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Documento BOE-A-2004-9903

Resolución de 25 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre "los saldos de apertura en una primera auditoría".

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 27 de mayo de 2004, páginas 19737 a 19738 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2004-9903

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en las Normas Técnicas de Auditoría, publicadas por Resolución de 19 de enero de 1991, los auditores de cuentas en la primera auditoría que realicen sobre las cuentas anuales de una entidad, y en relación con los saldos de apertura, deben obtener evidencia suficiente y adecuada de que: Dichos saldos de apertura no contienen incorrecciones que puedan afectar significativamente a las cuentas anuales objeto de auditoría; los saldos de cierre del ejercicio anterior han sido correctamente traspasados como saldos iniciales del ejercicio actual o, en su caso, debidamente corregidos cuando lo permita la normativa aplicable; y los criterios contables han sido aplicados uniformemente o los cambios en los mismos han sido adecuadamente contabilizados, a la vez que se presenta la oportuna información en la memoria.

En este sentido, y en línea con lo ya previsto a este respecto en las Normas Internacionales de Auditoría, aprobadas por la International Federation of Accountants (IFAC), se ha considerado conveniente elaborar una norma técnica en la que se recojan los criterios de actuación que debe seguir el auditor en relación con los saldos de apertura de las cuentas anuales de una entidad, cuando dichas cuentas se auditan por primera vez o cuando las correspondientes al año anterior hayan sido auditadas por otro auditor.

A estos efectos, el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España presentaron ante este Instituto la Norma Técnica de Auditoría sobre «los saldos de apertura en una primera auditoría», para su tramitación y sometimiento a información publica, conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Por Resolución de 27 de febrero de 2003 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas se procedió a la publicación íntegra de dicha Norma Técnica en el propio Boletín de este Instituto, de marzo de 2003 (número 53), y a la oportuna reseña en el Boletín Oficial del Estado de 6 de junio de 2003, para someterla al trámite de información pública previsto legalmente.

En dicho trámite no se han presentado alegaciones al texto sometido a información pública, por lo que, de acuerdo con lo establecido en el citado artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, la Presidencia de este Instituto dispone lo siguiente:

Una vez superado el trámite de información pública, establecido por la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, se acuerda el paso a definitiva de la Norma Técnica de Auditoría sobre «los saldos de apertura en una primera auditoría», y se ordena, asimismo, su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y la inserción de la oportuna reseña en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de marzo de 2004.–El Presidente, José Luis López Combarros.

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