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Documento BOE-A-2005-10277

Orden SCO/1856/2005, de 26 de mayo, por la que se inicia la fase de provisión de plazas de Médicos de Urgencia Hospitalaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2005, páginas 20900 a 20910 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2005-10277

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la Orden de 4 de diciembre de 2001 (BOE del 10), corregida por la de 26 de diciembre de 2001 (B.O.E. del 8 de enero de 2002) por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Urgencia Hospitalaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, finalizada la fase de selección del proceso extraordinario de esta especialidad y declarados en expectativa de destino los aspirantes que superaron la misma, este Ministerio según lo previsto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, dispone:

Iniciar, conforme a la base duodécima de la Orden de 4 de diciembre (BOE del 10), la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para las plazas de Médicos de Urgencia Hospitalaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, con sujeción a las siguientes

Bases

Primera. Normas generales.-La fase de provisión se regirá por las presentes bases y por lo dispuesto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre. Esta fase de provisión constará de la realización y calificación de una entrevista para evaluar los diferentes niveles de complejidad en los que pueden prestar sus funciones los aspirantes y de la valoración de méritos relativos a servicios prestados, actividad científica e investigadora e impartición de docencia postgraduada, referidos al día de publicación de esta Orden que inicia la fase de provisión en el Boletín Oficial del Estado. La valoración se realizará conforme al baremo que se publica como Anexo I de esta Orden. Segunda. Plazas.-Aprobar, previo informe favorable de la Comisión de Desarrollo y Seguimiento prevista en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 16/2001, las plazas que se ofrecen y que se indican en el Anexo II de esta Orden. Tercera. Comisiones Delegadas.-De conformidad con lo previsto en el art. 12 de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre de 2001 y con la base decimoquinta de la Orden de convocatoria, se designa a los miembros de las Comisiones Delegadas del Tribunal Central que realizarán y evaluarán la entrevista y que figuran en el Anexo III de esta Orden. Cuarta. Participación obligatoria.-Están obligados a participar en esta fase de provisión, conforme a lo previsto en la base decimotercera de la convocatoria.

a) El personal que como consecuencia del proceso de consolidación de empleo haya sido declarado por Orden de 26 de abril de 2005 (BOE de 11 de mayo), personal estatutario en expectativa de destino en la especialidad de Médicos de Urgencia Hospitalaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

El personal que se encuentre en esta situación y no participe en esta fase de provisión se le considerará decaído en sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo su situación de personal estatutario en expectativa de destino. La base undécima de la convocatoria establece que quienes como consecuencia de su participación en la fase de selección correspondiente a más de una categoría, o en su caso especialidad, accedieran a la situación de expectativa de destino en más de una categoría o especialidad, únicamente podrán participar en la fase de provisión de plazas en una sola de ellas. Por ello, se entenderá que quienes participen en la presente fase de provisión optan por mantener su participación exclusivamente en la fase de provisión que la presente Orden inicia. b) El personal que se encuentre en situación de reingreso provisional en Centros sanitarios del extinguido Insalud en la especialidad de Médicos de Urgencia Hospitalaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, deberá participar solicitando, al menos, todas las plazas ofertadas en la misma Área de Salud donde le fue concedido el reingreso provisional. Si quien desempeñe la plaza con destino provisional, no la obtiene en esta fase de provisión habiendo solicitado todas las convocadas en su categoría, modalidad y área de salud, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten vacantes como consecuencia de la resolución de la fase de provisión o pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria. El reingresado provisional que no participe en esta fase, o no obtenga plaza y no haya solicitado todas las de su especialidad y área de salud, será declarado de oficio en situación de excedencia voluntaria. Quinta. Participación voluntaria.-Podrán participar voluntariamente los siguientes candidatos.

a) El personal estatutario fijo que, ostentando nombramiento en propiedad como Médicos de Urgencia Hospitalaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, se encuentre desempeñando o tenga plaza reservada en los Centros sanitarios de la Seguridad Social, sea cuales fueren las Administraciones Públicas de las que aquellos dependen y sea cual fuere la fecha en que hubiese tomado posesión.

b) El personal en situación distinta a la de activo y que no ostente reserva de plaza, siempre que reúna los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de solicitudes de la fase de provisión, sin que le sea exigible plazo alguno de permanencia en la situación en que se encuentre. c) El personal estatutario facultativo fijo que ostente la categoría de Jefe de Departamento, Jefe de Servicio o Jefe de Sección, por haber accedido directamente a la misma con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 5 de febrero de 1985, podrá concurrir a esta fase de provisión en las mismas condiciones que los Facultativos Especialistas de Área. Si obtuvieran plaza en tal fase serán nombrados Facultativos Especialistas de Área, perdiendo definitivamente la categoría originaria.

El personal que participe voluntariamente en esta fase de provisión, deberá hacerlo desde el momento en que esta fase se inicie, consignando en la instancia los centros donde opta a realizar la entrevista, especificando a tal fin los códigos indicados en el Anexo II, así como cualquier otro que resulte de su interés y que pudiera quedar vacante como consecuencia de la resolución de la esta fase de provisión.

