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Documento BOE-A-2005-15621

Resolución de 12 de julio de 2005, de la Universidad de Oviedo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 21 de septiembre de 2005, páginas 31380 a 31386 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2005-15621

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 233/2003, de 28 de julio, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, en relación con el artículo 2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo por el sistema general de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 17/1993, de 23 de diciembre (B.O.E. del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función publica de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, los Estatutos de la Universidad de Oviedo y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las pruebas y valoraciones que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II, de acuerdo con la legislación en vigor en la fecha de examen. 1.5 La adjudicación de la plaza al aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éste a lo largo de todo el proceso. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición. 1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará una vez transcurridos tres meses, como mínimo, desde la publicación oficial de esta convocatoria. La fecha, hora y lugar del mismo se publicarán en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, por Resolución del Rectorado de esta Universidad, al aprobar la lista de admitidos y excluidos.

La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que comience el primer ejercicio de la fase de oposición, en el tablón de anuncios de la Universidad, -Plaza de Riego, número 4, Oviedo -, y en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición. 1.7 En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten, de acuerdo con la base 3.3.1, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: A) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano, para lo cual, antes de comenzar el proceso selectivo, será realizada una entrevista por el Tribunal designado para resolver estas pruebas. La calificación de no apto en la entrevista tendrá carácter eliminatorio y será motivo de exclusión para participar en el proceso selectivo. B) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. C) Estar en posesión del Título de Diplomado en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, o equivalente (= haber aprobado tres cursos de titulación universitaria superior en Informática). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España. D) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en instancia, que les será facilitada gratuitamente en el Registro General de esta Universidad -Plaza de Riego, número 4, Oviedo-, en los registros los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio del Campus de Gijón y en la Escuela Universitaria de Empresariales de Oviedo, en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las Delegaciones de Gobierno, en las Comunidades Autónomas, en Ceuta y Melilla, así como en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas y en los Rectorados de todas las Universidades Públicas del Estado.

De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en la pagina web de la Universidad de Oviedo. http//www.uniovi.es/Gerencia/RecursosHumanos. 3.2 La presentación de solicitudes se efectuará en el Registro General de esta Universidad y sus Registros Auxiliares, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Magnífico y Excelentísimo Señor Rector de esta Universidad. También será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Junto con la solicitud, quienes hayan prestado servicios en la Universidad de Oviedo como Gestores de Sistemas e Informática, deberán presentar certificación acreditativa del tiempo de servicios prestados, según modelo que figura como Anexo III de esta convocatoria, expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo. 3.3 A la instancia se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.-Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no esta separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas.

b) Deberán acompañar a la solicitud resguardo original acreditativo del ingreso o transferencia bancaria, que justifique haber satisfecho los derechos de examen.

3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en el cumplimiento de su solicitud:

3.4.1 Si padecen minusvalías deberán indicarlo en la instancia, para lo cual utilizarán el correspondiente recuadro. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios.

3.4.2 En el recuadro de la solicitud destinado a «Cuerpo o Escala» harán constar la denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Gestión de Sistemas e Informática. 3.4.3 En el recuadro destinado a «Forma de acceso» señalarán la letra «L».

3.5 Los derechos de examen serán de 17,60 euros y se ingresarán en la Caja de Asturias, Oficina Principal -Plaza de la Escandalera, Oviedo -Número de Cuenta: 2048-0000-24, 0510000099, bajo el nombre «Pruebas Selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo»; en el resguardo constará el nombre del aspirante. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del tramite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2 de esta convocatoria. 3.6 Los errores de hecho que pudiesen advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos, se señalarán el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista constarán, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad. También se publicará en la pagina web de la Universidad de Oviedo. http//www.uniovi.es/Gerencia/RecursosHumanos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder subsanar el defecto o defectos que hayan motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial Principado de Asturias, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, conforme al artículo 58.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación al Rectorado de la Universidad de Oviedo, a tenor del artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio y solamente a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal Calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que deban sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. 5.4 Previa convocatoria del Presidente, para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario y, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En dicha sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de estas pruebas selectivas. 5.5 A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores Especialistas, limitándose éstos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de los mismos deberá comunicarse al Rector de esta Universidad. 5.7 El Tribunal calificador practicará las actuaciones oportunas en orden a que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, y cuando así se solicite en la forma prevista en la base 3.3.1, se efectuarán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería de Asuntos Sociales del Principado de Asturias. 5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. 5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad, Plaza de Riego, número 4, Oviedo. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo. 5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plaza convocada. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho. 5.12 El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra F, según lo establecido en Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 (BOE del 17).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad. 6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. 6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo y siguientes ejercicios, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede señalada en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, como setenta y dos horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación. 6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rectorado de esta Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la exclusión del aspirante se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, conforme al artículo 58.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación al Rectorado de la Universidad de Oviedo, a tenor del artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede señalada en la base 5.9 y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación del documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados, el opositor que haya superado estas pruebas selectivas deberá presentar en el Registro General de la Universidad de Oviedo los siguientes documentos: A) Fotocopia de D.N.I. o acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del original para su comprobación.

B) Fotocopia del título académico debidamente compulsada o el original y fotocopia para su comprobación y compulsa. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como Anexo V de esta convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán también presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública. D) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior, y con carácter previo a la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, el aspirante seleccionado, se someterá a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciba del Servicio de Gestión de Personal al objeto de verificar el requisito reseñado en el apartado d) de la base 2.1 de la presente convocatoria.

8.3 Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 8.4. La petición de destino por parte del aspirante aprobado deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad de Oviedo. 8.5 Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera, mediante Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

9. Bolsa para sustituciones

Aquellos candidatos que superen como mínimo el primer ejercicio de las pruebas de la fase de oposición, formaran parte de la bolsa de trabajo que se constituya para atender necesidades permanentes de personal de plantilla.

10. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, el Rectorado de la Universidad de Oviedo podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en el texto legal anteriormente citado.

Oviedo, 12 de julio de 2005.-El Rector, Juan Antonio Vázquez García.

ANEXO I Ejercicios y valoración

El proceso de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

Fase de concurso

En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los servicios prestados como Gestor de Sistemas de Informática en la Universidad de Oviedo, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La prestación de servicios como Gestor de Sistemas e Informática en la Universidad de Oviedo se valorará hasta un máximo de 13 puntos teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias a esta convocatoria, asignándose a cada mes de servicio 0,10 puntos hasta él limite máximo expuesto. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán, en su caso, a la puntuación final de la fase de oposición.

Fase de oposición

El procedimiento de selección de los aspirantes estará formado por los ejercicios que a continuación se indican:

Primer ejercicio, obligatorio y eliminatorio: Consistirá en resolver por escrito durante un tiempo máximo de noventa minutos, un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas, con objeto de apreciar las aptitudes de los aspirantes, en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.

Las respuestas erróneas puntuarán negativamente. El ejercicio se calificará atendiendo a la aplicación de la siguiente formula:

A -

E

N =

d-1

× 10

n

N = Nota resultante.

A = Número de aciertos. E = Número de errores. d = Número de opciones para cada pregunta. n = Número de preguntas.

Para aprobar y poder realizar la segunda parte será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio, obligatorio, no eliminatorio: Consistirá en efectuar por escrito la traducción sin diccionarios de un texto técnico propuesto por el Tribunal, en Ingles. Se calificará con un máximo de tres puntos. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 15 minutos. Tercer ejercicio, obligatorio, eliminatorio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal y relacionado con las materias que componen el temario (exceptuando los temas del apartado de Materias Comunes), al objeto de apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionados con los contenidos de las materias a que hace referencia el programa de la convocatoria. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública y ante el tribunal, que valorará la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden de las ideas, la aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión. Una vez finalizada la lectura, el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un periodo máximo de treinta minutos. La calificación de esta parte del ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar, obtener un mínimo de 10 puntos. El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.

3. Calificación de las pruebas.-La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.

En caso de empate éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la fase de oposición. Si persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de aquella fase. En último término se acudirá al de mayor edad.

ANEXO II Programa

I. Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Titulo preliminar y Título I. Derechos fundamentales y libertades públicas. Su garantía y suspensión.

2. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas. Las disposiciones y los actos administrativos. Iniciación, ordenación instrucción y finalización del procedimientos. Ejecución. Revisión de los actos en vía administrativa. 3. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: Concepto y clases. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. La promoción profesional. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 4. La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades. Principios y contenidos. La autonomía universitaria en la Ley Orgánica 6/2001. La financiación del las Universidades. El Consejo de Universidades. 5. La Universidad de Oviedo. Estatutos de la Universidad de Oviedo: Estructura y Contenido. Órganos de Gobierno. El Consejo Social. Organización académica. Los Departamentos, Facultades y Escuelas Universitarias. Centros Universitarios, Departamentos, Institutos, Colegios Universitarios. 6. Universidad de Oviedo: Clases y Régimen Jurídico del profesorado. Clases y Régimen Jurídico del Personal de Administración y Servicios. 7. El estudiante universitario. Acceso a la Universidad. Permanencia. Ciclos Universitarios. Participación en el gobierno universitario.

II. Tecnologías de Base, Programación y Ofimática

1. Estructura de computadores. Elementos, subsistemas y Arquitecturas de procesadores y buses. Periféricos.

2. Ordenadores personales. Arquitecturas. Sistemas Operativos. 3. Aplicaciones para productividad personal (Microsoft Oficce). Procesadores de texto (Word), Hojas de Cálculo (Excel). Bases de datos (Access). 4. Lenguajes C,C++, C#, Visual Basic y Java. 5. Sistemas operativos: Unix, Linux, y Windows.

