Visto el expediente de indulto de don Javier Pérez Prieto, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Terrassa, en sentencia de 6 de octubre de 1997, como autor de un delito de robo de uso de vehículos de motor, a la pena de 22 fines de semana de arresto, y de una falta de hurto, a la pena de dos fines de semana de arresto, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de julio de 2005,
Vengo en indultar a don Javier Pérez Prieto las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, el 22 de julio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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