Visto el expediente de indulto de don José Domínguez Nogales, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia, en sentencia de 2 de octubre de 2003, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de 11 meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2003, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de septiembre de 2005,
Vengo en indultar a don José Domínguez Nogales la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de septiembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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