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Documento BOE-A-2004-98

Resolución de 5 de diciembre de 2003, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio Específico para 2003 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización del curso de diplomado de Sanidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2004, páginas 119 a 121 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2004-98

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 29 de julio de 2003, Convenio Específico para 2003 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo a través del Instituto de Salud Carlos III y la Comunidad Autónoma de Murcia a través de la Consejería de Sanidad y Consumo para la realización del curso de diplomado de Sanidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado do del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho acuerdo que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 5 de diciembre de 2003.—El Secretario general de Sanidad, Rafael Pérez Santamarina Feijóo.

ANEXO QUE SE CITA
Convenio Específico para 2003 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo a través del Instituto de Salud Carlos III y la Comunidad Autónoma de Murcia a través de la Consejería de Sanidad y Consumo para la realización del curso de diplomado de Sanidad

En Madrid a 29 de julio de 2003.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Francisco Marqués Fernández, Consejero de Sanidad y Consumo, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha de 2003.

Y de otra el Ilmo. Sr. D. Antonio Campos Muñoz, en calidad de Director, en su nombre y representación del Instituto de Salud Carlos III, de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, designadas por Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III,

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto Carlos III (ISCIII) y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Consumo, con fecha 5 de febrero de 2003, han suscrito un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo de actividades de formación e investigación que promuevan un mayor conocimiento de los temas relacionados con la salud.

2. Que en su cláusula segunda se establece que el Convenio Marco de Colaboración se llevará a la práctica mediante la suscripción, entre las dos Entidades firmantes, de aquellos otros Convenios Específicos que se acuerden.

3. Que la Escuela Nacional de Sanidad (ENS) se configura como Centro del Instituto de Salud Carlos III de acuerdo con lo establecido en la Orden de 27 de diciembre de 2001, sobre creación de centros en el Instituto de Salud Carlos III, integrándose en la Subdirección General de Planificación y Coordinación Docente.

4. Que la Escuela Nacional de Sanidad del Instituto de Salud Carlos III, y la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia están de acuerdo en establecer una colaboración en los campos de interés común que se detallan más adelante.

5. Que el fin público que concurre en el presente convenio y la naturaleza de las actividades financiadas, permiten la realización anticipada del gasto por parte de la Consejería de Sanidad y Consumo de Murcia, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones que se derivan de la suscripción del mismo.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, el Instituto de Salud Carlos III y la Consejería de Sanidad y Consumo de Murcia, convienen en formalizar el presente Convenio Específico para 2003 al Convenio Marco de Colaboración por el que se establece el marco de desarrollo de actividades de carácter científico y técnico en materia sanitaria, para lo cual se establecen las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.—El presente Convenio específico tiene por objeto la realización por parte de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de un curso de diplomado de Sanidad que será acreditado por el Instituto Carlos III-Escuela Nacional de Sanidad.

Segunda. Programas.—La Consejería de Sanidad y Consumo se compromete a desarrollar los programas docentes siguiendo las directrices básicas de la Escuela Nacional de Sanidad, y consensuar con ella el desarrollo puntual del mismo.

Tercera. Profesorado.—La Escuela Nacional de Sanidad proporcionará a la Consejería de Sanidad y Consumo de Murcia el profesorado que tendrá la capacidad y competencia adecuadas para impartir la referida enseñanza. Dicho profesorado será acordado entre las dos Instituciones.

Cuarta. Duración del curso y número de alumnos.—El curso de Diplomado de Sanidad objeto del presente Convenio tendrá una duración de 250 horas lectivas, de las cuales 175 serán teórico-prácticas y 75 horas dedicadas a la elaboración de un trabajo práctico. El programa del curso se adjunta como anexo al presente convenio. Se fija en 35 el número de alumnos del curso, y el coste de matricula se establece en 750 euros por matrícula, en base a la disposición segunda de la Resolución de precios privados de 14 de enero de 2002 (BOE 27 de febrero de 2002), que se ingresarán en la cuenta que el Instituto de Salud Carlos III - Escuela Nacional de Sanidad tiene abierta a tales efectos, de acuerdo a lo establecido en la cláusula séptima.

Quinta. Gestión y organización del curso.—Correrá a cargo de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la gestión administrativa del curso, así como la organización y desarrollo del mismo en dicha Comunidad Autónoma, designando un director para la citada actividad, el cual coordinará conjuntamente la actividad docente con la persona que se designe para tal fin por la ENS.

En caso de incumplimiento de esta obligación se dará por resuelto el convenio, con la obligación de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Murcia de resarciar de los gastos ocasionados al Instituto más su interés de demora, por la realización de las actividades que haya generado el convenio hasta dicho momento.

