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Documento BOE-A-2005-11056

Orden DEF/2007/2005 de 15 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas».

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2005, páginas 23035 a 23039 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2005-11056

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, (B.O.E. del día 8) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública. Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas por el Artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 25).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 2 plazas, de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», Código 5310, por el sistema de promoción interna. El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de especialización en la forma en que se relaciona a continuación:

Área de especialización

Número plazas

Gestión de Formación Científica

1

Psicología Laboral

1

Total plazas

2

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3. Programa

El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Requisitos específicos acceso por promoción interna

5.1 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al mencionado grupo C, y estar además destinados en la Administración General del Estado. 5.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo C.

6. Solicitudes

6.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Defensa, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos.

6.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Defensa. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 6.3. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV, y se acompañará de un Currículum Vitae del aspirante con los trabajos y documentos acreditativos del contenido del mismo. 6.4. Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de especialización de las señaladas en la base específica 1 de esta convocatoria.

7. Tribunal

7.1. El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. 7.2. El Tribunal, de acuerdo con el art. 4 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 7.3. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», carretera de Torrejón a Ajalvir, Km 4, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91 5201311 ó 5201243, dirección de correo electrónico marinent@inta.es.

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra F, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 (B.O.E. del 17 de enero).

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General de Personal del Ministerio de Defensa en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 15 de junio de 2005.-El Ministro.-P.D. (Orden 1612/04, de 1 de junio, B.O.E. 133, de 02.06.04), el Director General de Personal, Vicente Salvador Centelles.

Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Presidente del Tribunal Calificador

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito en idioma castellano dos temas relacionados con las materias del área de especialización elegida por el aspirante según el programa del Anexo II, a escoger entre cuatro extraídos al azar por el Tribunal en presencia de los aspirantes.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de cuatro horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal cuando éste lo disponga, el cual lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas, y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. Se otorgará una calificación máxima de 15 puntos (hasta 7,5 puntos por cada tema), siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para superarlo. Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado con las materias del área de especialización elegida por el aspirante, según el programa del Anexo II. El Tribunal propondrá tres supuestos por cada área de especialización, de los que el aspirante extraerá dos al azar en presencia del Tribunal y resolverá uno, a su elección, de entre los dos extraídos. Para la realización de este ejercicio el aspirante podrá llevar consigo y consultar toda la documentación que estime necesaria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, cuando éste lo disponga, con carácter previo a su calificación. Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal, durante un tiempo máximo de quince minutos formulará preguntas sobre el tema desarrollado u otros que tengan relación con el mismo. Se otorgará una calificación máxima de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superar el ejercicio. En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se señala en los párrafos anteriores. El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación del ejercicio. Para calcular este valor medio se excluirá del cómputo de puntuaciones del aspirante en el ejercicio, la mas alta y la mas baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida mas de una máxima y una mínima. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

Se valorarán los siguientes méritos: a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, a que se refiere la base 5, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos 0,50 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que tenga consolidado el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado como tal a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 se asignarán 2,50 puntos, y por cada unidad que exceda del 14, se otorgarán 0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta nivel 16: 5,00 puntos.

Nivel 17: 5,50 puntos. Nivel 18: 6,00 puntos. Nivel 19: 6,50 puntos. Nivel 20: 7,00 puntos. Nivel 21: 7,50 puntos. Nivel 22 en adelante: 8,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso. A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del grupo C. d) Cursos realizados: Por los cursos realizados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con el área de especialización a la que se opte, según el programa del Anexo II, hasta un máximo de tres puntos, a razón de 0,50 por cada curso. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. 3. La mayor puntuación alcanzada en antigüedad. 4. La mayor puntuación otorgada al trabajo desarrollado. 5. La mayor puntuación otorgada al grado personal consolidado.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II Programa

