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Documento BOE-A-2005-17775

Resolución de 4 de octubre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se resuelve concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2005, páginas 35365 a 35368 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-17775

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 1 de junio de 2005 («Boletín Oficial del Estado de 23 de junio de 2005), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas. De acuerdo con lo dispuesto en las Bases de convocatoria, así como en los artículos 47 y 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Civil del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, previa actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia la base cuarta de la citada convocatoria, y a la vista de los méritos alegados por los aspirantes que consta en las actas de la mencionada Comisión, Esta Secretaría de Estado acuerda:

Primero.-Aprobar las propuestas de la comisión de valoración de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios y en los términos que se expresan en el anexo a la presente Resolución.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican en el citado anexo por no haber petición alguna para cubrirlos, por no alcanzar la puntuación mínima exigida o por no reunir las condiciones requeridas en la convocatoria. Tercero.-Los interesados deberán tomar posesión de los nuevos destinos en el plazo fijado en la base Sexta de la convocatoria. Cuarto.-Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por sistema de libre designación o por el de concurso, convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de indemnización por concepto alguno. Quinto.-Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo establecido en los artículo 107.1 116 y 117 de la Ley 30/1992, o recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

Madrid, 4 de octubre de 2005.-P.D. (Orden ECI/87/2005 de 14 de enero de 2005, «Boletín Oficial del Estado» de 28 de enero), el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Carlos Martínez Alonso.

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