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Documento BOE-A-2005-15271

Resolución de 5 de septiembre de 2005, conjunta, de las Subsecretarías de Fomento y de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de dos series de tarjetas prefranqueadas denominadas «Día del sello 2005» y «Para los niños. Los Lunnis».

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2005, páginas 30834 a 30834 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2005-15271

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998 de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de sellos y demás signos de franqueo, En su virtud, hemos resuelto:

Primero. Estampación.-La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procederá a la estampación de dos series de tarjetas prefranqueadas denominadas «Día del sello 2005» y «Para los niños. Los Lunnis».

Segundo. Características.

1. «Día del sello 2005»: a) El día 16 de septiembre se emitirá una tarjeta prefranqueada denominada «Día del sello 2005», dedicada al Cartero.

b) La ilustración de la tarjeta representa un cartero y el uniforme regulado mediante Orden de la Dirección General de Correos de 19 de diciembre de 1856. c) El signo de franqueo será idéntico al sello de Correos emitido el 1 de septiembre de 2005 en la serie de igual denominación. d) Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Offset.

Papel: Estucado 1 cara, 224 gramos/metro cuadrado. Tamaño de la tarjeta: UNE-A6 (148 x105 mm). Tamaño del signo de franqueo: 28,8 x 40,9 mm. Valor postal: 0,28 €. PVP: 0,80 €. Tirada: Ilimitada.

2. «Para los niños. Los Lunnis»:

a) El día 16 de septiembre se emitirán dos tarjetas prefranqueadas denominadas «Para los Niños. Los Lunnis» dedicadas a los personajes infantiles de televisión «Los Lunnis».

b) Las tarjetas estarán ilustradas con sendas imágenes del programa relativas a «LunnisPark» y a «La tierra de los Lunnis», respectivamente. c) Como signo de franqueo, cada una de ellas incorporará uno de los sellos de Correos emitidos el 16 de septiembre de 2005 en la serie de igual denominación. d) Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Offset

Papel: Estucado 1 cara, 224 gramos/metro cuadrado. Tamaño de las tarjetas: UNE-A6 (148 x105 mm) cada una. Tamaño del signo de franqueo: 24,5 x 35 mm. Valor postal: 0,28 €, cada una. PVP: 0,80 €, cada una. Tirada: Ilimitada para ambas tarjetas.

Tercero. Puesta en circulación y distribución.

1. La venta y puesta en circulación de estas emisiones se iniciará el 16 de septiembre de 2005.

2. Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2007, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto. Reservas.

1. De cada una de estas tarjetas quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre -Real Casa de la Moneda 1.000 unidades a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

2. Otras 250 unidades de cada una de estas tarjetas serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre -Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los Organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto. Material utilizado para la impresión.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizadas las emisiones. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de las emisiones anteriormente aludidas encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.

Lo que les comunicamos para su conocimiento y efectos.

Madrid, 5 de septiembre de 2005.-La Subsecretaria de Fomento, María Encarnación Vivanco Bustos.-La Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

Sres. Presidente de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S. A., y Director General de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

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