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Documento BOE-A-2005-12649

Orden SCO/2402/2005, de 14 de julio, por la que se declara el mes de agosto inhábil, a efectos de cómputo de plazos en los procesos convocados por el Departamento, en virtud de lo previsto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2005, páginas 26199 a 26199 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2005-12649

TEXTO ORIGINAL

En ejecución de lo dispuesto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, se están desarrollando un conjunto de consolidación de empleo y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social convocados por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Durante el mes de agosto, debido a las dificultades que se producen en la localización y comunicación entre los aspirantes y los Órganos de la Administración encargados de la gestión de las distintas convocatorias, puede verse comprometida la normal continuidad de los procesos en marcha, especialmente en lo que se refiere al cumplimiento de los plazos establecidos en las diferentes convocatorias y, con carácter general, en el Real Decreto-Ley 9/2004 de 3 de diciembre, convalidado por Resolución del Congreso de los Diputados de 22 de diciembre de 2004. En su virtud, esta Dirección General, en uso de las competencias atribuidas por el apartado 11 del artículo Tercero de la Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 23 de julio), del Ministerio de Sanidad y Consumo, sobre delegación de competencias, resuelve lo siguiente:

Primero.-Declarar inhábil el mes de agosto de 2005, a efectos de cómputo de plazos en los procesos convocados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, en ejecución de lo previsto de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre.

Segundo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Ministerio de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 14 de julio de 2005.-P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio, «Boletín Oficial del Estado» de 23 de julio), la Directora General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestario, Consuelo Sánchez Naranjo.

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