Visto el expediente de indulto de don Enrique Hernández Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Alcalá de Henares, en sentencia de 4 de mayo de 1998, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de seis meses de arresto mayor, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de septiembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Enrique Hernández Fernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 180 días de multa, que se satisfará en cuotas diarias de 1,20 euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de septiembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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