Sexta. Solicitudes.-Las solicitudes de participación en la fase de provisión se ajustarán al modelo que será facilitado en los Servicios de Salud, en las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo. Las solicitudes de participación se presentarán en los Registros de cualquiera de las instituciones señaladas anteriormente, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de plazo resultara inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. El incumplimiento de lo previsto anteriormente, determinará la exclusión del aspirante. Durante el plazo de presentación de solicitudes, los participantes podrán retirar o modificar su solicitud con la presentación de una nueva, que anulará totalmente la anterior. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá ni su modificación ni la presentación de nuevos documentos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán al Ministerio de Sanidad y Consumo, Subsecretaría de Sanidad y Consumo, Proceso de Consolidación de Empleo. Alcalá 56. 28071 Madrid. Séptima. Cumplimentación de solicitudes.-Los concursantes deben consignar en la instancia los centros donde optan a realizar la entrevista, especificando a tal fin los códigos indicados en el Anexo II de esta Orden. Con independencia de que en dicha instancia se consigne más de un Centro de Gestión, sólo podrán concurrir a la entrevista en uno de ellos. En caso de no presentarse a la realización de la misma, o de concurrir en distintos Centros de Gestión a más de una de ellas, decaerán en sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo, en el caso del personal procedente de la fase de selección, su situación de personal estatutario en expectativa de destino. Los concursantes deben cumplimentar todos los apartados de su instancia. A los efectos de su cumplimentación se tendrán en cuenta las instrucciones que se facilitarán con la misma. Los aspirantes quedarán vinculados por los datos consignados en las solicitudes. El domicilio que figure se considera el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante la comunicación de cualquier cambio, así como los errores en su consignación. Octava. Acreditación de méritos valorables.-A las solicitudes se acompañará:

a) Todos los concursantes presentarán originales o fotocopias compulsadas de las certificaciones o acreditaciones correspondientes a los méritos alegados y que figuran en el Anexo I referidos al día de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

A este respecto, los concursantes que procedan de la fase de selección únicamente deberán presentar las certificaciones o acreditaciones de los méritos computables desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de la fase de selección hasta la fecha de publicación de la presente Orden, por la que se inicia la fase de provisión. b) El personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria o en situación de reingresado provisional, presentará fotocopia compulsada de la Resolución de concesión de dicha excedencia o reingreso. c) El personal que no proceda de la fase de selección, presentará fotocopia compulsada del nombramiento en propiedad en la especialidad a la que se concursa.

Solamente se valorarán los méritos alegados por los concursantes dentro del plazo de presentación de solicitudes y que sean acreditados documentalmente. No obstante, y para los participantes que procedan de la fase de selección, se considerarán alegados en esta fase de provisión los méritos ya acreditados por los interesados en la fase de selección.

Novena. Desarrollo de la fase de provisión.-Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Tribunal publicará la lista provisional de participantes admitidos a la entrevista por Centros de gestión en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, de las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo. Los interesados dispondrán de quince días hábiles para reclamar contra su exclusión. Las reclamaciones formuladas contra la lista provisional serán estimadas o desestimadas en la relación definitiva de aspirantes admitidos que, además, fijará el lugar, fecha y hora de realización de la entrevista por centro de gestión, y que será aprobada, a propuesta del Tribunal, por el Órgano convocante y publicada en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, de las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo. Esta publicación servirá de notificación a los interesados. A efectos únicamente informativos, se publicarán en la Página Web del Ministerio de Sanidad y Consumo, el lugar, fecha y hora de comienzo de la entrevista. Décima. Resolución de la fase de provisión.-Finalizadas las entrevistas y valorados los méritos acreditados por los participantes, el Tribunal Central publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada uno de los participantes y con los destinos provisionales asignados, en su caso, en el centro de gestión donde el aspirante optó por realizar la entrevista y en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo. A efectos únicamente informativos, se publicará en la página Web del Ministerio de Sanidad y Consumo dicha lista provisional. Los interesados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación, para formular reclamaciones contra el listado provisional. Los concursantes que han participado voluntariamente en esta fase, podrán desistir de su solicitud una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, hasta el momento de la conclusión del plazo para formular reclamación contra la resolución provisional. Las reclamaciones formuladas contra la lista provisional serán estimadas o desestimadas en la resolución definitiva de asignación de destinos por centros de gestión, que será aprobada a propuesta del Tribunal, por el Órgano convocante y publicada en los tablones de anuncios de los Servicios de Salud, Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de Sanidad y Consumo. Con las plazas no adjudicadas o que resulten vacantes como consecuencia de la fase de provisión se iniciará de nuevo el procedimiento de provisión previsto en esta base. Por ello en la resolución definitiva de asignación de destinos, se relacionarán dichas plazas por centros de gestión, estableciéndose, el plazo, la forma, lugar de presentación de solicitudes, así como la fecha, lugar y hora de celebrar la segunda entrevista, continuándose el procedimiento de provisión previsto en esta base. En este segundo proceso de asignación podrá participar voluntariamente el personal estatutario fijo, relacionado en la base quinta, siempre que no hubiese obtenido en el primer proceso ningún destino definitivo y haya solicitado participar en el proceso de provisión dentro del plazo establecido en la Base Sexta. En este segundo proceso de asignación deberá participar obligatoriamente el personal nombrado en expectativa de destino, siempre que no hubiese obtenido destino definitivo en el primer proceso de asignación de plazas. No podrá participar en este segundo proceso de asignación el personal que haya obtenido plaza en el primer proceso de asignación o que haya desistido de su solicitud. El personal en situación de reingreso provisional, que habiendo participado en el primer proceso de asignación de destinos y solicitado todas las de su categoría, modalidad y área de salud, no obtuviera destino definitivo, deberá participar obligatoriamente en este segundo proceso de asignación, siempre que se ofrezcan plazas de su especialidad y área de salud. En caso de no participar o no solicitar todas las de especialidad y área de salud, será declarado en situación de excedente voluntario. En caso de empates en la puntuación total obtenida, en cada uno de los dos procedimientos de asignación de plazas, se resolverá a favor del concursante que acredite mayor tiempo total de servicios prestados en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social del extinguido Insalud. De persistir el empate, se resolverá a favor de la mejor puntuación obtenida en el apartado 2 del baremo de la fase de provisión que figura como Anexo I y por su orden. Si el empate se mantiene, se realizará un sorteo público. Undécima. Cierre de la fase de provisión.-Si como consecuencia de la provisión establecida en la base anterior todavía existieran plazas no adjudicadas o vacantes, las mismas se cubrirán de forma centralizada en función de la puntuación obtenida en los apartados 2 y 3 del baremo que figura como anexo I y por su orden. Para ello, el Tribunal en la Resolución definitiva de la asignación de destinos del segundo proceso de asignación de plazas convocará, en llamamiento único, a los aspirantes que no resultaron adjudicatarios de plaza en el mismo, para que atendiendo a su puntuación elijan los destinos sobrantes. Quedarán excluidos de la asignación de plazas, quienes no hayan participado en el segundo proceso de la fase de provisión establecida en la base anterior. Duodécima. Nombramientos.-Mediante Orden que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, el personal en situación de expectativa de destino que hubiera obtenido plaza en esta fase de provisión será nombrado personal estatutario fijo. Aquellos que, estando en situación de expectativa de destino, no hubieran obtenido plaza, habiendo participado íntegramente en la fase de provisión y en el cierre de la misma, serán nombrados personal estatutario fijo en situación de excedencia voluntaria, sin que se exija el período mínimo de un año para solicitar el reingreso. Decimotercera. Asignación de plazas.-El órgano convocante, mediante Orden que se publicará en el Boletín Oficial del Estado aprobará la relación definitiva de adjudicatarios, con expresión concreta de la plaza adjudicada. Esta misma Orden abrirá el plazo para la toma de posesión. Corresponde a la Comisión de Desarrollo y Seguimiento, la asignación concreta de la plaza, sin perjuicio de que la toma de posesión se efectúe por la correspondiente Comunidad Autónoma. Decimocuarta. Toma de posesión.

