De conformidad con lo establecido en el artículo 131 y la
disposición transitoria trigésima sexta de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por Ley
Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, modificando el artículo 386.1
de la citada norma, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto
Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo
de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
adoptado en su reunión del día 20 de enero de 2004.
Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad de don José
Óscar Soto Loureiro, Magistrado con destino en el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 3 de Lugo, por cumplir
la edad legalmente establecida de 71 años, el día 27 de mayo
de 2004, con los derechos pasivos que le correspondan y cuya
jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.
Dado en Madrid, a 30 de abril de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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