De conformidad con lo establecido en el artículo 10, apartado 2, y en el artículo 12, apartado 1 a) del Real Decreto 2378/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, los Consejeros perderán su condición de miembros del Consejo al terminar su mandato de cuatro años, siendo renovado cada grupo por mitades cada dos años, conforme dispone el artículo 13 del referido Real Decreto. De acuerdo con lo anterior, procede el cese de la mitad de los Consejeros del grupo de representantes de las Universidades en el Consejo Escolar del Estado, relacionado en el artículo 9 del referido Real Decreto 2378/1985. Así pues, según lo establecido en las normas indicadas, he dispuesto:
Primero.-El cese como Consejeros titulares y sustitutos, por el grupo de representantes de las Universidades, de los siguientes integrantes del Consejo Escolar del Estado, agradeciéndoles los servicios prestados: Titular: Don Rafael Anes Álvarez.
Sustituto: Don Julio Rodríguez Fernández. Titular: Don Agustín Dosil Maceira Sustituto: Don José Carlos de Miguel Domínguez.
Segundo.-Los ceses que por la presente Orden se disponen tendrán efectos de 10 de julio de 2005.
Madrid, 10 de julio de 2005.
SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS
Sra. Presidenta del Consejo Escolar del Estado.
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