a) Los adjudicatarios procedentes de la expectativa de destino de la fase de selección dispondrán de un plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden a que se refiere la base anterior, para efectuar la toma de posesión. Este mismo plazo regirá en el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo. En ambos casos este período no será retribuido.

c) Cuando el adjudicatario sea personal estatutario con plaza en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria, y no proceda de la fase de selección, deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Orden citada en la base anterior. No obstante el Gerente de la Institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días.

La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta localidad pero del mismo área de salud; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad y área de salud.

Cuando el aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiere adjudicado, en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en esta convocatoria. El adjudicatario, personal estatutario con plaza en propiedad, que no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente proceda, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha situación por el Servicio de Salud donde tenga que tomar posesión. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron. Decimoquinta. Norma final.-Contra la presente Orden, y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrá interponerse, alternativamente, bien recurso de reposición ante este Ministerio, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, dentro del plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha.

Madrid, 26 de mayo de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, B.O.E. de 23 de julio), la Directora General de Recursos Humanos y Servicios Económico Presupuestarios, Consuelo Sánchez Naranjo.

ANEXO I

Baremo de méritos

1. La valoración de la entrevista se calificará con un máximo de 30 puntos. 2. La valoración de la experiencia profesional en las correspondientes instituciones sanitarias de la Seguridad Social, como personal estatutario con nombramiento fijo o temporal, se ajustará al siguiente baremo: A estos efectos tendrá la consideración de efectuados como personal estatutario fijo en la respectiva categoría, los servicios prestados con contrato laboral, con carácter fijo o temporal, en las categorías de personal reguladas en los correspondientes Estatutos del Personal al servicio de las Instituciones de la Seguridad Social.

2.1 Por los servicios prestados, cualquiera que hubiera sido el momento, en las Instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD: a) En la misma categoría profesional, y en su caso especialidad, a la que concursa: 0,6 puntos por mes trabajado.

b) En distinta categoría profesional a la que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado. c) En el modelo tradicional de cupo o de zona o de urgencia, en distinta categoría profesional a la que concursa: 0,225 puntos por mes trabajado.

2.2 Por los servicios prestados, cualquiera que hubiera sido el momento, en las Instituciones sanitarias de la Seguridad Social de otros Servicios de Salud distintos del INSALUD:

a) En la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad, a la que concursa: 0,2 puntos por mes trabajado.

b) En distinta categoría profesional a la que concursa: 0,1 puntos por mes trabajado. c) En el modelo tradicional de cupo, de zona o de urgencia en distinta categoría a la que se concursa: 0,075 puntos por mes trabajado.

El cómputo máximo de antigüedad por servicios prestados será de 55 puntos.

A los efectos del cómputo de los servicios prestados establecidos en el apartado 2 de este baremo, y conforme establece el artículo 6.4 del Real Decreto 866/2001, de 20 de julio, por el que se crean las categorías y modalidades de médicos de urgencia hospitalario y de médico de urgencia hospitalaria, los servicios prestados, en plazas en las que se hayan desempeñado, con carácter fundamental las funciones de médicos de urgencia hospitalaria, con independencia de la denominación de las mismas, serán considerados a efectos de concurso, como servicios prestados en plazas de médicos de urgencia hospitalaria, siempre que resulten suficientemente acreditados. Asimismo, también a los efectos del cómputo de los servicios prestados establecidos en el apartado 2 de este baremo, referido a experiencia profesional al personal refuerzos en Atención Primaria y al facultativo de Atención Especializada con nombramiento especifico para la realización de atención continuada -guardias médicas-, se le reconocerá un mes completo de servicios prestados calculándolos conforme a las siguientes reglas:

a) Un mes, o la parte que corresponda proporcionalmente, por cada ciento noventa horas, o fracción realizadas.

b) Si dentro de un mes natural se hubiesen realizado más de ciento noventa horas, solamente podrá valorarse un mes de servicios prestados, sin que el exceso de horas efectuado durante aquél pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados establecidos en la anterior regla a).

