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Documento BOE-A-2005-11401

Orden TAS/2113/2005, de 27 de abril, por la que se clasifica la Fundación Santayana Iberomorazánica de asistencia social, cooperación para el desarrollo y culturales con ámbito estatal y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2005, páginas 23710 a 23711 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-11401

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente, para la inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, de la Fundación Santayana Iberomorazánica, instituida en Valladolid y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida mediante escritura pública, otorgada ante el Notario de Valladolid, Don Manuel Sagardia Navarro, el día 12 de julio de 1995, con el número 1.870 de su orden de protocolo, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Junta de Castilla y León, en virtud de la Orden de la Consejería de Educación y Cultura de fecha 31 de marzo de 1998, con el número 49. Segundo.-La referida Fundación, con fecha 30 de diciembre de 2004, ha comunicado al Protectorado de Fundaciones Culturales de la Junta de Castilla y León la modificación de sus Estatutos, para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Entre las modificaciones practicadas, figura la modificación de sus fines y actividades; incidiendo en los aspectos sociales más que en los culturales, según se recoge en los artículos 6.º y 7.º de los nuevos estatutos; el cambio del domicilio social de la Fundación a la Avenida del Mediterráneo, número 11, 2.º A, de Madrid, y la ampliación de su ámbito de actuación territorial, que pasa a ser nacional. Por ello, el Patronato ha solicitado que se practiquen las inscripciones que procedan y se transfiera el ejercicio de las competencias de Registro y Protectorado a la Administración competente. Tercero.-La Consejería de Cultura y Turismo, dependiente de la Junta de Castilla y León, mediante oficio de fecha 26 de enero de 2005, remite copia de escritura, donde constan los nuevos Estatutos de la Fundación, para que por este Protectorado se verifique la adecuación de los mismos a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y determine si el Protectorado sobre la misma corresponde a este Departamento. Cuarto.-Este Protectorado manifestó, mediante oficio de fecha 14 de febrero de 2005, su conformidad con los Estatutos de la Fundación y la asunción de competencias como tal Protectorado sobre la misma, atendiendo a su finalidad asistencial y ámbito de actuación territorial, a partir de la recepción de la correspondiente documentación. Quinto.-El Protectorado y el Registro de Fundaciones de la Junta de Castilla y León, atendiendo a los acuerdos del Patronato de la Fundación y estimando que son conforme a derecho, han acordado transferir, mediante Resolución de fecha 3 de marzo de 2005, las competencias sobre la misma a este Protectorado y al Registro de Fundaciones Asistenciales. Sexto.-Recibidos y examinados los antecedentes de la Fundación, éstos se ajustan a la legislación vigente en materia de fundaciones de competencia estatal.

Vistos la Constitución Española, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre; y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio.

Fundamentos de Derecho

Primero.-A la Administración General del Estado-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las fundaciones de asistencia social, respecto de aquellas de competencia estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 y disposición transitoria tercera de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en relación con el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales (artículo 9), y con los Reales Decretos 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio, por los que se aprueba y desarrolla, respectivamente, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad es competente para resolver el presente expediente, en virtud de la Disposición adicional sexta del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, en relación con la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E. del día 27 de mayo), corregida por la Orden Ministerial de 25 de junio de 1996 (B.O.E. del día 27 de junio) y modificada, entre otras, por Orden de 15 de marzo de 2001 (B.O.E. del día 29 de marzo) y por la Orden de 3 de febrero de 2003 (B.O.E. del día 5 de febrero). Segundo.-La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, establece que se inscribirán en el Registro, entre otros actos, la constitución de la fundación, la modificación o nueva redacción de los Estatutos, el nombramiento, revocación, sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa, de los miembros del patronato y otros órganos creados por los Estatutos, y las delegaciones y apoderamientos generales concedidos por el patronato y la extinción de estos cargos.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Aceptar la documentación de la Fundación Santayana Iberomorazánica, domiciliada en Madrid, cuyos fines de interés general son predominantemente de asistencia social, cooperación para el desarrollo y culturales, pasando este Departamento a ejercer el Protectorado sobre la misma.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, bajo el número 28/1.347. Tercero.-Registrar sus Estatutos, elevados a públicos mediante escritura otorgada por el Patronato de la Fundación ante el Notario de Madrid, don Norberto González Sobrino, el 29 de diciembre de 2004, con el número 7.162 de su protocolo. Cuarto.-Registrar la composición del Patronato.

Quinto.-Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 27 de abril de 2005.-P. D. (O. de 15 de marzo de 2001), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.

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