III. Sistemas de Gestión de Bases de Datos

1. Modelo entidad-relación. Entidades, atributos y relaciones. Diagramas entidad-relación.

2. Modelo conceptual, lógico y físico. Normalización. 3. Recuperación y actualización de información: Lenguaje SQL. 4. Disparadores (triggers), Vistas (views) y Procedimientos Almacenados. 5. Seguridad en transacciones: Autorizaciones, privilegios, restricciones de integridad. Copias de seguridad. 6. Modelos Multidimensionales para procesamiento analítico on-line (OLAP). 7. Sistemas de gestión de bases de datos Oracle e Informix.

IV. Comunicaciones e Internet

1. Modelos de referencia. Concepto de servicio y protocolo. Niveles OSI de ISO, TCP/IP

2. Medios de transmisión por cable y fibra óptica. Sistemas de cableado. Direccionamiento. Protocolos de transporte en Internet: TCP y UDP. Aplicaciones TCP/IP. Telnet, FTP, SMTP, SNMP. 3. Interconexión de redes. Repetidores, puentes, encaminadores y pasarelas. 4. Redes de transmisión. Redes privadas virtuales, ATM, Frame Relay, RDSI. 5. Proveedores de servicios. Servicios básicos: Correo electrónico, World Wide Web, búsqueda de información. Servicios de Directorio LDAP. 6. Lenguajes de marcas: HTML, XML. 7. Lenguajes de Script. Páginas Dinámicas: JavaScript, Visual Basic Script. 8. Servidores Web y servidores de aplicaciones. Aplicaciones cliente-servidor en Internet.

V. Ingeniería del Software

1. Paradigmas de la ingeniería del Software. Ciclo de vida y proceso software.

2. Estándares del Consejo Superior de Informática: Métrica Versión 3 (Proceso, técnicas e interfaces). Plan General de Garantía de Calidad Aplicable al Desarrollo de Equipos Lógicos. 3. Análisis y diseño de sistemas: Análisis y Diseño Estructurado, Análisis y diseño orientado a Objetos. 4. Implementación: Lenguajes de programación y programación estructurada. 5. Verificación y Validación. Técnicas y estrategias de prueba. Inspecciones de código y Revisiones Técnicas Formales. Pruebas unitarias, de integración, de sistema y aceptación. Planes de pruebas. 6. Mantenimiento del software. Tipos. Gestión de Cambios. 7. Gestión de la calidad del software. Actividades de garantía de calidad del software. Estándares internacionales IEEE e ISO. 8. Gestión de la configuración del software. Identificación de la configuración. Control de cambios. Control de versiones. Planes de gestión de la configuración. 9. Gestión de proyectos Informáticos: Estimación, Planificación, Seguimiento y Métricas. Plan de desarrollo de un proyecto.

VI. Seguridad Informática

1. Medidas de seguridad: Físicas y técnicas (identificación y autentificación, control de accesos y auditoría).

2. Legislación: Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Reglamento de Seguridad. Documentos de Seguridad de ficheros. 3. Las funciones de seguridad informática y su encuadre en la organización: Implementación, control y auditoría. Políticas y planes de seguridad. Plan de contingencias y recuperación de desastres. 4. Técnicas Criptográficas: Claves simétricas y asimétricas, certificados digitales, terceras partes confiables. Infraestructura de clave pública. 5. Problemas típicos de seguridad en Internet: Incidentes de seguridad y tipos. Medidas específicas a tomar. Securización de servidores. Cortafuegos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO IV Tribunal

Titulares:

Presidente: Don José Antonio Díaz Lago, Gerente de la Universidad de Oviedo

Vocales:

1.º Doña Lourdes Fuencisla Alvarez Bravo, Vicegerente de Recursos Humanos.

2.º Doña María Isabel Viña Olay, Vicerrectora de Campus e Infraestructuras 3.º Don Alejandro Martín Crespo, en representación de la Junta de Personal Funcionario no docente 4.º Doña M.ª Concepción Sánchez Fernández, funcionario elegido por sorteo

Secretaria/o: Don Javier Pérez Arenal, sin voto. Suplentes:

Presidente: Don Ignacio Villaverde Menéndez, Secretario General de la Universidad

Vocales:

1.º Don Eduardo González González, Jefe del Servicio Jurídico

2.º Don Benjamín López Pérez, Director de Área de Informática. 3.º Don Eusebio González García, en representación de la Junta de Personal Funcionario no docente 4.º Don Javier Alvarez Herrera, funcionario elegido por sorteo

Secretaria/o: Don Justo González Malmierca, sin voto.

ANEXO V

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara, bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Oviedo, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

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