3. Otros méritos:

a) Por tesis doctoral: 3 puntos.

b) Por tesis doctoral «cum laude»: 1 punto adicional. c) Por trabajos científicos y de investigación directamente relacionados con la categoría y especialidad de que se trate, apreciados libremente por el Tribunal, hasta un máximo de 10 puntos conforme a los siguientes criterios y tabla de valoración:

Difusión nacional

Difusión internacional

Publicación revista

0,25

0,50

Capítulo de libro

0,30

0,60

Libro completo

1,00

2,00

No se podrán valorar más de tres capítulos de un mismo libro.

Sólo se valorarán a los tres primeros autores de los trabajos a que se refiere este apartado. En todo caso, por este apartado 3. no podrá obtenerse una puntuación superior a 10 puntos.

4. Por impartir docencia postgraduada en la especialidad a la que se concursa en centros acreditados para la docencia, hasta un máximo de 5 puntos: 0,50 puntos por cada año.

ANEXO II

Categoría: Médicos de Urgencia Hospitalaria

Plazas a convocar: 611 (Código 9007)

Código

C. gestión

Denominación del centro de gestión: Hospital/GAP

N.º de plazas

1610 I

HOSPITAL GENERAL SAN JORGE.

3

1610 J

HOSPITAL DE BARBASTRO.

7

1610 L

HOSPITAL OBISPO POLANCO.

2

1610 M

HOSPITAL DE ALCAÑIZ.

1

1610 D

HOSPITAL UNIVERSITARIO MIGUEL SERVET.

14

1610 G

HOSPITAL ERNEST LLUCH MARTÍN.

3

1610 E

HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO LOZANO BLESA.

10

3301

HOSPITAL CENTRAL DE ASTURIAS.

19

3306

HOSPITAL ALVAREZ BUYLLA.

4

3307

HOSPITAL DE CABUEÑES.

27

3309

HOSPITAL SAN AGUSTÍN.

15

3310

HOSPITAL VALLE DEL NALÓN.

3

3323

HOSPITAL CARMEN Y SEVERO OCHOA.

3

3324

HOSPITAL COMARCAL DE JARRIO.

8

0701

HOSPITAL SON DURETA.

7

0704

HOSPITAL VERGE DEL TORO.

8

0706

HOSPITAL CAN MISSES.

6

3903

HOSPITAL UNIVERSITARIO MARQUÉS DE VALDECILLA.

7

3905

HOSPITAL COMARCAL DE LAREDO.

5

3907

HOSPITAL SIERRALLANA.

6

0201

HOSPITAL GENERAL DE ALBACETE.

14

0207

HOSPITAL DE HELLÍN.

4

1301

COMPLEJO HOSPITALARIO DE CIUDAD REAL.

7

1303

HOSPITAL SANTA BÁRBARA.

6

1307

HOSPITAL GUTIERREZ ORTEGA.

3

1313

HOSPITAL GENERAL LA MANCHA-CENTRO.

14

1601

HOSPITAL GENERAL. VIRGEN DE LA LUZ.

7

1901

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARA.

4

4501

COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO.

20

4503

HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL PRADO.

13

0501

HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE SONSOLES.

11

0901

HOSPITAL GENERAL YAGÜE.

17

0907

HOSPITAL SANTIAGO APÓSTOL.

7

0971

HOSPITAL SANTOS REYES.

3

2401

HOSPITAL EL BIERZO.

13

2403

COMPLEJO HOSPITALARIO DE LEÓN.

13

3401

HOSPITAL GENERAL RIO CARRIÓN.

1

3701

COMPLEJO HOSPITALARIO DE SALAMANCA.

16

4001

COMPLEJO HOSPITALARIO DE SEGOVIA.

8

4201

HOSPITAL GENERAL DEL INSALUD DE SORIA.

2

4701

HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL RIO HORTEGA.

11

4707

HOSPITAL COMARCAL DE MEDINA DEL CAMPO.

3

4771

HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO DE VALLADOLID.

11

4901

HOSPITAL VIRGEN DE LA CONCHA.

5

5171

HOSPITAL DE LA CRUZ ROJA CEUTA.

7

0607

HOSPITAL DON BENITO-VILLANUEVA DE LA SERENA.

14

0610

HOSPITAL DE MÉRIDA.

14

0618

HOSPITAL GENERAL DE LLERENA.

10

0619

HOSPITAL INFANTA CRISTINA.

11

1001

COMPLEJO HOSPITALARIO DE CÁCERES.

16

1003

HOSPITAL VIRGEN DEL PUERTO.

6

1009

HOSPITAL CAMPO ARAÑUELO.

8

1010

HOSPITAL CIUDAD DE CORIA.

5

2601

COMPLEJO HOSPITALARIO SAN MILLÁN-SAN PEDRO.

12

2604

061 DE LA RIOJA.

12

2803

HOSPITAL UNIVERSITARIO LA PAZ.

9

2808

HOSPITAL 12 DE OCTUBRE.

4

2843

HOSPITAL RAMÓN Y CAJAL.

9

2846

HOSPITAL UNIVERSITARIO PUERTA DE HIERRO.

6

2855

HOSPITAL DE MÓSTOLES.

8

2856

HOSPITAL SEVERO OCHOA.

8

2872

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA PRINCESA.

4

2874

HOSPITAL CLÍNICO SAN CARLOS - P. 8.

16

5202

HOSPITAL COMARCAL DE MELILLA.

9

3001

HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LA ARRIXACA.

16

3003

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO J.M. MORALES MESEGUER.

15

3006

HOSPITAL GENERAL DE ÁREA STA. MARÍA DEL ROSSELL.

12

3009

HOSPITAL RAFAEL MENDEZ.

9

3019

HOSPITAL VIRGEN DEL CASTILLO.

5

3020

HOSPITAL COMARCAL DEL NOROESTE.

7

ANEXO III

ESPECIALIDAD: URGENCIA HOSPITALARIA

Composición de las Comisiones Delegadas

Aragón

(1610I) Hospital General San Jorge

Presidente: Salillas Larrosa, Vicente.

