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Por Orden INT/3022/2004, de 14 de septiembre (BOE núm. 229, de 22 de septiembre de 2004), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de premios para Tesis Doctorales y trabajos de investigación sobre protección civil promovidos por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, y de acuerdo con lo establecido en la Orden INT/985/2005, de 7 de abril de 2005, esta Dirección General de Protección Civil y Emergencias ha resuelto aprobar la presente convocatoria de los premios para Tesis Doctorales y trabajos de investigación sobre protección civil para el año 2005 que se desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
Primero. Cuantía de los Premios.-La cuantía total de los premios es de quince mil euros (15.000,00), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 16.01.134M.481, en la cual existe crédito suficiente, habiéndose tramitado el correspondiente expediente de gasto. Dicha cuantía se distribuirá de la siguiente forma: Primer premio: 6.000 €.
Segundo premio: 4.200 €. Tercer premio: 2.400 €. Cuarto premio: 2.400 €.
Segundo. Objeto y finalidad de los premios.-El objeto y finalidad de los premios es subvencionar a los autores de Tesis Doctorales y trabajos de investigación relacionados con la protección civil en situaciones de emergencia colectiva.
Tercero. Modalidad de concesión.-La concesión de las subvenciones se efectuará mediante concurrencia competitiva. Cuarto. Personas que pueden optar.-Podrán optar a los premios, según la base reguladora segunda de la Orden INT/3022/2004, las personas físicas de nacionalidad española o de cualquiera de los países que conforman la Comunidad Iberoamericana o de los Estados Miembros de la Unión Europea que hayan realizado y aprobado sus tesis doctorales en una Universidad española. Podrán optar asimismo, los autores de trabajos de investigación, dirigidos por un Doctor, que hayan producido resultado cuya utilidad, aplicabilidad, difusión e impacto sean objetivamente evaluables. Quinto. Fecha de realización y temática de los trabajos.-Las Tesis Doctorales y los trabajos de investigación que se presenten a los premios deberán haber sido realizados y aprobados antes del 31 de diciembre de 2004. La temática de las Tesis Doctorales y los trabajos de investigación deberán encuadrarse en el ámbito de las ciencias experimentales, técnicas y de la salud, siempre que los temas que se desarrollen puedan incluirse entre los que son objeto del sistema de protección civil y se encuentren referidos a su aplicación a la gestión de riesgos catastróficos, su causalidad y prevención, la actuación en emergencias, la evaluación de daños, el restablecimiento de la normalidad en las poblaciones afectadas, la reconstrucción, etc., así como cualquier otra de las facetas a que hace referencia la protección civil. Sexto. Órgano competente para la instrucción y resolución.-El órgano competente para la instrucción es la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, siéndolo a su vez para la resolución por la delegación del Ministro del Interior de acuerdo con la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades. Séptimo. Presentación de solicitudes.-Las solicitudes para optar a las subvenciones objeto de la presente convocatoria deberán presentarse en el registro de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, C/ Quintiliano, núm. 21, Madrid 28002, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria. A la solicitud se acompañará la documentación que se indica en la base reguladora tercera de la ORDEN INT/3022/2004, junto con una traducción al castellano de la memoria explicativa, a que hace referencia el punto d), en el caso de que la Tesis o el trabajo este realizado en una de las otras lenguas oficiales del Estado español, de la Unión Europea o de la Comunidad Iberoamericana. Los puntos a) y f) de la antedicha base reguladora tercera se cumplimentaran según modelos que se adjuntan a esta Orden. (Anexo I) y (Anexo II). Octavo. Fecha límite de resolución.-El plazo máximo de resolución y notificación de concesión de los premios, será de seis meses contados desde la fecha de entrada en vigor de la presente Resolución. La notificación se practicará directamente a los interesados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Noveno. Normas de aplicación.-En todo lo no previsto en la presente Resolución, se aplicará lo establecido en la Orden INT/3022/2004, de 14 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de premios a tesis doctorales y trabajos de investigación sobre protección civil. (BOE 22-9-2004).
Décimo. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 25 de mayo de 2005.-La Directora General, Celia Abenza Rojo.
ANEXO I
Solicitud:
Punto a) de la base reguladora tercera.
D/D.ª CON DNI NÚMERO Y DOMICILIO EN LA CALLE DE (localidad y provincia) Y NÚMERO DE TELÉFONO .
EXPONE:
ENTERADO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS DE DE DE 2005, PUBLICADA EN EL BOE NUMERO DE DE , POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS PARA TESIS DOCTORALES Y TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN SOBRE PROTECCIÓN CIVIL, Y TENIENDO EN CUENTA QUE ES AUTOR DE (una tesis doctoral o trabajo de investigación) SOBRE Y QUE REUNE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA Y EN LAS BASES REGULADORAS DE LA MISMA, PRESENTA EL MENCIONADO TRABAJO EN DUPLICADO EJEMPLAR EN FORMATO PAPEL Y COPIA EN SOPORTE ELECTRÓNICO CD, DENTRO DEL PLAZO FIJADO EN LA CONVOCATORIA.
EN , A DE DE 2005. FDO.
ANEXO II
Declaración de compatibilidad
Punto f) de la base reguladora tercera.
DON/DOÑA HABIÉNDOSE PRESENTADO A LA CONVOCATORIA DE LA DIRECTORA GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS, DE DE DE 2005, PUBLICADA EN EL BOE NUM. DE DE , REFERIDA A PREMIOS PARA TESIS DOCTORALES Y TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN SOBRE PROTECCIÓN CIVIL, DECLARA BAJO JURAMENTO NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS CAUSAS DE INCOMPATIBILIDAD ESTABLECIDAS EN EL ART. 13.2 DE LA LEY 38/2003, EN CUALQUIERA DE LAS FORMAS ESTABLECIDAS EN EL APARTADO 7 DEL CITADO ARTICULO.
EN , A DE DE 2005.
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