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Documento BOE-A-2005-16311

Resolución de 14 de septiembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publican los requisitos técnicos de la interfaz reglamentaria relativa a los equipos radioeléctricos de corto alcance de bucle inductivo.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 2005, páginas 32514 a 32514 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2005-16311

TEXTO ORIGINAL

El artículo 10 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005 de 15, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado» las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión Europea. La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de la interfaz de los equipos radioeléctricos de corto alcance de bucle inductivo. El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso de los equipos de bucle inductivo de corto alcance que operan en España y la concesión de licencias o autorizaciones de uso, en su caso; y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado mediante el mencionado Real Decreto 1890/2000. Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro o bien como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte. Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE de 20 de julio, así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio que incorpora estas Directivas al ordenamiento jurídico español.

En su virtud, resuelvo publicar los requisitos de la interfaz reglamentada que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.

Madrid, 14 de septiembre de 2005.-El Secretario de Estado, por delegación (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, B.O.E. del 6), el Subdirector general de Infraestructuras y Normativa Técnica, Ricardo Ángel Alvariño Älvarez.

ANEXO

Interfaz radioeléctrica reglamentada

Descripción: Equipos de corto alcance (SRD) de bucle inductivo.

Aplicaciones inductivas de baja potencia.

Número: 1. Fecha: 21 de mayo de 2004.

Parámetro

Datos técnicos

1.

Frecuencia/Banda de frecuencias.

a) 20,05-70 kHz.

b) 70-119 kHz.

c) 119-135 kHz.

d) 135-140 kHz.

e) 140-148,5 kHz.

f) 148,5-1600 kHz.

g) 6765-6795 kHz.

h) 7350-8800 kHz.

i) 13,553-13,567 MHz.

2.

Canalización/Anchura de banda.

Sin canalización.

3.

Modulación.

No especificada.

4.

Separación dúplex.

No hay.

5.

Nivel de potencia.

Máx. 72 dB: A/m a 10 m banda a).

Máx. 66 dB: A/m a 10 m banda c).

Máx. 60 dB: A/m a 10 m banda i).

Máx. 42 dB: A/m a 10 m bandas b), d) y g).

Máx. 37,7 dB: A/m a 10 m banda e).

Máx. 9 dB: A/m a 10 m banda h).

Máx. -5 dB: A/m a 10 m banda f).

6.

Servicio radioeléctrico/tipo de dispositivo.

Dispositivos de corto alcance.

Parámetros de información opcional

7.

Licencia/uso.

No se precisa licencia.

Uso común.

8.

Evaluación/notificación.

Clase I.

9.

Norma técnica de referencia.

EN 300 330. Rec. 70-03.

10.

Otras observaciones.

CNAF UN-114.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/09/2005
  • Fecha de publicación: 01/10/2005
Materias
  • Dominio Público Radioeléctrico
  • Equipos de telecomunicación
  • Normalización
  • Reglamentaciones técnicas

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