Vocales:

Recreo Tomé, Jesús.

Guirao Larrañaga, Ramón. Casado Martínez, José Luis. Lahoz Banzo, Fernando.

(1610J) Hospital de Barbastro.

Presidente: Vallés Gallego, Víctor.

Vocales:

Perella Arnal, Matilde.

Palazon Astid, Rafael. Pina Salvador, José Manuel. Bernat Gili, Antonio.

(1610l)) Hospital Obispo Polanco.

Presidente: Vivó Lázaro, José Lorenzo.

Vocales:

Borao Aguirre, Perla.

Gallardo Ganuza, Carmen. Gracia Sánchez, Pilar. Fernández Madruga, Ramón.

(1610M) Hospital de Alcañiz.

Presidente: Castaño Lasaosa, Fernando.

Vocales:

Arnedo Ibáñez, Ana Isabel.

Ruiz Fernández, María Rosario. Aguilar Cortes, Eduardo. Almeida Herranz, Alberto.

(1610D) Hospital Universitario Miguel Servet.

Presidente: García Soriano, Juan Manuel.

Vocales:

Casado Martínez, José Luis.

Fuentes Solsona, Fernando. Rioja Sanz, Luis Angel. Hilario González, Julián.

(1610G) Hospital Ernest Lluch Martín.

Presidente: Guerrero Navarro, José Luis.

Vocales:

Alcazar Moreno, Rosa.

Catalán Ladrón, María Luisa. Molina Lorente, Enrique. Gamissans Maciá, Joaquín.

(1610E) Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa.

Presidente: Celaya Pérez, Sebastián. Vocales:

Cebollada Muro, Jesús.

Abos Olivares, Dolores. Casado Martínez, José Luis. Quintana Martínez, Jesús

Asturias

(3301) Hospital Central de Asturias.

Presidente: Astudillo González, José.

Vocales:

García Cueto, Carmen.

Del Busto Prado, Francisco. Medina Navarro, M.ª Fe. Colmeiro de Las Cuevas, Angel.

(3306) Hospital Álvarez Buylla.

Presidente: Gallego Rodríguez, Fernando.

Vocales:

García Solar, Francisco.

Tuñón Sánchez, Raquel. Matador Gutiérrez, José Antonio. García-Bobia Fernández, Covadonga.

(3307) Hospital de Cabueñes.

Presidente: López Domínguez, Orencio.

Vocales:

Riva Miranda, Guadalupe de la.

Veiga Nicole, Carmen. Sotres Fernández, Gabriel. Baños Gallardo, Mariano.

(3309) Hospital San Agustín.

Presidente: Escudero Navarro, José María.

Vocales:

Rivera Fernández, Antonio.

Pérez Clemente, Ana. Díaz Suárez, Juan Manuel. Baldonedo Cernuda, Ricardo.

(3310) Hospital Valle del Nalón.

Presidente: Pérez Arias, Ángel.

Vocales:

Crespo Aguilera, Dolores.

Martínez Noval, José Antonio. Moto López, Arturo. Sánchez Tabar, Miguel Angel.

(3323) Hospital Carmen y Severo Ochoa.

Presidente: García García, Ángeles.

Vocales:

Gutiérrez Bengoechea, Montserrat.

Díaz Suárez, Juan Manuel. Rubio Barbon, Silvino. Santamarina Giron, Luzdivina.

(3324) Hospital Comarcal de Jarrio.

Presidente: Floriano Fernández, Fernando.

Vocales:

Cerra Sabio, José Luis.

Álvarez Fernández, Angel. Álvarez Pérez, Rosario. Álvarez García, José Carlos.

Baleares

(0701) Hospital Son Dureta.

Presidente: Morlans Trolliet, Jorge.

Vocales:

Siquier Mascaro, Bartolomé.

Forteza-Rey Borralleras, Jorge. Orriols Martínez, Francisco Javier. Lázaro Ferreruela, Miguel.

(0704) Hospital Verge del Toro.

Presidente: Gómez Sabrido, Francisco.

Vocales:

Quadrado Quintana, José Francisco.

García Olives, Francisco. Lacueva Guallar, Francisco Javier. Fernández Alonso, Alejandro.

(0706) Hospital Can Misses.

Presidente: Martínez Jover, Ignacio.

Vocales:

Cascales García, Antonio.

Tous Purcallas, Francisco Javier. Parajua Pozo, José Luis. Martínez Fernández, José Ignacio.

Cantabria

(3903) Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

Presidente: Gómez Gutiérrez, José Marcos.

Vocales:

Seco Varas, Jesús.

García Castrillo Riesgo, Luis. Díaz Peña, José Manuel. Gómez-Ullate Vergara, Felipe.

(3905) Hospital Comarcal de Laredo.

Presidente: Urbieta Quiroga, María Antonia.

Vocales:

Lobo Blanco, José Antonio.

Hereros del Río, Luis. Seco Varas, Jesús. De la Puente-Campano Fernández, Luis Enrique.

(3907) Hospital Sierrallana.

Presidente: Alzueta Fernández, Ángel.

Vocales:

García Castrillo Riesgo, Luis.

Díaz Peña, José Manuel. Gómez-Ullate Vergara, Felipe. Ferreras Valiente, Margarita.

Castilla La Mancha

(0201) Hospital General de Albacete.

Presidente: Martínez Martín, Mariano.

Vocales:

Romero Rodrigo, Daniel.

Peyro García, Ramón S. López Moya, Juan. Pérez Flores, José Carlos.

(0207) Hospital de Hellín.

Presidente: López Gallardo, Emilio.

Vocales:

Beato Pérez, José Luis.

Calvo Moya, José. Gálvez Calderón, Jacinto. Gómez Bermejo, Miguel Fernando.

(1301) Complejo Hospitalario de Ciudad Real.

