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Documento BOE-A-2005-14135

Resolución de 1 de junio de 2005, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para la Plaza de Toros de Buenavista, en Oviedo.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 17 de agosto de 2005, páginas 28735 a 28736 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2005-14135

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de enero de 1982 la entonces Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura acordó tener por incoado expediente de declaración monumental a favor de la Plaza de Toros de Buenavista, en Oviedo. No habiendo concluido la tramitación de este expediente hasta la fecha, y en previsión de lo establecido en las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se hace necesario ahora proceder a aprobar un entorno de protección provisional para este bien patrimonial, con vistas a finalizar la tramitación administrativa de su declaración como Bien de Interés Cultural. Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 26 de abril de 2005 por el que se informa favorablemente la incoación provisional del entorno de protección de la Plaza de Toros de Buenavista, en Oviedo. Vistas la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999 de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.-Aprobar el entorno de protección provisional de la Plaza de Toros de Buenavista, en Oviedo, según la descripción que se publica como anexo a la presente Resolución.

Segundo.-Incorporar esta delimitación de entorno al expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de esta plaza de toros y proseguir su tramitación conforme a lo dispuesto en la Ley de Patrimonio Cultural de Asturias. Tercero.-Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.-La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 1 de junio de 2005.-La Consejera, Ana Rosa Migoya Diego.

ANEXO Delimitación del entorno de protección

Para definir el área que comprende la delimitación, se ha dispuesto de la información catastral correspondiente a los polígonos 78485, 76484, 76482, 77498, 79450 y 80480 del catastro urbano. Término municipal de Oviedo:

1-2. Eje de vial de la avenida Fuertes Acevedo, en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: Polígono 76482, parcelas 17, 18, 19, 20 y 21; polígono 77498, parcela 01; y área pública ajardinada situada al norte de la Plaza de Toros (Catastro Urbana: 7848501TP6074N).

2-3. Eje de vial de la calle Celestino Villamil, en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: Polígono 80480, parcela 04; y área ajardinada situada al este de la Plaza de Toros (Catastro Urbana: 7848501TP6074N). 3-4. Linde norte de parcela de referencia catastral: Polígono 79450, parcela 02; en su tramo colindante con el área pública ajardinada situada al S de la Plaza de Toros (Catastro Urbana: 7848501TP6074N). 4. Intersección del Linde de las parcelas de referencia catastral: Polígono 79450, parcela 02 y polígono 76484, parcela 30; con linde de tramo de la calle Juan Belmonte de acceso rodado limitado al servicio de viviendas, locales y garajes con frente a dicha calle, y tramo peatonal prolongación de la calle Juan Belmonte. 4-5. Linde de tramo de la calle Juan Belmonte de acceso rodado limitado al servicio de viviendas, locales y garajes con frente a dicha calle, y tramo peatonal prolongación de la calle Juan Belmonte. 5. Intersección del eje de vial de la calle Juan Belmonte, con linde de tramo de la calle Juan Belmonte de acceso rodado limitado al servicio de viviendas, locales y garajes con frente a dicha calle, y tramo peatonal prolongación de la calle Juan Belmonte. 5-1. Eje de vial de la calle Juan Belmonte, en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: Polígono 76484, parcelas 30, 29, 28, 27, 26, 25 y 24; y área pública ajardinada situada al oeste de la Plaza de Toros (Catastro Urbana: 7848501TP6074N).

Parcelas afectadas por la delimitación:

Polígono 78485: Integramente n.º 01 y 02.

Área pública ajardinada.

Área comprendida por el entorno (medida sobre plano catastral): 21.218,24 m2.

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