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Documento BOE-A-2005-15279

Resolución de 18 de agosto de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrige error en la de 30 de junio de 2005, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta salarial para el período de 1 de mayo de 2005 a 30 de abril de 2006, del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2005, páginas 30864 a 30865 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-15279
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/08/18/(3)

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto del Acta salarial para el período de 1 de mayo de 2005 a 30 de abril de 2006, del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo de Comercio del Papel y Artes Gráficas, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 30 de junio de 2005 en el BOE n.º 170 de 18 de julio de 2005. Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error.

En la página 25541, Tablas Salariales de 1 de mayo de 2005 a 30 de abril de 2006, añadir la tercera columna: «Complemento de Clasificación. Total anual».

Madrid, 18 de agosto de 2005.-El Director general de Trabajo, P.S. (disposición adicional quinta del Real Decreto 1600/2004 de 2 de julio), la Subdirectora general de Programación y Actuación Administrativa, M.ª Antonia Diego Revuelta.

TABLAS SALARIALES DE 1 DE MAYO DE 2005 A 30 DE ABRIL DE 2006

Salario base

Total anual

Plus lineal

Total anual

Complemento de clasificación

Total anual

PUESTOS DE TRABAJO GENERALES:

DIRECTOR GENERAL

18.373,58

360,60

TITULADO DE GRADO SUPERIOR

18.106,28

360,60

DIRECTOR DE DIVISIÓN O DE ÁREA

17.257,57

360,60

TITULADO DE GRADO MEDIO

15.427,22

360,60

ÁREA COMERCIAL MERCANTIL:

DIRECTOR DE MARKETING

16.499,03

360,60

DIRECTOR COMERCIAL

16.499,03

360,60

JEFE DE VENTAS

15.427,70

360,60

ENCARGADO GENERAL

15.427,70

360,60

JEFE DE SUCURSAL

14.044,18

360,60

GERENTE DE ESTABLECIMIENTO

13.393,20

360,60

JEFE DE GRUPO

13.016,23

360,60

JEFE DE SECCIÓN MERCANTIL

12.748,79

360,60

ENCARGADO DE ESTABLECIMIENTO

12.748,79

360,60

ESCAPARATISTA

12.704,48

360,60

LIBRERO

12.614,43

360,60

ROTULISTA

12.168,14

360,60

JEFE DE PRODUCTO

12.033,51

360,60

DEPENDIENTE

11.722,33

360,60

TÉCNICO EN COMERCIO EXTERIOR

11.452,56

360,60

EJECUTIVO DE CUENTAS

11.452,56

360,60

REPRESENTANTE

11.452,56

360,60

LECTOR

11.452,56

360,60

TELEOPERADOR

11.163,20

360,60

AUXILIAR DE CAJA

10.873,87

360,60

ASISTENTE DE ESTABLECIMIENTO

10.628,21

360,60

ÁREA LOGÍSTICA Y SERVICIOS AUXILIARES:

DIRECTOR DE LOGÍSTICA

16.499,03

360,60

JEFE DE SECCIÓN DE LOGÍSTICA

14.044,18

360,60

JEFE DE ALMACÉN

14.014,62

360,60

JEFE DE TRANSPORTE

12.782,43

360,60

JEFE DE TALLER

11.543,58

360,60

ENCARGADO DE UNIDAD LOGÍSTICA

11.141,67

360,60

361,98

PROFESIONAL DE OFICIO 1ª

11.141,67

360,60

361,98

REPARTIDOR CONDUCTOR

11.163,20

360,60

PROFESIONAL DE OFICIO 2ª

10.740,02

360,60

381,15

OPERARIO DE LOGÍSTICA

10.628,21

360,60

100,77

MOZO - EMPAQUETADOR

10.628,21

360,60

PERSONAL DE SERVICIOS AUXILIARES

10.628,21

360,60

PERSONAL DE LIMPIEZA (POR HORAS)(*)

4,31

0,14

ÁREA ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS CENTRALES:

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

16.499,03

360,60

JEFE DE COMPRAS

15.427,70

360,60

JEFE DE PERSONAL

15.427,70

360,60

JEFE DE INFORMÁTICA

15.427,70

360,60

JEFE FINANCIERO

15.427,70

360,60

ADMINISTRADOR DE PÁGINAS WEB

15.427,70

360,60

ANALISTA DE SISTEMAS

15.427,70

360,60

RESPONSABLE DE SECCIÓN

13.998,75

360,60

CONTABLE

12.927,40

360,60

PROGRAMADOR

12.927,40

360,60

DOCUMENTALISTA

12.748,79

360,60

ASISTENTE DE DIRECCIÓN

12.400,45

360,60

DISEÑADOR GRÁFICO

12.168,14

360,60

OFICIAL ADMINISTRATIVO

11.811,19

360,60

ADMINISTRATIVO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

11.319,75

360,60

ASISTENTE DE PÁGINAS WEB

11.319,75

360,60

CATALOGADOR

11.319,75

360,60

TÉCNICO DE MANTENIMIENTO INFORMÁTICO

11.198,18

360,60

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

10.829,21

360,60

TELEFONISTA

10.628,21

360,60

(*) Este cálculo está hecho en base de una hora diaria con derecho a 15 pagas y un mes de vacaciones.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/08/2005
  • Fecha de publicación: 14/09/2005
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 30 de junio de 2005 (Ref. BOE-A-2005-12371).
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Industria papelera

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