Presidente: Soriano Castrejon, Ángel.

Vocales:

García-Minguillan Talavera, Ángela.

Rodríguez Bobada Aguirre, Raimundo. Ortega Carnicer, Julián. Flores Nicolás, Matías.

(1303) Hospital Santa Bárbara.

Presidente: Santos Gómez, Álvaro.

Vocales:

Valcarcel Ferreiro, Concepción.

Bernabeu Carretero, Rosa M.ª Moreno Honorato, Salvador. Portillo Sánchez, José.

(1307) Hospital Gutiérrez Ortega.

Presidente: García Rodríguez, Rosa M.ª

Vocales:

Moya Corredor, Manuela.

Reales Figueroa, Pedro. Casenave Jiménez, Enrique. Luna Hita, Francisco.

(1313) Hospital General la Mancha-Centro.

Presidente: Fernández Sanz, Jesús Manuel.

Vocales:

González-Calero González-Elipe, Francisco.

Sánchez-Migallon Sánchez-Gil, Jesús. Sánchez-Carnerero Guijarro, Agustín. Ruiz Carrillo, Francisco.

(1601) Hospital General Virgen de la Luz.

Presidente: Val Begueria, Jesús Manuel.

Vocales:

Montero López, Luis.

Paz Calvo, Rubén. Fernández Prieto, Adolfo. Ruiz Navalón, Juana.

(1901) Hospital Universitario de Guadalajara.

Presidente: Carlevaris Andres, Pedro.

Vocales:

Rodríguez Zapata, Manuel Miguel.

Balaguer Recena, Javier. Sánchez Martínez, Lorenzo. Otero Tejero, Ignacio J.

(4501) Complejo Hospitalario de Toledo.

Presidente: Coton Cabañero, Fernando.

Vocales:

Gutiérrez Romero, José Ramón.

Arrese Cusculluela, M. Ángeles. Gómez Rodríguez, Antonio. Moragon Morales, Mariano.

(4503) Hospital Nuestra Señora del Prado.

Presidente: González García, Eduardo.

Vocales:

López Ónega, Pedro.

De la Cruz Torres, José. Celdran Gil, José. Moragon Morales, Mariano.

Castilla y León

(0501) Hospital Nuestra Señora de Sonsoles.

Presidente: Rico Jiménez, Juan Bautista.

Vocales:

Santana Acuña, Esther.

Serrano Heranz, Regino. Carmona Saez, Teodoro. Otero Gómez, Miguel.

(0901) Hospital General Yagüe.

Presidente: Tenza Pérez, Tomás.

Vocales:

Arias Martínez-Mata, José Luis.

Pérez Salvador, José Luis. Marcos Díaz, José. Mateos Otero, Javier.

(0907) Hospital Santiago Apóstol.

Presidente: Besga Hernando, Arsenio.

Vocales:

González Tejedor, Teodoro.

Yarritu Villanueva, Carmelo. Álvarez Rabanal, Rosa Ana. Zamarron Moreno, Agustín.

(0971) Hospital Santos Reyes.

Presidente: Lozano Yagüe, Teófilo.

Vocales:

Gil de la Puente, Javier.

Cancelo Suárez, Pedro. Sainz de la Torre, Cristina. La Mata Franco, Gregorio de.

(2401) Hospital El Bierzo.

Presidente: Rodríguez-Hevia González, Alfonso.

Vocales:

López Nicolás, Secundino.

Quintela Ozores, Adolfo. Loubeau Laurenceau, Leslie. Sandoval Garzón, José JuliÁn.

(2403) Complejo Hospitalario de León.

Presidente: González González, Mario.

Vocales:

Huerga Fernández, M.ª Antonia.

Rodríguez García, Carmen. Roa Luzuriaga, Juan Manuel. Díaz Villarig, José Luis.

(3401) Hospital General Río Carrión.

Presidente: Diezhandino Andres, Belén.

Vocales:

Vega Pérez, Juan José.

Ibáñez Gallego, Gonzalo. Hompanera González, Julio. Moreno Borro, Milagros.

(3701) Complejo Hospitalario de Salamanca.

Presidente: Ceballos Alonso, Concepción.

Vocales:

Teijeiro Bermejo, Florentino.

Bartol Nieto, Jesús. Sanz Ortega, Francisco. Arcaya Navarro, Jesús Manuel.

(4001) Complejo Hospitalario de Segovia.

Presidente: Fernández Ampudia, Pilar.

Vocales:

Duarte García-Luis, Jacinto.

Martín Moreno, Santiago. Poza Ruiz, Andrés de la. Real Puerta, José Luis.

(4201) Hospital General del Insalud de Soria.

Presidente: Lázaro Asensio, Aurora.

Vocales:

Laporta Irigoyen, Luis.

García Gil, Amada. Asensio Sánchez, Manuel J. Villaverde Cabezudo, José Angel.

(4701) Hospital Universitario del Río Hortega.

Presidente: Ibáñez Fraile, Antonio.

Vocales:

Cortejoso Gonzalo, Benito.

Catalina Manso, Andrés. Dueñas Laita, Antonio. Ortiz Saenz de Sta. María, M.ª Rosario.

(4707) Hospital Comarcal de Medina del Campo.

Presidente: Imaz Díaz, Miguel.

Vocales:

Vicente Lozano, José Manuel.

González García, Hermenegildo. Peñas Rica, Ángel. Atienza Sánchez, Ramón.

(4771) Hospital Clínico Universitario de Valladolid.

Presidente: Fontsare Ojeado, José Manuel.

Vocales:

Usategui Echeverria, Ricardo.

Pino Rebolledo, Jesús. Buisan Garrido, Carlos. Toledano Barrero, Manuel Angel.

(4901) Hospital Virgen de la Concha.

Presidente: García Bermejo, Jerónimo.

