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Documento BOE-A-2005-10049

Orden ITC/1788/2005, de 6 de junio, por la que se resuelve el concurso público convocado para el otorgamiento de tres concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico para el ejercicio de los derechos de uso de un bloque de frecuencias para la prestación del servicio de telefonía móvil automática GSM en la banda de 900 MHz.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2005, páginas 20515 a 20516 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2005-10049

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/954/2005, de 12 de abril, ha aprobado el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento de tres concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico para el ejercicio de los derechos de uso de un bloque de frecuencias para la prestación del servicio de telefonía móvil automática GSM en la banda de 900 MHz y ha convocado el correspondiente concurso público. El otorgamiento de las tres concesiones demaniales persigue mejorar la calidad en la prestación del servicio, incrementar la competencia en el mercado de la telefonía móvil automática en España y extender dicho servicio, proporcionando o mejorando su cobertura en zonas específicas de extensión, entre las que se pueden incluir zonas con nula o deficiente cobertura y, en concreto: a) los núcleos urbanos con censo oficial de población igual o inferior a 400 habitantes conforme a la última edición del censo de población y vivienda elaborado por el Instituto Nacional de Estadística que no están cubiertos por ningún operador; b) las zonas de interés estratégico o zonas de influencia de instalaciones de generación de energía eléctrica con tecnología nuclear y complejos petroquímicos, previendo la cobertura de la instalación, central o complejo y de una zona de entorno a la misma de 30 Km de radio, y c) las infraestructuras de comunicaciones de alta capacidad y grandes vías de comunicación, como autopistas y autovías, carreteras nacionales y red ferroviaria de alta velocidad. La Mesa de Contratación, constituida de conformidad con lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas por el que se rige el concurso, ha examinado las ofertas presentadas y admitidas al concurso, ha evaluado las ofertas conforme al procedimiento de evaluación establecido en la cláusula 14 del pliego, y ha aprobado el informe técnico de valoración de las mismas, elevando, una vez concluido el trabajo de evaluación, la correspondiente propuesta de resolución del citado concurso. En aplicación de las previsiones y de las reglas establecidas en la cláusula 15 del pliego, y de conformidad con dicha propuesta de la Mesa de Contratación, resuelvo:

Primero.-Otorgar las tres concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico para el ejercicio de los derechos de uso de un bloque de frecuencias para la prestación del servicio de telefonía móvil automática GSM en la banda de 900 MHz, convocadas a concurso por la Orden ITC/954/2005, de 12 de abril, a las siguientes entidades: Concesión demanial 1: Telefónica Móviles España, S. A. U.

Concesión demanial 2: Retevisión Móvil, S. A. Concesión demanial 3: Retevisión Móvil, S. A.

Segundo.-De conformidad con lo señalado en la cláusula 15 del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas por el que se rige el concurso, la presente orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma cabrá recurso contencioso-administrativo, si bien, con carácter previo y potestativo, también cabe recurso administrativo de reposición.

Madrid, 6 de junio de 2005.

MONTILLA AGUILERA

Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

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