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Documento BOE-A-2005-13258

Resolución de 10 de junio de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se autoriza la primera variación en el firmware del cabezal electrónico marca Medición, modelo ME2000, fabricado por la empresa «Medición y Transporte, S.A.», e incluido en el subsistema de medida marca Medición, modelo MELGLP.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 1 de agosto de 2005, páginas 27174 a 27175 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2005-13258

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Se presenta solicitud de D. Carlos Kremers Winandy, en nombre y representación de la Entidad «Medición y Transporte, S.A», con domicilio social en la calle Avda. de Manoteras, n.º 6, 28050 Madrid, en solicitud de autorización de la primera variación realizada en el firmware del cabezal electrónico marca Medición, modelo ME2000, incluido en el subsistema de medida marca Medición, modelo MELGLP. Segundo.-Adjunta a la solicitud se presenta memoria descriptiva y copia digital del software a variar. Se examina la documentación comprobando que las variaciones propuestas cumplen con los requisitos establecidos. Tercero.-Se acredita que las modificaciones introducidas en el programa son de pequeña entidad y no alteran, en forma alguna, la parte que afecta a la medida sino sólo la parte de gestión no metrológica del cabezal electrónico incluido en el subsistema de medida previamente aprobado. Cuarto.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas considera que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de acuerdo a la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el Decreto 115/2004, de 29 de julio, de estructura de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. Segundo.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, así como la Orden de 26 de diciembre de 1988 por la que se regula el control de los contadores volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus dispositivos complementarios y la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, establecen los requisitos reglamentarios que han de cumplir estos sistemas de medida para su aprobación de modelo. Tercero.-El criterio expuesto por el Centro Español de Metrología en cuanto a la posibilidad de autorizar «variaciones», entendidas como pequeñas modificaciones de los modelos aprobados que no alteren en forma alguna las características metrológicas del sistema de medida y que no lleguen, por tanto, a adquirir el rango de «modificación sustancial» establece los requisitos necesarios para obtener la autorización de estas variaciones. Cuarto.-El subsistema de medida marca Medicion, modelo MELGLP posee aprobación de modelo número 01005, concedida mediante Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid de 23 de octubre de 2001, y le fue aprobada su primera modificación no sustancial mediante Resolución de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid de 23 de febrero de 2004. Quinto.-La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se tiene en cuenta en la tramitación del expediente, en todo lo no establecido en las disposiciones anteriores.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas resuelve:

Primero.-Autorizar la primera variación en el firmware del cabezal electrónico marca Medición, modelo ME2000, incluido en el subsistema de medida marca Medicion, modelo MELGLP, a favor de la empresa «Medicion y Transporte, S.A.».

Segundo.-A los efectos de esta Resolución se considerará como primera variación las modificaciones de carácter no metrológico descritas en la memoria entregada anexa con la solicitud de autorización, quedando la nueva versión del firmware del cabezal designada como versión 02.04 con checksum 0x531F. Tercero.-Esta primera variación estará afectada por los mismos plazos de validez que la Resolución de aprobación de modelo, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, de 15 de julio de 1999, con número de aprobación 99004.

Contra esta Resolución, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 10 de junio de 2005.-El Director General, Carlos López Jimeno.

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