Vocales:

Martínez Fernández, Sebastián.

Fernández Escaja, Concha. Toranzo Cepeda, Tomás. San Cipriano Martín, Serafín.

Ceuta

(5171) Hospital de la Cruz Roja de Ceuta.

Presidente: Ramírez Rodrigo, Carlos.

Vocales:

Ortega Martín, Gloria.

Arjandas Daryanani, Kumar. Querol Gutiérrez, Juan Carlos. Lavers Monclús, Rafael.

Extremadura

(0607) Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena.

Presidente: Puente Campo, Julián.

Vocales:

Fernández Carazo, Amparo.

Fernández Barrios, Fulgencio. Valencia Roldán, Carlos. Calderón de la Barca Forcallo, Antonio.

(0610) Hospital de Mérida.

Presidente: Sanz Marca, Antonio.

Vocales:

Gordillo Ballesteros, José Carlos.

Narváez Bermejo, José M.ª Rubio Núñez, Pedro Luis. Soltero Godoy, Amalia.

(0618) Hospital General de Llerena.

Presidente: Torres Lagar, Juan Alfonso.

Vocales:

Vázquez Pérez, Carmen.

Vázquez Martín, Miguel. Espejo Márquez, José Jacinto. Gordillo Ballesteros, José Carlos.

(0619) Hospital Infanta Cristina.

Presidente: Cubero Gómez, Juan José.

Vocales:

Morales Blanco, Pedro.

Lorente Moreno, Rafael. Parra Rodríguez, Francisco. Moro Velasco, M.ª Paz.

(1001) Complejo Hospitalario de Cáceres.

Presidente: Covarsí Rojas, Adelardo.

Vocales:

Sánchez González, Basilio.

Plaza Cuesta, Abelina. Vaquero Gajate, Guillermo Jesús. Albéndiz Ruiz, Vicente.

(1003) Hospital Virgen del Puerto.

Presidente: Bravo Cañadas, Víctor M.

Vocales:

Manrique García, Rafael.

Pereira Espinel, Pedro. Gutiérrez Vivas, Agustín. Ligero Domínguez, Ángel.

(1009) Hospital Campo Arañuelo.

Presidente: Aparicio Jabón, Pedro.

Vocales:

Prudencio Paris, Calixto.

Jiménez Salgado, José Antonio. Moreiras Jiménez, José Luis. Cabezas Zamora, Miguel.

(1010) Hospital Ciudad de Coria.

Presidente: Franco Rubio, Ceciliano.

Vocales:

Garrote Sastre, Eladio Matías.

Prado Morales, Ángel. Calderón Molina, José Luis. Hernández Batuecas, Inocencio.

La Rioja

(2601) Complejo Hospitalario San Millán-San Pedro.

Presidente: Preciado López, Julián.

Vocales:

Vizcaíno López, Antonio.

Martínez Castellanos, Fernando. Gómez Sáenz, José Tomás. Tella Madorran, Jaime.

Madrid

(2803) Hospital Universitario La Paz.

Presidente: Fernández Rial López, José Carlos.

Vocales:

Arnalich Fernández, Francisco.

Juárez Alonso, Salvador. Mariscal Sistiaga, Francisco. Moreno Gómez-Limón, Isidro.

(2808) Hospital 12 de Octubre.

Presidente: Ramos Rodríguez, Victoria.

Vocales:

Alted López, Emilio.

Alonso Navas, Félix. Dorado Pombo, Soledad. Guillén Camargo, Vicente.

(2843) Hospital Ramón y Cajal.

Presidente: González Lanza, Mariano.

Vocales:

López de la Morena, Juan Carlos.

Montalbán Sanz, Carlos. Sin Designar. Serrano Comino, Manuel.

(2846) Hospital Universitario Puerta de Hierro.

Presidente: Rodríguez Fernández, Jesús.

Vocales:

Martín Jiménez, Teodoro.

Moya Mir, Manuel Sebastián. Martín Martín, Fernando. Román García, Feliciano.

(2855) Hospital de Móstoles.

Presidente: García Navarrete, Fernando.

Vocales:

Perianes Matesanz, José Francisco.

García Delgado, Emilio. Gómez Molero, Lope Fernando. Barros Aguado, Carlos Antonio.

(2856) Hospital Severo Ochoa.

Presidente: Marfull Villena, Carlos.

Vocales:

Montes Mieza, Luis.

Nogal Saez, Frutos del. Plaza Canteli, Susana. Jusdado Ruiz-Capillas, Juan José.

(2872) Hospital Universitario de la Princesa.

Presidente: Jiménez González-Anleo, M.ª Luisa.

Vocales:

Isasia Muñoz, Tomás.

Clerigué Lozano, Alberto. Martínez García, Carmen. Sin Designar.

(2874) Hospital Clínico San Carlos - P.8

Presidente: Vargas Castrillón, Emilio.

Vocales:

Gallego Hernández, Arturo.

Ramírez Armengol, Juan Andrés. Villarroel González-Elipe, Pedro. Díaz Fernández, Andrés José.

Melilla

(5202) Hospital Comarcal de Melilla.

Presidente: Fernández García, Soledad.

Vocales:

García Castillo, Antonio M.ª

Montis Pelegay, José Manuel. Sin Designar. Sin Designar.

Murcia

(3001) Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca.

Presidente: Claver Valderas, María Antonia.

Vocales:

Martínez Fresneda, Mariano.

Torres Martínez, Ginés. Ortega González, Ginés. Gómez Yelo, Antonio.

(3003) Hospital General Universitario J. M. Morales Meseguer.

Presidente: Arenas Díaz, Carlos Alberto.

Vocales:

Aguayo Albasini, José Luis.

Andreo Martínez, José Antonio. Carrillo Alcaráz, Andrés. Redondo Luciañez, Esther Raquel.

