Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-13442

Resolución de 13 de julio de 2005, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a determinadas formaciones deportivas de fútbol y fútbol sala, autorizadas por la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 2005, páginas 27472 a 27473 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-13442

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, configuró como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, y aprobó las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas. La Disposición transitoria primera del mencionado Real Decreto 1913/1997, prevé que, hasta el momento en que se produzca la implantación efectiva de las enseñanzas en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, las formaciones de entrenadores que lleven a cabo las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en la misma modalidad o especialidad, pueden obtener, además del efecto federativo, el efecto académico de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial, previsto en el artículo 18.2 del propio Real Decreto. Para obtener tal efecto académico, las formaciones han de cumplir una serie de requisitos: contar con la previa autorización administrativa del órgano competente de las Comunidades Autónomas, prevista en el punto 3 de la ya citada Disposición transitoria primera, del Real Decreto 1913/1997; ajustarse a lo dispuesto en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre; y contar también con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes, previsto en el apartado vigésimo octavo de la ya mencionada Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre. Este reconocimiento ha de otorgarlo el Consejo Superior de Deportes, cuando proceda, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma, y conforme a lo previsto en la Orden de 30 de julio de 1999, que regula el procedimiento para el reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos a las que se refieren el artículo 42 y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. Dado que ya se encuentran implantadas las enseñanzas de régimen especial en fútbol y fútbol sala, la Dirección General del Deporte, de la Comunidad Autónoma de Aragón, ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones en fútbol y fútbol sala, con el fin de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados. Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el apartado decimoquinto de la Orden citada, y en el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, he resuelto:

Primero.-A los efectos de correspondencia formativa de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a las formaciones de entrenadores deportivos de fútbol y fútbol sala, autorizadas por la Dirección General del Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, e impartidas por la Federación Aragonesa de Fútbol, que se detalla en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo.-A los efectos de correspondencia formativa a los que se refiere el apartado Primero, quedarán inscritas en el Consejo Superior de Deportes las formaciones reconocidas conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que dieron lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 13 de julio de 2005.-El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.

ANEXO Formaciones de fútbol y de fútbol sala que se reconocen, autorizadas por la Comunidad Autónoma de Aragón, e impartidas por la Federación Aragonesa de Fútbol

Especialidad de Fútbol A. Cursos que se reconocen

Diploma de Entrenador Regional de Fútbol. Nivel: 2.

Lugar: Zaragoza. Fechas: 15-10-2000 al 31-5-2001. Código de plan: PT0201N2FUF00. Total de cursos reconocidos: 1. Diploma de Entrenador Nacional de Fútbol. Nivel: 3. Lugar: Zaragoza. Fechas: 3-12-2001 al 15-12-2002. Código de plan: PT0201N3FUFU00. Total de cursos reconocidos: 1.

Especialidad de Fútbol Sala

Diploma de Entrenador Regional de Fútbol de Fútbol Sala. Nivel: 2.

Lugar: Zaragoza. Fechas: 2-10-2000 al 31-5-2001. Código de plan: PT0201N2FUSA00. Total de cursos reconocidos: 1.

B. Planes de formación que se reconocen Código de plan: PT0201N2FUFU00

Horas

Requisitos de acceso:

Edad mínima, 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos .

Diploma de Instructor de Fútbol Base o Instructor de Juveniles.

Bloque común:

Fundamentos biológicos

40

Comportamiento y aprendizaje

55

Teoría y práctica del entrenamiento

40

Organización y legislación del deporte

15

Bloque específico:

Formación técnica, táctica y reglamento

100

Didáctica de la modalidad /especialidad

20

Entrenamiento específico

15

Desarrollo profesional

10

Bloque complementario

45

Requisitos posteriores:

Período de prácticas

200

Carga lectiva total

Código de plan: PT0201N3FUF000

Requisitos de acceso:

Edad mínima, 18 años.

Título de Bachiller o equivalente a efectos académicos.

Diploma de Entrenador Regional de Fútbol.

540

Bloque común:

Fundamentos biológicos

80

Comportamiento y aprendizaje

40

Teoría y práctica del entrenamiento

90

Organización y legislación del deporte

40

Bloque específico:

Formación técnica, táctica y reglamento

170

Didáctica de la modalidad /especialidad

30

Entrenamiento específico

90

Seguridad e Higiene

15

Desarrollo Profesional

70

Requisitos posteriores:

Período de prácticas

200

Carga lectiva total:

825

Código de plan: PT0201 N2FUSA00

Requisitos de acceso:

Edad mínima, 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.

Diploma de Instructor de Fútbol Sala. Nivel 1.

Bloque común:

Fundamentos biológicos

40

Comportamiento y aprendizaje

55

Teoría y práctica del entrenamiento

40

Organización y legislación del deporte

15

Bloque específico:

Formación técnica, táctica y reglamento

100

Didáctica de la modalidad /especialidad

20

Entrenamiento específico

15

Desarrollo profesional

10

Bloque complementario

45

Requisitos posteriores:

Período de prácticas

200

Carga lectiva total

540

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid