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Visto el expediente de indulto de don Jesús Manuel Antoranz González, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección séptima, de Madrid, en sentencia de 9 de octubre de 2003, como autor de un delito de estafa, a la pena de un año de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de 12 euros, y de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de un año y nueve meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1999 y 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de septiembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Jesús Manuel Antoranz González la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de septiembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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