El artículo 6.1 del Real Decreto 1259/1999, de 16 de julio, por el que se regulan las cartas de servicios, dispone que tales cartas sean aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo a cuyos servicios se refieren aquéllas.
Establece igualmente dicho artículo que las cartas de servicios deberán ser previamente informadas por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
En su virtud, previo informe favorable de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, he resuelto lo siguiente:
Primero.-Aprobar la Carta de Servicios correspondiente a la Subdirección General de Recursos y Asuntos Jurídicos, dependiente de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Segundo.-Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 23 de diciembre de 2003.-El Subsecretario, Manuel Pacheco Manchado.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos y Asuntos Jurídicos e Ilmo.
Sr. Inspector General de Servicios del Departamento.
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