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Documento BOE-A-2005-17672

Resolución de 26 de octubre de 2005, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se modifican las normas que rigen los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos.

[Disposición anulada]

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 2005, páginas 35206 a 35206 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-17672
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/10/26/(1)

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de septiembre de 2005 (BOE n.º 234 del día 30) se aprobaron las normas que rigen los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos, las cuales entraron en vigor al día siguiente de su publicación. Celebrados ya los primeros concursos regulados por estas normas se ha podido observar que el límite establecido en el punto 5 de la norma 18.ª, como importe unitario del premio de las categorías séptima y octava, no se acomoda a la consecución de una pirámide lógica de los importes unitarios de premios de todas las categorías. Asimismo esta circunstancia puede impedir, en más ocasiones de las deseadas para el correcto funcionamiento de estos concursos, que un buen número de acertantes perciban premio. Por todo ello se hace necesaria su modificación fijando el límite en un importe inferior. En consecuencia, esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Final primera del Real Decreto 716/2005, de 29 de junio, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8.º, apartado 2, letra p) del Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, aprobado por Real Decreto 2069/1999 de 30 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 14 de enero de 2000), ha resuelto modificar las normas que regulan los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos, aprobadas mediante Resolución de 26 de septiembre de 2005, en los siguientes términos:

Único. Los apartados a) y b) del punto 5 de la norma 18.ª, quedan redactados como sigue: 5. a) Si el importe unitario que resultare para los acertantes de la categoría octava fuera inferior a 1,50 euros, el fondo de premios de ambas se destinará íntegramente para los acertantes de la categoría séptima.

b) Si después de aplicar el apartado a) anterior, el importe que resultare para los acertantes de la categoría séptima fuera inferior a 1,50 euros, el importe del fondo resultante para esta categoría se ofrecerá como bote en el concurso inmediato siguiente, en el que se distribuirá exclusivamente entre las apuestas acertadas de la primera categoría, si las hubiera, acumulando el importe que corresponda por apuesta premiada al obtenido por aplicación de la norma 16.ª 1.

Disposición final.

Estas normas serán de aplicación a todas las apuestas que sean validadas para los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos que se celebren a partir del día 24 de septiembre, inclusive.

Madrid, 26 de octubre de 2005.-El Director General, P.S. (art. 8 del anexo R.D. 2069/1999 de 30-12), el Director de Producción, Juan Antonio Cabrejas García.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/10/2005
  • Fecha de publicación: 27/10/2005
  • Aplicable desde el 24 de septiembre de 2005.
  • Fecha de anulación: 10/09/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ANULA, por Resolución de 27 de julio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-14796).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 27 de octubre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-17761).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los apartados a) y b) de la norma 18.5 de la Resolución de 26 de septiembre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-16174).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 1 del Real Decreto 716/2005, de 29 de junio (Ref. BOE-A-2005-10456).
Materias
  • Apuestas
  • Ganado equino
  • Hipódromos
  • Juego
  • Loterías y Apuestas del Estado

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