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Documento BOE-A-2005-1780

Orden ECI/151/2005, de 4 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación doña María Paula Alonso de Ruiz Martínez.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2005, páginas 3885 a 3886 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-1780

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Juan Francisco Alcalá Nuño, solicitando la inscripción de la Fundación Doña María Paula Alonso de Ruíz Martínez, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Carlos Ruiz Alonso, en Madrid, el 29 de julio de 2004, según consta en la escritura pública número tres mil setecientos treinta, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Luis Sanz Rodero, que fue subsanada y complementada por las escrituras números cuatro mil ochocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y siete, autorizadas el 3 de noviembre y 14 de diciembre de 2004, respectivamente, ante el mismo notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Fernández de los Ríos, número 95 y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de cuatrocientos catorce mil seiscientos ochenta y seis euros (414.686 euros). La dotación íntegramente desembolsada, consiste en trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y seis euros (384.686 euros), valor de la aportación en pleno dominio de la vivienda sita en Madrid, calle Fernández de los Ríos, número 95 -piso 6.º D y trastero número 92, que se describe en la escritura de constitución y según la tasación incorporada a la escritura de subsanación de la de constitución número cuatro mil ochocientos sesenta, y treinta mil euros (30.000 euros) en efectivo metálico, ingresado en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figura como fin principal de la Fundación el siguiente: «Contribuir al desarrollo de la educación superior en los países de Iberoamérica mediante la promoción de la investigación y el acceso a los conocimientos. Como asimismo alentar el desarrollo cultural y la enseñanza de las artes con carácter general». Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Carlos Ruiz Alonso; Vicepresidente: Luis Antonio Barry; Vocales: Doña Carmen Alonso Martín y Don Javier Sagi-Vela González.

En la escritura de constitución y en la de subsanación y complemento de la de constitución número cuatro mil ochocientos sesenta, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (B.O.E. de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de marzo). Las Ordenes de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de febrero de 2001 (B.O.E. del 9) y de la Ministra de Educación y Ciencia, de 3 de mayo de 2004 (B.O.E. del 6). en virtud de las cuales se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Doña María Paula Alonso de Ruíz Martínez en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Doña María Paula Alonso de Ruíz Martínez, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Fernández de los Ríos, número 95, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid 4 de enero de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, BOE del 9, y Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6), el Secretario General Técnico, Javier Díaz Malledo.

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