Área de especialización: Gestión de Formación Científica

Tema 1. Fomento y coordinación general de la investigación científica y tecnológica en España. Tema 2. El Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico. Tema 3. La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología. Tema 4. Organismos Públicos de Investigación. Tema 5. Organismos Públicos de Investigación. Explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación. Tema 6. Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial. Tema 7. El Estatuto del becario. Tema 8. Convocatorias de becas. Elaboración y contenido. Tema 9. Proceso de selección en los candidatos a becas. La entrevista personal. Tema 10. Régimen de formación previsto en el Convenio Único para el personal laboral. Tema 11. Diagnóstico de necesidades de formación. Definición y fases del diagnóstico. Tema 12. Instrumentos para determinar las necesidades de formación. Tema 13. Funciones y tareas del gestor de formación. Tema 14. Formación Continua. Concepto. Tema 15. Planes de formación. Tipos y contenido. Tema 16. Negociación de los criterios a los que deberán ajustarse los planes de formación. Tema 17. Negociación, tramitación y gestión de los planes de formación. Tema 18. Comisión General para la Formación Continua (I). Funciones. Tema 19. Comisión General para la Formación Continua (II). Funcionamiento y composición. Tema 20. Comisiones de Formación Continua. Tema 21. Financiación de los planes de formación. Tema 22. Promotores de planes de formación y obligaciones de los mismos. Tema 23. Modalidades de gestión de planes de formación y gastos financiables. Tema 24. Evaluación del plan de formación. Tema 25. Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 2003-2004 para la modernización y mejora de las Administraciones Públicas (I). Objetivos. Tema 26. Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 2003-2004 para la modernización y mejora de las Administraciones Públicas (II). Medidas dirigidas a aumentar la eficacia y la calidad en la prestación de los servicios. Planificación de recursos humanos. Tema 27. Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 2003-2004 para la modernización y mejora de las Administraciones Públicas (III). Medidas encaminadas a impulsar la profesionalización y cualificación de los empleados públicos. Carrera administrativa y promoción interna. Tema 28. Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 2003-2004 para la modernización y mejora de las Administraciones Públicas (IV). Medidas encaminadas a impulsar la profesionalización y cualificación de los empleados públicos. Capacitación profesional de los empleados públicos. Formación continua. Tema 29. Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 2003-2004 para la modernización y mejora de las Administraciones Públicas (V). Medidas encaminadas a la mejora de las condiciones de trabajo del personal. Prevención de riesgos laborales. Tema 30. Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 2003-2004 para la modernización y mejora de las Administraciones Públicas (VI). Medidas de ordenación retributiva e incentivos salariales vinculados a las propuestas de modernización y mejora de la calidad en la Administración Pública.

Área de especialización: Psicología Laboral

Tema 1. Afrontamiento del estrés laboral. Tema 2. La fobia a volar y sus consecuencias. Tema 3. El trastorno de pánico: concepto y diagnóstico. Tema 4. Intervención cognitiva en las ideas irracionales de Albert Ellis. Tema 5. Modelo de Beck: distorsiones cognitivas y terapia cognitiva. Tema 6. Bases teóricas de la terapia cognitivo conductual. Tema 7. La exposición a estímulos interoceptivos y externos en los ataques de pánico. Tema 8. Diagnostico e intervención en Agorafobia. Tema 9. Programa de tratamiento de la ansiedad social en el miedo a hablar en público. Tema 10. Clasificación de los trastornos de ansiedad. Tema 11. Tratamiento psicológico de la ansiedad. Tema 12. Síndrome clínico del trastorno obsesivo-compulsivo. Tema 13. Evaluación de la fobia social Tema 14. Tratamiento de las habilidades sociales Tema 15. Técnicas de modificación de conducta. Tema 16. La asertividad y sus técnicas. Tema 17. Programas de tratamiento de la ansiedad social. Tema 18. Entrenamiento en comunicación verbal. Tema 19. Modelo de la depresión de A. Beck. Tema 20. Las habilidades del terapeuta. Tema 21. Terapia cognitivo conductual de la depresión. Tema 22. Miedo a hablar en público y sus repercusiones. Tema 23. Entrenamiento en técnicas de solución de problemas. Tema 24. Tratamiento e intervención en los ataques de pánico. Tema 25. Delimitación conceptual del estrés y modelo interpretativo. Tema 26. La evaluación del trastorno de pánico. Tema 27. Consecuencias del trastorno de Agorafobia. Tema 28. Entrenamiento en comunicación no verbal. Tema 29. Forma de proceder y pasos en el desarrollo de la evaluación conductual. Tema 30. Técnicas de intervención en la ansiedad generalizada.

ANEXO III Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidente: D. Francisco Javier Jiménez Royo, Funcionario de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

Secretario:

D. Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo Jurídico Militar de la Defensa. Vocales: D.ª María Teresa Mariné Nieto, Funcionaria de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

D.ª Concepción Núñez Colás, Funcionaria de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA. D. Manuel Matilla Escribano, Funcionario de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

Tribunal Suplente:

Presidente: D. Bartolomé Marqués Balaguer, Funcionario de la Escala de Científicos Especializados del INTA.

Secretario:

D. José Antonio Louro Rodríguez, Comandante del Cuerpo de Intervención de la Defensa. Vocales: D.ª M.ª Ángeles Sánchez Tapia, Funcionaria de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA.

D. Antolín Gómez Gil, Funcionario de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA. D.ª M.ª Cruz Gutiérrez Herreros, Funcionaria de la Escala de Científicos Especializados del INTA.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará: Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA, código 5310.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el área de especialización concreta a la que desea presentarse. No es necesario indicar código. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra mayúscula «P» (promoción interna). En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante» se consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar código. En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. El recuadro 20, «Provincia de examen», no es necesario su cumplimentación. En el recuadro 21, «Minusvalía»: los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales» se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4 de esta convocatoria. En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de pertenencia del aspirante según se indica en la base específica 5. La tasa por derechos de examen es de 9,76 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, sucursal 2370, con domicilio en calle de Alcalá número 16, de Madrid, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 14020. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

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