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Documento BOE-A-2005-12456

Resolución de 30 de junio de 2005, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se da publicidad a las sanciones por infracción muy grave impuestas a Aguilar y de la Fuente, Agencia de Valores, S. A., y a don Luis Aguilar Fernández-Hontoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2005, páginas 25773 a 25773 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2005-12456

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Aguilar y de la Fuente, Agencia de Valores, S. A., y a don Luis Aguilar Fernández-Hontoria, por la comisión de infracción muy grave tipificada en la letra l) del artículo 99, en relación con el artículo 70.1.h), ambos de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a dar publicidad, conforme a lo establecido en el último párrafo del artículo 102 de dicho texto legal, a las sanciones impuestas mediante Orden ministerial de fecha 9 de marzo de 2004 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo: «Imponer a Aguilar y de la Fuente, Agencia de Valores, S. A., por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra l) del artículo 99, en relación con el artículo 70.1.h), ambos de la Ley del Mercado de Valores, por el mantenimiento de un déficit en la inversión en activos líquidos y de bajo riesgo de los saldos acreedores de clientes, multa por importe de 104.000 euros (ciento cuatro mil euros) y amonestación pública con publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Imponer a don Luis Aguilar Fernández-Hontoria, Secretario del Consejo de Administración y Director General de Aguilar y de la Fuente, Agencia de Valores, S. A., por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra l) del artículo 99, en relación con el artículo 70.1.h), ambos de la Ley del Mercado de Valores, por el mantenimiento de un déficit en la inversión en activos líquidos y de bajo riesgo de los saldos acreedores de clientes, multa por importe de 52.000 euros (cincuenta y dos mil euros).»

Madrid, 30 de junio de 2005.-El Presidente, Manuel Conthe Gutiérrez.

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