La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 5 de abril de 2005, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la contratación celebrada por las Fundaciones constituidas al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud, 1999, 2000 y 2001, acuerda:
1. Instar al Gobierno a estudiar la conveniencia de modificar el artículo 1.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio), para garantizar que no queden fuera de su aplicación los diferentes entes y modelos de gestión de los servicios sanitarios públicos.
2. Instar a las Comunidades Autónomas a las que se han transferido las Fundaciones Hospitales fiscalizadas, a exigir el cumplimiento en estas entidades, de los requisitos de publicidad y concurrencia en la contratación de forma sistemática, así como las necesarias garantías de objetividad y transparencia, definiendo procedimientos claros y objetivos de adjudicación. 3. Instar a las Comunidades Autónomas a las que se han transferido las Fundaciones Hospitales fiscalizadas a que garanticen dichas entidades, por el carácter de servicio público que prestan, el respeto de los principios constitucionales de eficiencia y economía en la gestión de los fondos públicos tanto en su funcionamiento interno como en su régimen de contratación. 4. Instar a dichas Comunidades Autónomas a que presenten un informe al Consejo Interterritorial de los mecanismos de mejora que se han adoptado de acuerdo a las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. 5. Instar al Tribunal de Cuentas a que complete la fiscalización de las Fundaciones Hospital, en los ejercicios 2002-2004 para evaluar la situación, una vez producida la transferencia de la asistencia sanitaria a las Comunidades Autónomas. 6. Instar al Ministerio de Sanidad y Consumo a que, en el ámbito de sus competencias, promueva la introducción en el Sistema Nacional de Salud de sistemas de evaluación de los diferentes modelos organizativos y de gestión para que, a través de sus resultados se pueda conseguir la mejora continua de los sistemas de gestión existentes.
7. Instar al Ministerio de Sanidad y Consumo a que, en el ámbito del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, promueva el estudio de eventuales modificaciones legislativas para una mejor garantía de los principios constitucionales de eficiencia y economía en la actuación del Sector Sanitario Público.
Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de abril de 2005.-El Presidente, Francesc Antich Oliver.-El Secretario, José Ramón Mateos Martín.
(En suplemento aparte se publica el informe de fiscalización correspondiente)
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