Sexta. Financiación.—La Consejería de Sanidad y Consumo, a través de la Dirección General de Ordenación y Acreditación Sanitaria, aportará la cantidad de 12.020,24 euros como contribución a los derechos de matrícula de los alumnos del Diplomado de Sanidad de la Región de Murcia en la convocatoria 2003, que se ingresarán en la cuenta que el Instituto de Salud Carlos III tiene abierta en el Banco de Santander Central Hispano, Entidad 0049, Sucursal 0631, Dígito de Control 91, N.o de Cuenta: 2310129293 de Madrid, haciendo constar en el ingreso «Convenio Diplomados de Sanidad 2003 - Consejería de Sanidad y Consumo de Murcia»

Correrá a cargo del Instituto Carlos III el coste de los profesores del Diplomado de Sanidad en la Región de Murcia para el ejercicio 2003.

Séptima. Matrículas.—En aplicación de la cláusula cuarta del presente convenio, el ingreso de los alumnos por matrículas se realizará en la cuenta corriente que La Escuela Nacional de Sanidad tiene abierta a tal efecto en el Banco de Santander Central Hispano, Entidad: 0049, Sucursal 0631, DC: 91, Cuenta 2310129293, haciendo constar en el ingreso «Curso de Diplomados de Sanidad - Murcia - 2003».

Octava. Convocatoria.—La Consejería de Sanidad y Consumo de Murcia, efectuará la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región, garantizando la máxima difusión. La referida convocatoria deberá respetar íntegramente las normas de desarrollo y selección que establezca la ENS.

Novena. Vigencia.—El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y extenderá sus efectos hasta la finalización del procedimiento objeto del mismo.

Décima. Justificación.—El plazo para justificar la aportación de las partes, será de tres meses a partir de la finalización del objeto del presente Convenio y en base a ello el Instituto Carlos III deberá presentar:

Certificado en el que se acredite haber recibido la aportación de la Consejería de Sanidad y Consumo por el concepto de ingresos «Convenio Diplomados en Sanidad 2003»-Consejería de Sanidad y Consumo de Murcia, de acuerdo al Convenio suscrito por las partes para la realización de dicha actividad.

Certificado de que el curso de Diplomados en Sanidad en la Región de Murcia en el ejercicio 2003 se ha ajustado a la disposición primera de la Resolución de Precios Privados de 17 de junio de 2003 (B.O.E. 10 de julio de 2003), en base a la cual se ha establecido el presupuesto de dicho curso.

Certificado de la Subdirección General de Planificación y Coordinación Docente del Instituto de Salud Carlos III, de haber realizado los pagos previstos en el presente convenio según consta en la cláusula sexta del mismo.

En el caso de incumplimiento de la obligación de justificación, se procederá al reintegro de las cantidades percibidas y no justificadas, con los intereses de demora desde el momento del pago, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 68 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

Undécima. Resolución.—El Convenio podrá ser rescindido por:

a) El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas y obligaciones.

b) Mutuo acuerdo de las partes.

c) Las demás causas establecidas en la legislación vigente.

La denuncia de resolución deberá notificarse de forma expresa y motivada, debiendo solicitarse a la otra parte al menos con una antelación mínima de tres meses a la finalización de las actividades objeto del convenio.

Duodécima. Comisión de Seguimiento. —Con el fin de garantizar el cumplimiento del convenio específico, se crea una comisión de seguimiento, que estará integrada:

Por parte del Instituto de Salud Carlos III:

El Director del Instituto de Salud Carlos III o persona en quien delegue.

El Director de la Escuela Nacional de Sanidad.

Por parte de la Consejería de Sanidad:

El Ilmo. Sr. Director General de Ordenación y Acreditación Sanitaria o persona en quien delegue.

El responsable del Servicio de Ordenación, Acreditación Sanitaria y Calidad Asistencial.

La comisión de seguimiento de este Convenio deberá reunirse al menos una vez al año.

Decimotercera. Naturaleza.—El presente Acuerdo es de naturaleza administrativa y se regirá por las estipulaciones en él contenidas. Para las dudas y lagunas que pudieran surgir, se aplicarán supletoriamente las normas contenidas en el Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y del Estado de forma supletoria.

Los litigios que puedan surgir serán competencia del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad las partes se ratifican y firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto en ciudad y fecha ut supra. Firmado.—Por la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Consejero de Sanidad y Consumo, Francisco Marqués Fernández.—Por el Instituto de Salud Carlos III, el Director del Instituto de Salud Carlos III, Antonio Campos Muñoz.

ANEXO
Programa del curso de diplomado de sanidad

Módulo 1: Introducción al concepto de Salud Pública. Determinantes de la Salud y la Enfermedad

Duración: 4 horas.

Objetivos:

Conceptualizar la Salud Pública como ciencia y como campo de actuación.

Comprender la influencia de diversos determinantes sobre la salud.

Contenidos:

1.1 Introducción al concepto de Salud Pública:

El concepto de salud y enfermedad.

Problemas y necesidades de salud.

Concepto de Salud Pública.

La nueva Salud Pública.

Módulo 2: Sistemas de Información Sanitaria e Indicadores de Salud

Duración: 20 horas.

Objetivos:

Comprender la importancia de tener información para actuar sobre los problemas de salud.

