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Documento BOE-A-2005-11446

Orden TAS/2123/2005, de 6 de abril, por la que se clasifica la Fundación Grupo Norte de asistencia social, protección de salud y cooperación para el desarrollo, y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2005, páginas 23760 a 23761 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-11446

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente, para la clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, de la Fundación Grupo Norte, instituida en Valladolid, y teniendo en consideración los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero: La Fundación fue constituida mediante escritura pública, otorgada ante el Notario de Valladolid, Don Francisco Fernández-Prida Migoya, el día 30 de agosto de 2001, con el número 2.617 de su orden de protocolo, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con el número 470110CL. Segundo: La referida Fundación ha comunicado al Protectorado de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León la modificación de sus Estatutos, para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Entre las modificaciones practicadas, figura el cambio del domicilio social de la Fundación a la calle Infanta Mercedes, número 90, de Madrid, y la ampliación de su ámbito de actuación territorial, que pasa a ser nacional. Por ello, el Patronato ha solicitado que se practiquen las inscripciones que procedan y se transfiera el ejercicio de las competencias de Registro y Protectorado a la Administración competente. Tercero: La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, dependiente de la Junta de Castilla y León, mediante oficio de fecha 4 de enero de 2005, remite copia de escritura donde constan los nuevos Estatutos de la Fundación, para que por este Protectorado se verifique la adecuación de los mismos a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y determine si el Protectorado sobre la misma corresponde a este Departamento. Cuarto: Este Protectorado manifestó, mediante oficio de fecha 28 de enero de 2005, su conformidad con los Estatutos de la Fundación y la asunción de competencias como tal Protectorado sobre la misma, atendiendo a su finalidad asistencial y ámbito de actuación territorial, a partir de la recepción de la correspondiente documentación. Quinto: El Protectorado y el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, atendiendo a los acuerdos del Patronato de la Fundación y estimando que son conforme a derecho, han acordado transferir, mediante Resolución de fecha 8 de febrero de 2005, las competencias sobre la misma a este Protectorado y al Registro de Fundaciones Asistenciales. Sexto: Recibidos y examinados los antecedentes de la Fundación, éstos se ajustan a la legislación vigente en materia de fundaciones de competencia estatal.

Vistos la Constitución Española, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre; y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio.

Fundamentos de Derecho

Primero: A la Administración General del Estado-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las fundaciones de asistencia social, respecto de aquellas de competencia estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 y disposición transitoria tercera de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en relación con el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales (artículo 9), y con los Reales Decretos 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio, por los que se aprueba y desarrolla, respectivamente, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad es competente para resolver el presente expediente, en virtud de la Disposición adicional sexta del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, en relación con la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E. del día 27 de mayo), corregida por la Orden Ministerial de 25 de junio de 1996 (B.O.E. del día 27 de junio) y modificada, entre otras, por Orden de 15 de marzo de 2001 (B.O.E. del día 29 de marzo) y por la Orden de 3 de febrero de 2003 (B.O.E. del día 5 de febrero). Segundo: La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, establece que se inscribirán en el Registro, entre otros actos, la constitución de la fundación, la modificación o nueva redacción de los Estatutos, el nombramiento, revocación, sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa, de los miembros del patronato y otros órganos creados por los Estatutos, y las delegaciones y apoderamientos generales concedidos por el patronato y la extinción de estos cargos.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero: Aceptar la documentación de la Fundación Grupo Norte, domiciliada en Madrid, cuyos fines de interés general son predominantemente de asistencia social, protección de la salud y cooperación para el desarrollo, pasando este Departamento a ejercer el Protectorado sobre la misma.

Segundo: Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, bajo el número 28/1.345. Tercero: Registrar sus Estatutos, elevados a públicos mediante escritura otorgada por el Patronato ante el Notario de Valladolid, don Francisco Fernández-Prida Migoya, el día 8 de noviembre de 2004, con el número 2.936 de su orden de protocolo. Cuarto: Registrar la composición del Patronato.

Quinto: Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 6 de abril de 2005.-P. D. (O. 15 de marzo de 2001), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.

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