo en conmutar a don Ebrima Drammeh la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 7 de mayo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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