Identificar y manejar las diferentes fuentes de información sobre salud.

Capacitar al alumno para construir y utilizar indicadores de salud básicos.

Contenidos:

2.1 Introducción y sistemas de información sanitaria:

Sistemas de información sanitaria: Concepto, características, tipos.

Indicadores de salud: Características y tipos.

Elaboración de indicadores sanitarios.

Fuentes de información sobre la salud.

Sistemas de clasificación de enfermedades.

Información sanitaria y derecho a la confidencialidad.

Vigilancia epidemiológica.

2.2 Descripción de los principales sistemas de información sanitaria e indicadores de salud:

Encuestas de salud.

Sistemas de información de los servicios de salud.

Sistemas de información de Salud Pública.

Módulo 3: Métodos y técnicas para estudio, identificación y análisis de problemas de salud

Duración: 85 horas.

Objetivos:

Analizar el proceso científico desde la generación de las hipótesis de trabajo hasta la difusión de la información.

Conocer e integrar el enfoque cualitativo y cuantitativo de investigación.

Manejar las fuentes de información y evidencia científica.

Conocer y utilizar las técnicas básicas de investigación cualitativa.

Manejar la estadística básica como herramienta de análisis de datos.

Conocer y utilizar la epidemiología como herramienta para comprender la magnitud y los determinantes de los problemas de salud, así como para evaluar las intervenciones en salud.

Aprender el manejo de un programa epidemiológico y estadístico.

Contenidos:

3.1 Metodología de la investigación:

Filosofía de la ciencia.

La pregunta y el diseño de investigación.

Análisis e interpretación.

El enfoque cuantitativo y el enfoque cualitativo.

La comunicación científica.

Búsqueda bibliográfica y acceso a la evidencia científica.

Lectura crítica de publicaciones científicas.

3.2 Técnicas cualitativas de investigación.

Métodos cualitativos de investigación: Fundamentos y tipos.

3.3 Bioestadística.

Estadística descriptiva.

Estadística inferencial.

Aplicaciones informáticas en bioestadística.

3.4 Método epidemiológico.

Medidas de frecuencia.

Estandarización de tasas.

Causalidad. Medidas de efecto e impacto.

Tipos de estudios epidemiológicos. Validez y fiabilidad.

Validez y precisión de una prueba. Cribados poblacionales.

Estudio de un brote.

Evaluación de riesgos

Aplicaciones informáticas: Epi Info.

3.5 Herramientas para la elaboración y difusión de trabajos de campo.

3.6 Técnicas de comunicación oral.

Módulo 4: Planificación y Programación Sanitarias

Duración: 20 horas.

Objetivos:

Comprender el proceso de planificación.

Asimilar los elementos claves para el diseño de la gestión y evaluación de los programas sanitarios.

Introducir los conceptos básicos de la calidad.

Contenidos:

4.1 Concepto y tipos de planificación sanitaria.

4.2 Programación sanitaria.

Formulación de objetivos.

Planificación de actividades y recursos.

Ejecución del programa.

Evaluación de programas: Marco general.

Evaluación económica de programas de salud.

4.3 Conceptos básicos de calidad.

Módulo 5: Políticas de Salud y Organización Sanitaria

Duración: 20 horas.

Objetivos:

Promover la reflexión entre el derecho a la salud y su expresión en las políticas sanitarias.

Conocer los aspectos fundamentales de la organización sanitaria en los niveles supranacional, nacional y autonómico.

Contenidos:

5.1 Derecho a la salud. Legislación.

5.2 Tipos de sistemas sanitarios: Análisis comparativo.

5.3 El sistema sanitario español.

5.4 La organización sanitaria autonómica.

5.5 Planes de salud.

Módulo 6: Intervención: programas de promoción y protección de la salud

Duración: 26 horas.

Objetivos:

Conocer y analizar los programas de intervención.

Capacitar al profesional para el ejercicio de sus responsabilidades en los diferentes niveles del programa.

Conocer los diferentes medios y métodos de educación para la salud. Introducción al marketing social.

Contenidos:

6.1 Conceptos de promoción y protección de la salud. Historia natural de la enfermedad y niveles de prevención.

6.2 Metodología de intervención en educación para la salud. Marketing social. Participación comunitaria

6.3 Programas de promoción y protección de la salud.

Nota: En cada curso se presentarán aquellos programas que determine cada Comunidad Autónoma de acuerdo a sus prioridades, sin menoscabo de los problemas emergentes.

Módulo 7. Trabajo práctico

Duración: 75 h. de trabajo personal tutorizado.

Objetivo:

Aplicar los conocimientos adquiridos durante el curso a la elaboración de un documento escrito sobre un trabajo relacionado con la Salud Pública.

Desarrollo:

Diseño de un proyecto.

Elección de tema y tutor.

Sesiones de trabajo con tutores.

Revisión de los proyectos antes de la presentación.

Formatos:

Revisión bibliográfica comentada.

Diseño de un proyecto de investigación.

Trabajo práctico sobre un problema concreto.

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