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Documento BOE-A-2005-11025

Resolución de 20 de junio de 2005, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se incrementa la reserva de crédito en el Fondo de Protección a la Cinematografía, para la concesión de ayudas sobre proyecto para la realización de largometrajes.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 28 de junio de 2005, páginas 22926 a 22926 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2005-11025

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de diciembre de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 7 de enero de 2005), se convocaron para el año 2005 ayudas para la realización de largometrajes que incorporen nuevos realizadores para la realización de obras experimentales de decidido contenido artístico y cultural, de documentales y pilotos de series de animación, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 526/2002, de 14 de junio.

Para tal fin se efectuó una reserva de crédito en el Fondo de Protección a la Cinematografía, aplicación 24.101.470 del Programa 335 C del presupuesto del Organismo, de 4 millones de euros. Sin embargo, el elevado número de proyectos presentados para las diferentes modalidades en demanda de las citadas ayudas, y la estimable calidad de las mismas, hace aconsejable incrementar la cantidad reservada, a fin de poder atender el mayor número de solicitudes. En su virtud esta Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales ha resuelto:

Incrementar la reserva de crédito efectuada por Resolución de 20 de diciembre de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 7 de enero de 2005), en las consignaciones presupuestarias del Fondo de Protección a la Cinematografía para el presente ejercicio, aplicación 24.101.470 del Programa 335C, en 2.000.000 de euros, para la concesión de ayudas sobre proyecto para la realización de largometrajes que incorporen nuevos realizadores, para la realización de obras experimentales de decidido contenido artístico y cultural, de documentales y pilotos de series de animación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 20 de junio de 2005.-El Director General, Fernando Lara Pérez.

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