(3006) Hospital General de Área Santa María del Rossell.

Presidente: Escribano Rebollo, Cástor Pedro.

Vocales:

Jiménez Pagán, Francisco.

Herrero Sagastume, Vicente. Sin Designar. Ignatelli Albarracín, Fernando.

(3009) Hospital Rafael Méndez.

Presidente: Artero Galán, José Miguel.

Vocales:

Mene Fenor, Enrique.

Mulero Conde, Juan Luis. Mula García, José Antonio. Victoria Díaz, Andrés.

(3019) Hospital Virgen del Castillo.

Presidente: Alcaraz Quiñonero, Manuel.

Vocales:

González-Moro Prats, Luis Joaquín.

Falomir Gil, Godofredo. Hernández Aznar, Fernando José. Castaño Rodríguez, Juan Antonio.

(3020) Hospital Comarcal del Noroeste.

Presidente: Murcia Valcárcel, Angel Alberto.

Vocales:

López Robles, Julián.

López Soriano, Francisco. Chamorro Ortega, Aurelio. Laborda Reinon, Vicente.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar correctamente la instancia de petición de plazas de la fase de provisión del proceso de consolidación de empleo de las categorías correspondientes al Grupo A

Instancia de petición de plaza

A) Datos de la convocatoria

Se hará constar el código de la categoría a la que se concursa, escribiéndose el nombre completo en la casilla correspondiente. Los códigos de las categorías figuran en el Anexo II de esta Orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente.

Se hará constar si ha participado en otra categoría y/o especialidad, detallándose en cuál.

B) Datos personales

Identifican al concursante, debiendo cumplimentarse cuidadosamente sin omitir ninguno de los datos pedidos.

C) Situación desde la que concursa.

Define los aspectos administrativos y profesionales del concursante.

Las situaciones administrativas desde las que se puede concursar son:

1. Expectativa de destino: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación el número y fecha del B.O.E. por el que se le declara en esta situación.

2. Activo: Ponga una X en la casilla correspondiente y a continuación la fecha por este orden, día, mes y año del último nombramiento. 3. Reingreso provisional: Ponga una X en la casilla correspondiente y a continuación la fecha, por este orden, día, mes y año de la Resolución que le concedió el reingreso provisional. 4. Excedencia voluntaria: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación la fecha, por este orden, día, mes y año de la Resolución que le concedió la excedencia. 5. Excedencia por incompatibilidad: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación, la fecha, por este orden, día, mes y año de la Resolución que concedió la excedencia por incompatibilidad. 6. Excedencia con reserva de plaza: Ponga una X en la casilla correspondiente, y a continuación, la fecha por este orden, día, mes y año, en la que fue concedida dicha excedencia.

Si el concursante participa desde la situación de expectativa de destino escribirá en el espacio correspondiente, el nombre del Centro en el que actualmente presta servicios en la categoría si se trata de Institución Sanitaria de la Seguridad Social. En la casilla correspondiente a Código de Centro, escribirá los dígitos correspondientes al Centro donde presta servicios, según consta en Anexo A de estas Instrucciones, seguido de los dígitos correspondientes a su categoría.

Si el concursante participa desde la situación de activo o reingreso provisional escribirá el nombre del Centro donde actualmente tiene su plaza. En la casilla correspondiente a Código de Centro escribirá los dígitos que corresponden al Centro donde tiene su plaza seguido de los dígitos asignados a su categoría (que figuran, respectivamente, en el Anexo A de las presentes instrucciones y en el Anexo II de esta orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente). Si el concursante participa desde la situación de excedencia con Reserva de plaza, en el espacio correspondiente escribirá el nombre del Centro donde tiene su reserva de plaza. En la casilla correspondiente a Código del Centro escribirá los dígitos del Centro donde tiene su reserva de plaza, seguido de los dígitos correspondiente a su categoría (que figuran, respectivamente, en el Anexo A de las presentes instrucciones y en el Anexo II de esta orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente). Si el concursante participa desde excedencia voluntaria o desde excedencia por incompatibilidad en el espacio correspondiente escribirá excedencia y en la casilla correspondiente al código de centro escribirá cuatro ceros: «0000», seguidos de los dígitos correspondientes a su categoría (que figuran, respectivamente, en el Anexo A de las presentes instrucciones y en el Anexo II de esta orden por la que se inicia la fase de provisión de la categoría correspondiente). Si el concursante participa desde Comunidades Autónomas con transferencias anteriores a 1 de Enero de 2002, escribirá el nombre del Centro en el espacio correspondiente y en la casilla del código del Centro, los cuatro dígitos asignados a las Comunidades Autónomas que aparecen en el Anexo B de las presentes instrucciones seguido de los dígitos de la categoría. En el «Espacio reservado para la Administración», el concursante no debe escribir nada.

Codificación de plazas

Consta de cuatro columnas en las que se relacionará los Centros solicitados por orden de preferencia, con independencia del Centro de Gestión donde posteriormente se realicen las entrevistas. Se empezará por la primera columna, de arriba abajo, continuando por la segunda y así sucesivamente. Cada plaza solicitada se codificará haciendo constar el código del Centro que figura en el Anexo A de estas Instrucciones, seguido del código de la categoría correspondiente. Asimismo los propietarios que participen voluntariamente en esta Fase de Provisión podrán consignar cualquier otro código que resulte de su interés y que pueda quedar vacante como consecuencia de la Resolución de esta fase. En el Anexo A de las presentes instrucciones figura la relación de los centros con sus respectivos códigos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO «B» DE LAS INSTRUCCIONES

Comunidad Autónoma

Código

ANDALUCÍA

0010

ISLAS CANARIAS

0020

CATALUÑA

0030

GALICIA

0040

NAVARRA

0050

PAÍS VALENCIANO

0060

PAÍS VASCO

0070

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