Por Sentencia n.º 2 de fecha 9 de mayo de 2005 de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia, recaída en el Procedimiento Ley del Tribunal del Jurado n.º 2/02, Rollo n.º 2/04, firme con fecha 30 de junio de 2005, se condena a Don Antonio Gómez Nicolás, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa con destino en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Murcia, a la pena de cinco años de prisión, multa de 5.100 euros, con responsabilidad subsidiaria de seis meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por doce años. Considerando que conforme con lo dispuesto en los artículos 491.2 y 443.2.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 2 de julio, del Poder Judicial, la condición de funcionario de carrera se pierde por inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los tribunales cuando la misma sea firme. Este Ministerio acuerda declarar la pérdida de la condición de funcionario de Don Antonio Gómez Nicolás.
Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de su notificación (arts. 116 y 117 Ley 30/92 y arts. 11 y 46 Ley 29/98 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo).
Madrid, 18 de julio de 2005.
LÓPEZ AGUILAR
Sr. Director General de Relaciones con la Administración de Justicia.
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